Boletines/General Pueyrredon
Resolución Nº 2853/19
General Pueyrredon, 11/10/2019
Visto
el pedido realizado por el Sr. Concejal Marcos Gutiérrez, y
Considerando
Que con fecha 10 de Octubre de 2019, el Sr. Concejal Marcos Gutiérrez, solicita autorización para el uso de un espacio en la denominada Plaza Italia ubicada en esta ciudad, a fin de realizar un encuentro público.
Que en esta instancia corresponde dictar el acto administrativo, a fin de autorizar al Sr. Concejal Marcos Gutiérrez, a utilizar un espacio de dominio público en Plaza Italia, ubicada en calle El Cano 4100/4174 de esta ciudad, el día 11 de Octubre de 2019, en el horario comprendido entre las 13:30 y las 16:30 hs.
Por ello, y en uso de las facultades delegadas,
EL SECRETARIO DE GOBIERNO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º.- Autorizar al Sr. Concejal Marcos Gutiérrez, a utilizar un espacio de dominio público en Plaza Italia, ubicada en calle El Cano 4100/4174 de esta ciudad, el día 11 de Octubre de 2019, en el horario comprendido entre las 13:30 y las 16:30 hs, a fin de realizar un encuentro público.
ARTÍCULO 2º.- Encomendar la fiscalización y control del evento autorizado en el artículo 1º, al Distrito Descentralizado Vieja Usina.
ARTÍCULO 3º.- Queda expresamente prohibido la utilización de repertorio musical en cualquiera de sus formas.
ARTÍCULO 4º.- Previo al inicio de la actividad, deberá acreditarse la contratación de los seguros pertinentes, manteniendo indemne a la Municipalidad por cualquier concepto que se deba a un tercero como consecuencia del desarrollo de la actividad autorizada o al mismo Municipio, por daños y perjuicios que eventualmente se pudieren ocasionar, en razón de la realización y puesta en marcha de la actividad.
ARTÍCULO 5°.- La organización del evento, deberá garantizar el libre tránsito peatonal y/o vehicular en los lugares adyacentes a la plaza donde se desarrollará la actividad autorizada como así también la libre circulación y acceso a toda persona con discapacidad.
ARTÍCULO 6º.- Queda terminantemente prohibido la colocación de banderas, carteles y banners en virtud de lo normado en la Ordenanza nº 20276 – Decreto Reglamentario nº 290/12 (Código de Publicidad Urbana).
ARTÍCULO 7°.- Lo utilizado para la concreción del evento autorizado en la presente deberá ser retirado inmediatamente después de finalizadas las acciones liberando los espacios públicos cedidos.
ARTÍCULO 8º.- Registrar, dar al Boletín Municipal, comunicar y a los efectos que correspondan, tome intervención el Distrito Descentralizado Vieja Usina.
VICENTE