Boletines/General Pueyrredon

Decreto Nº2177/19

Decreto Nº 2177/19

General Pueyrredon, 09/09/2019

Visto

los presentes actuados en los que varios contribuyentes de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene solicita la exención en el pago de la misma; y

Considerando

Que,  en virtud de las medidas de fuerza de público y notorio conocimiento ejecutadas por  organizaciones sociales, desde el día 24 al 30 de junio del 2019 se realizo un acampe por parte de las mismas en la zona donde se halla emplazado el Palacio Municipal.-

 

Que el mencionado acampe se erige como causal directa de graves perjuicios económicos y operativos para aquellos establecimientos y/o comercios que desarrollan su actividad comercial en la zona.-

 

Que, es criterio del Poder Ejecutivo Municipal por justas y necesarias razones de equidad, igualdad y bienestar general establecer una medida que repare y/o compense equitativamente el sacrificio anormal y especial de los comercios afectados en la zona involucrada supra, a los fines de restaurar el principio de igualdad entre los habitantes.-

 

Que el Intendente Municipal considera hacer lugar a lo solicitado y otorgar el beneficio en un 100 % por el periodo 6º del Ejercicio Fiscal 2019, por aplicación del artículo 275º de la Ordenanza Fiscal ( Texto S/Ord. 23.643).-

 

 

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

Artículo 1°.- Declárase exenta en un ciento por ciento (100%) del pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene -en virtud de lo expuesto en el exordio del presente- a los comercios y/o establecimientos que a continuación se detallan y por el periodo 6º del Ejercicio Fiscal 2019.-

 

Nº de Cuenta

Titular

Domicilio

010.934

Gran Hotel Panamericano S.R.L.

H. Yrigoyen nº 1683

020.050

J. Kostzer Librería Luro S.R.L.

La Rioja nº 1632

047.307

Club. Gral. Pueyrredon

H. Yrigoyen nº 1569

107.771

Pozzo Balbi, Isabel Maria Juana

Luro nº 2927

111.455

González, José Antonio

Luro nº 2954

127.648

Carriño, Gabriela Lujan

Luro nº 2978

128.486

Gran Hotel Panamericano S.R.L

San Martin nº 2901

132.395

Forlano, Gonzalo Hugo

Luro nº 2978

136.721

Bandini y Guarnieri S.R.L.

Luro nº 2943 8º piso

145.867

Martinez, Celia Noemi

H. Yrigoyen nº 1515

151.731

Maffei, Marcos Oscar

La Rioja nº 1628

 

Artículo 2º.- En caso de haberse abonado el periodo mencionado en el art. 1º, el mismo originara un crédito que se aplicarán a la cancelación de deuda y/u obligaciones de vencimiento futuro sobre la misma cuenta y concepto que los origina, en tanto ésta se mantenga en cabeza de los contribuyentes o responsables titulares del crédito afectado al momento de su determinación.-

 

Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de  Gobierno.-

 

Artículo 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y para su notificación y efectos intervenga la Dirección General  de Recursos - Departamento de Actividades Económicas Tasas y Derechos Varios.-

ad.-

                           

                        VICENTE                                                      ARROYO