Boletines/General Pueyrredon

Decreto Nº2286/19

Decreto Nº 2286/19

General Pueyrredon, 17/09/2019

Visto

VISTO las presentes actuaciones, y

 

Considerando

 

Que mediante las mismas se solicita la designación de varias personas para desempeñarse en distintos ámbitos de la Secretaría de Desarrollo Social como así también en la Dirección Bibliotecas dependiente de la Secretaría de Cultura, con carácter de Personal Temporario Mensualizado, quienes se encuentran incluidos dentro de la Ley Nº 10592.

 

Que por Ordenanza Nº 24192 (Decreto Nº 1724/19) ha sido aprobado el Cálculo de Recursos y el Presupuesto de Gastos del ejercicio 2019, para la Administración Central, quedando facultado el Departamento Ejecutivo para reasignar créditos presupuestarios del inciso Gastos en Personal.

 

Que por lo expuesto es necesario efectuar distintas modificaciones en la Planta de Personal Permanente y Temporaria de la Administración Central.

 

 Que la Dirección de Presupuesto con fecha 3 de septiembre de 2019, eleva el informe correspondiente.

 

Por ello, en uso  de las atribuciones que le son propias,

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- Modifícase, la Planta de Personal Permanente de la Administración Central, dando de baja los cargos que se mencionan a continuación, a partir de la fecha:

 

U.E.: 13-00-0-3-0-00 – Fin. y Func. 3-4-5 – Programático. 57-00-00 – Institucional 1-1-1-01-11-000 – U.E.R. 13 – DIRECCIÓN MUSEOS Y CENTRO CULTURAL VILLA VICTORIA OCAMPO.

 

Nº de O                     C.F. Baja                    Denominación     

 

5574                        4-14-00-03                      Técnico III

 

U.E.: 12-00-0-3-1-00 – Fin. y Func. 3-2-0 – Programático. 31-00-00 – Institucional 1-1-1-01-09-000 – U.E.R. 9 – DEPARTAMENTO ADULTOS MAYORES.

 

Nº de O                     C.F. Baja                    Denominación

 

1523                        4-14-74-03                       Técnico III

U.E.: 12-00-2-0-1-00 – Fin. y Func. 3-2-0 – Programático. 29-00-00 – Institucional 1-1-1-01-09-000 – U.E.R. 9 – DEPARTAMENTO GESTIÓN SOCIAL TERRITORIAL.

 

Nº de O                     C.F. Baja                    Denominación

 

4012                             4-14-74-03                         Técnico III

 

ARTÍCULO 2º.- Modifícase, la Planta de Personal Temporaria de la Administración Central, dando de alta los cargos que se mencionan a continuación, a partir de la fecha:

 

Meses Alta: 4

 

U.E.: 12-00-0-4-1-01 – Fin. y Func. 3-2-0 – Programático. 44-00-00 – Institucional 1-1-1-01-09-000 – U.E.R. 9 – DIVISION EMPRENDIMIENTOS DE INTEGRACIÓN SOCIAL.

 

Nº de O                   C.F. Alta                         Denominación

 

11908                     7-01-00-01                 Personal de Servicio Inicial

 

U.E.: 12-00-0-4-0-00 – Fin. y Func. 3-2-0 – Programático. 44-00-00 – Institucional 1-1-1-01-09-000 – U.E.R. 9 – DIRECCIÓN DE DISCAPACIDAD.

 

      Nº de O                     C.F. Alta                      Denominación

 

11909 y 11910              5-02-00-01                 Administrativo Inicial

 

U.E.: 13-00-0-1-0-00 – Fin. y Func. 3-4-5 – Programático. 57-00-00 – Institucional 1-1-1-01-11-000 – U.E.R. 11 – DIRECCIÓN BIBLIOTECAS.

 

Nº de O                 C.F. Alta                      Denominación

 

11911                      7-01-00-01              Personal de Servicio Inicial

 

ARTÍCULO 3º.- Desígnase, a partir de la fecha de su notificación  y hasta el 31 de diciembre de 2019, inclusive, al señor LUIS ALBERTO ABRUZA (Legajo Nº 34.749/1  – CUIL. 20-18448336-0), como PERSONAL DE SERVICIO INICIAL (C.F. 7-01-00-01 – 35 hs. semanales – Nº de Orden 11908), en la División Emprendimientos de Integración Social (U.E. 12-00-0-4-1-01),con carácter de Personal Temporario Mensualizado, quién se encuentra comprendido dentro de los alcances de la Ley Nº  10592.

 

ARTÍCULO 4º.- Desígnanse, a partir de la fecha de su notificación  y hasta el 31 de diciembre de 2019, inclusive, a las personas que seguidamente se detallan, como ADMINISTRATIVO INICIAL (C.F. 5-02-00-01 – 35 hs. semanales), en el número de Orden que para cada uno se indica, en la Dirección de Discapacidad (U.E. 12-00-0-4-0-00),con carácter de Personal Temporario Mensualizado, quienes se encuentran comprendidos dentro de los alcances de la Ley Nº  10592.

 

  • BRENDA AYELEN SANHUEZA – Legajo Nº 34.746/1 – CUIL. 27-39283510-0 – Nº de Orden 11909.
  • RICARDO AGUSTIN CASSINO LORENZO – Legajo Nº 34.747/1 – CUIL. 20-31821864-2 – Nº de Orden 11910.

 

ARTÍCULO 5º.- Desígnase, a partir de la fecha de su notificación  y hasta el 31 de diciembre de 2019, inclusive, al señor JULIAN EZEQUIEL AYALA (Legajo Nº 34.748/1 – CUIL. 20-37011617-3), como PERSONAL DE SERVICIO INICIAL (C.F. 7-01-00-01 – 35 hs. semanales – Nº de Orden 11911), en la Dirección Bibliotecas (U.E. 13-00-0-1-0-00),con carácter de Personal Temporario Mensualizado, quién se encuentra comprendido dentro de los alcances de la Ley Nº  10592.

 

ARTICULO 6º.- Déjase constancia que la modalidad horaria de los agentes designados mediante el presente Decreto, será de acuerdo a las necesidades de la dependencia donde se desempeñen pudiendo ser en horario matutino, vespertino y/o nocturno.

 

ARTÍCULO 7º.- Déjase expresamente establecido que los agentes designados mediante el presente Decreto, cuyo Certificado de Discapacidad tiene fecha de vencimiento, quedan obligados a presentar su renovación vencido el término de la duración del mismo,  a los efectos de mantenerse dentro del marco de la Ley Nº 10592.

 

ARTÍCULO 8º.- Dése intervención a la Dirección de Discapacidad a  los efectos de  convocar a los agentes designados mediante el presente Decreto para la renovación del  Certificado de Discapacidad y su posterior seguimiento, debiendo esa Dirección remitir al Departamento Legajos de la Dirección de Personal la documentación que surgiera.

 

ARTÍCULO 9º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto en el presente deberá imputarse a: Institucional: 1-1-1-01-09-000 – Prog. 44-00-00 – Fin. y Func. 3-2-0 – U.E.R. 9 - F.Fin. 1-1-0 - Inc. 1 – P.P. 2 – P.p. 1 – P.Sp. 1.

Para Art. 5º: Institucional: 1-1-1-01-11-000 – Prog. 57-00-00 – Fin. y Func. 3-4-5 – U.E.R. 13.

 

ARTÍCULO 10º.- El presente decreto será refrendado por la señora SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL y los señores SECRETARIOS DE CULTURA y DE GOBIERNO.

 

ARTÍCULO 11º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal,  comuníquese por la Dirección de Personal,  dése intervención a la Dirección de Discapacidad a fin de dar cumplimiento al Artículo 8º del presente Decreto.

 

Elg.

                        LENIZ                                    RABE            VICENTE                  ARROYO