Boletines/General Pueyrredon
Decreto Nº 2182/19
General Pueyrredon, 09/09/2019
Visto
el presente expediente Nº 560-P-2019, Cuerpo 1, y
Considerando
Que el mismo se inicia a raíz del informe elaborado por el Jefe de Departamento Caminos Rurales, Carlos Alberto FERREYRA – Legajo Nº 13217/1 a fs. 2, por el cual pone en conocimiento al Sr. Presidente del Ente que el día 20 de agosto del 2019, siendo aproximadamente la 07:45 hs. el agente Mariano Manuel FIGUEROA – Legajo Nº 28822/1 perteneciente a la mencionada dependencia, le comunica telefónicamente que al llegar al lugar donde estaba guardada la Motoniveladora, marca Caterpillar, modelo 120 K, interno 7545, que tal como consta a fs. 8-9 se registra afectada al sector caminos rurales; a la misma le faltaba las baterías y el cable conector puente. Habiéndose comunicado previamente con la patrulla policial rural y apersonándose al lugar donde se encontraba la máquina, verifica la sustracción de las baterías y nota que tenía el grifo del líquido refrigerante abierto.
Que en el mismo informe mencionado “ut-supra” manifiesta el agente Carlos FERREYRA que la máquina en cuestión se encontraba realizando tareas de mejoras de la red vial en el camino El Chaja, y al momento de la sustracción de las baterías se encontraba guardada desde el día sábado a las 16:20 hs. dentro del establecimiento del Sr. Billarroel Andrés, sito en el camino vecinal El Chaja a 2 km. de la Ruta 226 Km. 7, el que le manifestó que la tranquera estaba cerrada con candado y que el domingo a la madrugada escucho que los perros ladraban pero que no se percato de ningún movimiento extraño dentro de la propiedad.
Que a fs. 7 consta la denuncia penal realizada por el Jefe de Departamento Caminos Rurales ante la Seccional Sexta de Policia.
Que a fs. 10-13 consta el informe del GPS, con el que cuenta el equipo, del cual se desprende, según los informes realizados por la empresa FINNING que el mismo se encontraba desde el 17 de agosto sin movimiento y en el lugar donde fue encontrado.
Que la Asesoría Legal del EMVIAL a fs. 14 solicita al Departamento Caminos Rurales la ampliación del informe producido a fs.2, comunicando a fs.15 que el día 17 de agosto se encontraba como encargado del plan de trabajo el agente Rubén Osvaldo FERREYRA – Legajo Nº 27639/1.
Que a fs. 16-17 la Asesoria Legal del EMVIAL en razón de la entidad y gravedad del siniestro en cuestión, y atento la posible existencia de impericia y negligencia sugiere la instrucción de sumario administrativo, al cual adhiere a fs.18 el Sr. Presidente del Ente y pasa las actuaciones al Departamento de Personal a fin de elaborar el acto administrativo correspondiente.
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º.- Dispónese la instrucción de sumario administrativo a los agentes pertenecientes al Departamento Caminos Rurales del Ente Municipal de Vialidad y Alumbrado Público y todo otro agente que surja de la investigación, a los fines de deslindar las responsabilidades administrativas en relación a los hechos que dieran origen a los presentes actuados por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE VIALIDAD Y ALUMBRADO PÙBLICO.
ARTÍCULO 3º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comunicar por el Departamento de Personal del EMVIAL y dése intervención a la Dirección Sumarios de la Administración Central.
SIMONI ARROYO