Boletines/General Pueyrredon
Decreto Nº 2308/19
General Pueyrredon, 19/09/2019
Visto
VISTO lo tramitado mediante Expediente Nº 4512-8-2011 Cpo.1, Alc.1 caratulado “2011 ENOSUR – 258 - R - SUMARIO ADMINISTRATIVO ATENTADO RELOJ FICHADOR” y
Considerando
Que la sustanciación del sumario se efectuó mediante Decreto Nº 668/11, a fin de deslindar responsabilidades que le cupiesen a los agentes dependiente del Departamento Servicios Generales dependiente del ex Ente de Obras y Servicios Urbanos (actual EMSUR), con relación a los hechos que dieran origen a los presentes actuados, concernientes con los daños ocasionados al reloj fichador de la dependencia mencionada.-
Que como conclusión para esta investigación, el instructor sumarial expreso que no existen motivos que permitan demostrar y justificar reproche disciplinario, aconsejando el sobreseimiento provisorio de estas actuaciones a tenor de lo dispuesto por el artículo 82 inc. c) de la Ley 11.757 y art. 67 inc. II) ap. b) del Decreto Provincial 700/96, por aplicación del art. 64 ley 14656 y Decreto Provincial 784/2016.-
Que la Junta de Disciplina resuelve, por unanimidad, adherir a lo aconsejado por la Dirección de Sumarios recomendando el SOBRESEIMIENTO PROVISORIO de las actuaciones.-
Por ello y en uso de facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º.- Dáse por finalizado el presente sumario administrativo.-
ARTÍCULO 2º.- Sobreséese provisoriamente de las presentes actuaciones sumariales a tenor de lo normado en el art. 35 inc. c) de la Ley Provincial Nº 14.656 y art. 35 inc. c) apartado 2) del Decreto Provincial Nº 784/16.-
ARTÍCULO 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor PRESIDENTE del ENTE MUNICIPAL DE SERVICIOS URBANOS.-
ARTÍCULO 4º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese por la Dirección de Personal del EMSUR y resérvese el presente en la Dirección de Sumarios.-
Com.-
Dl.-
LEITAO ARROYO