Boletines/General Pueyrredon

Ordenanza Nº24298

Ordenanza Nº 24298

General Pueyrredon, 30/09/2019

ORDENANZA

Expediente D.E.: 9034-2-2019

Expediente H.C.D.: 2042-D-19

Nº de registro: O-18660

Fecha de sanción: 26/09/2019

Fecha de promulgación: 30/09/2019

Decreto de promulgación: 2411-19

 

ORDENANZA Nº 24298

 

Artículo 1º.- Autorízase al Ministerio de Desarrollo Social, Subsecretaría de Deportes de la Provincia de Buenos Aires, el uso del Skatepark situado frente a la Playa Popular para la realización de la disciplina deportiva skate, durante el desarrollo de la Final Provincial de los Juegos Bonaerenses, que se llevará a cabo entre los días  29 y 30 de septiembre de 2019,  o  el  1º de octubre de 2019  (en caso de inclemencias climáticas), en horario a determinar por la organización.

 

Artículo 2º.- Autorízase al Ministerio de Desarrollo Social, Subsecretaría de Deportes de la Provincia de Buenos Aires, el uso de la Playa Pública Bristol Popular, en el sector comprendido entre las proyecciones de la calle Rivadavia y Av. Luro, para la implementación de las canchas de Beach Voley y Fútbol Playa, entre el 29 de septiembre al 2 de octubre de 2019, de 7:30 hs. a 18:00 hs.

 

Artículo 3º.- Autorízase al Ministerio de Desarrollo Social, Subsecretaría de Deportes de la Provincia de Buenos Aires, el uso de la Plazoleta Armada Argentina, para actividades varias en el marco de la Final Provincial de los Juegos Bonaerenses 2019, entre los días 28 de septiembre al 2 de octubre de 2019, en horarios a determinar por la organización.

 

Artículo 4º.- Autorízase al Ministerio de Desarrollo Social, Subsecretaría de Deportes de la Provincia de Buenos Aires el uso del Playón Las Toscas, entre los días 25 y 27 de septiembre de 2019, para el armado de la técnica de la ceremonia de inauguración y el día 28 de septiembre de 2019,  para la ceremonia de inauguración, a partir de las  11:00 hs.

 

Artículo 5º.- Autorízase al Ministerio de Desarrollo Social, Subsecretaría de Deportes de la Provincia de Buenos Aires, el uso de la Playa Pública Playa Grande, sector Biología, para la realización de la disciplina deportiva surf durante el desarrollo de la Final Provincial de los Juegos Bonaerenses 2019, los días 30 de septiembre y 1° de octubre de 2019, en el horario de 9:00 a 16:00.

 

Artículo 6º.- La Permisionaria contratará un servicio médico de emergencia permanente que acompañe las competencias y/o eventos a realizar durante las fechas y horarios referidos en los artículos precedentes. Asimismo deberá proceder a la limpieza de los sectores autorizados, dejando los mismos en perfectas condiciones de uso, una vez finalizada la actividad diaria.

 

Artículo 7º.- Deberá exigirse el cumplimiento de la Ordenanza n° 20964 a los participantes, como asimismo contratar los seguros pertinentes, manteniendo indemne a la Municipalidad por cualquier concepto que se deba a un tercero o a la misma Municipalidad, por daños o perjuicios que eventualmente se pudieren producir a los mismos o a sus bienes en razón de la realización y puesta en marcha de las actividades, atento a la responsabilidad civil que surja de los artículos 1716, siguientes y concordantes  del Código Civil y Comercial de la Nación, incluyendo también gastos, honorarios y costas del demandante.

 

Artículo 8º.- Déjase establecido que en el caso de utilizar repertorio musical, en cualquiera de sus formas, deberán abonarse las contribuciones correspondientes a las asociaciones, sindicatos o entidades gremiales que agrupen a músicos, autores, compositores, intérpretes, coreógrafos o cualquier otra que pudiera corresponder (ARGENTORES, Variedades, S.A.D.A.I.C., A.A.D.I.C.A.P.I.F., etc.) previa iniciación de las actividades.

 

Artículo 9º.- Los elementos y/o estructuras utilizadas para la concreción de la acción autorizada deberán ser retirados inmediatamente finalizada la actividad desocupando el espacio público cedido, siendo restituido en las mismas condiciones en que lo recibieran.

 

Artículo 10º.- Comuníquese, etc.-

 

Tonto                                                                                                                             Sáenz Saralegui

López Silva                                                                                                                         Arroyo