Boletines/General Pueyrredon

Resolución Nº2815/19

Resolución Nº 2815/19

General Pueyrredon, 08/10/2019

Visto

el Capítulo VIII del artículo 27° del Decreto 1442/19 reglamentario de la Ordenanza 20760 (Estatuto del Docente Municipal), y

Considerando

en el mencionado acto administrativo se determinó la incorporación del Puntaje Suplementario destinado a todos los docentes municipales que durante muchos años no tuvieron la posibilidad de ejercer su derecho a la estabilidad mediante los concursos públicos de oposición y antecedentes previstos en el artículo 23° Ordenanza 20760.

 

Que es conveniente establecer normas de aplicación para la asignación del mismo en los casos en que las sucesivas administraciones comunales no hayan cumplido con la convocatoria a concurso por más de siete (7) años.

Que es propicio que estas normas se formalicen a través de un acto administrativo,  para conocimiento de todos los aspirantes.

Por ello, en uso de las atribuciones delegadas mediante Decreto Nº 1500/16.

EL SECRETARIO  DE EDUCACIÓN

 

R E S U E L V E

ARTÍCULO 1.- Establecer que a los docentes municipales que participen y aprueben todas las instancias de los concursos públicos de oposición y antecedentes convocados para  los cargos, asignaturas y/o cursos en los que revisten como interinos por un plazo mayor a siete (7) años, se les adicionará al promedio final del resultado del concurso 0,20 puntos por desempeño sin estabilidad por cada año lectivo o fracción no menor de seis meses que supere este lapso.

Ejemplo I: Docente de Modalidad Formación Profesional con veinte (20) años de desempeño con situación de revista Interino (sin concurso público convocado), adicionará Puntaje Suplementario por 13 años, por un total de 2,60.

Ejemplo II: Docente de Nivel Inicial con seis (6) años de antigüedad con situación de revista Interino (último concurso público convocado año 2011) no adiciona Puntaje Suplementario.

 

ARTÍCULO 2°.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Secretaría de Educación.

DISTEFANO