Boletines/General Pueyrredon
Decreto Nº 2095/19
General Pueyrredon, 26/08/2019
Visto
la comunicación efectuada por el Departamento Bromatología, informando que el día 22 de junio de 2019, se ha producido el deceso de la agente Adriana Nora Deserti, y
Considerando
Que el Departamento Control de Personal de la Dirección de Personal informa que se le adeuda a la nombrada el importe correspondiente a treinta y dos (32) días de licencia año 2016, treinta y cinco (35) días de licencia año 2017, treinta y cinco (35) días de licencia año 2018 y diecisiete (17) días de licencia proporcional año 2019.
Que el Departamento Liquidación de Haberes ha cuantificado la deuda por cincuenta y dos (52) días de licencia, correspondiente a treinta y cinco (35) días de licencia anual año 2018 y diecisiete (17) días de licencia proporcional año 2019, consignando la suma de $ 186.787,21, e informando en relación al pago de los treinta y dos (32) días de licencia año 2016 y treinta y cinco (35) días de licencia año 2017, no corresponde su valorización conforme lo dispuesto en los artículos 75º inc. 2 y 79º de la Ley 14.656, y lo indicado por el Honorable Tribunal de Cuentas mediante dictámenes Nº 4108-41353-2018-0-0 y Nº 4049-18637-2016-0-1.
Por ello, y en uso de la atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Dáse, de baja por fallecimiento, a partir del 22 de junio de 2019, a la agente ADRIANA NORA DESERTI (Legajo Nº 17342/1 - CUIL 27-11506062-2), quien se desempeñaba como VETERINARIO ESPECIALIZADO (C.F. 2-21-74-09 – 45 horas semanales - Nº de Orden 3137), dependiente del Departamento Bromatología (U.E. 11-01-0-3-2-00), autorizando la liquidación del importe correspondiente de la suma de PESOS CIENTO OCHENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE CON VEINTIÚN CENTAVOS ($ 186.787,21) por las siguientes licencias devengadas y no gozadas:
Año 2018: TREINTA Y CINCO (35) día de licencia anual.
Año 2019: DIECISIETE (17) días de licencia proporcional.
ARTÍCULO 2º.- El importe resultante del artículo precedente, como asimismo los haberes devengados, serán abonados a quien legal y formalmente acredite ser su derechohabiente.
ARTÍCULO 3º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto en el presente deberá imputarse a: Fin. y Fun. 1-3-0 - Programático: 28-00-00 - Inc. 1- P.P. 6 - P.p. 0 – P.sp. 0 - Ap. 1 – F.Fin. 1-1-0 – U.E. 11-01-0-3-2-00 – Institucional: 1-1-1-01-08-000 – UER: 8.
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor SECRETARIO DE SALUD.
ARTÍCULO 5º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal.
Mpa.
BLANCO ARROYO