Boletines/General Pueyrredon
Decreto Nº 2177/19
General Pueyrredon, 09/09/2019
Visto
los presentes actuados en los que varios contribuyentes de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene solicita la exención en el pago de la misma; y
Considerando
Que, en virtud de las medidas de fuerza de público y notorio conocimiento ejecutadas por organizaciones sociales, desde el día 24 al 30 de junio del 2019 se realizo un acampe por parte de las mismas en la zona donde se halla emplazado el Palacio Municipal.-
Que el mencionado acampe se erige como causal directa de graves perjuicios económicos y operativos para aquellos establecimientos y/o comercios que desarrollan su actividad comercial en la zona.-
Que, es criterio del Poder Ejecutivo Municipal por justas y necesarias razones de equidad, igualdad y bienestar general establecer una medida que repare y/o compense equitativamente el sacrificio anormal y especial de los comercios afectados en la zona involucrada supra, a los fines de restaurar el principio de igualdad entre los habitantes.-
Que el Intendente Municipal considera hacer lugar a lo solicitado y otorgar el beneficio en un 100 % por el periodo 6º del Ejercicio Fiscal 2019, por aplicación del artículo 275º de la Ordenanza Fiscal ( Texto S/Ord. 23.643).-
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1°.- Declárase exenta en un ciento por ciento (100%) del pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene -en virtud de lo expuesto en el exordio del presente- a los comercios y/o establecimientos que a continuación se detallan y por el periodo 6º del Ejercicio Fiscal 2019.-
Nº de Cuenta |
Titular |
Domicilio |
010.934 |
Gran Hotel Panamericano S.R.L. |
H. Yrigoyen nº 1683 |
020.050 |
J. Kostzer Librería Luro S.R.L. |
La Rioja nº 1632 |
047.307 |
Club. Gral. Pueyrredon |
H. Yrigoyen nº 1569 |
107.771 |
Pozzo Balbi, Isabel Maria Juana |
Luro nº 2927 |
111.455 |
González, José Antonio |
Luro nº 2954 |
127.648 |
Carriño, Gabriela Lujan |
Luro nº 2978 |
128.486 |
Gran Hotel Panamericano S.R.L |
San Martin nº 2901 |
132.395 |
Forlano, Gonzalo Hugo |
Luro nº 2978 |
136.721 |
Bandini y Guarnieri S.R.L. |
Luro nº 2943 8º piso |
145.867 |
Martinez, Celia Noemi |
H. Yrigoyen nº 1515 |
151.731 |
Maffei, Marcos Oscar |
La Rioja nº 1628 |
Artículo 2º.- En caso de haberse abonado el periodo mencionado en el art. 1º, el mismo originara un crédito que se aplicarán a la cancelación de deuda y/u obligaciones de vencimiento futuro sobre la misma cuenta y concepto que los origina, en tanto ésta se mantenga en cabeza de los contribuyentes o responsables titulares del crédito afectado al momento de su determinación.-
Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno.-
Artículo 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y para su notificación y efectos intervenga la Dirección General de Recursos - Departamento de Actividades Económicas Tasas y Derechos Varios.-
ad.-
VICENTE ARROYO