Boletines/General Pueyrredon
Decreto Nº 2094/19
General Pueyrredon, 26/08/2019
Visto
los Expedientes Municipales 18895/B/1980 cpo 1 y 19290/6/1994 cpo 00, relacionados con el permiso precario gratuito de uso y explotación de un sector de aproximadamente 10 hectáreas, ubicado en la Reserva Natural Laguna de los Padres, denominado “Villa Dos Pinos”, y
Considerando
Que mediante Ordenanza 5175 con fecha 2 de febrero de 1982, se otorgó a la Fundación Juan B. Justo el permiso precario para el uso de un sector de una extensión aproximada de 10 hectáreas del Paraje Laguna de los Padres, denominado “Villa Dos Pinos”.
Que dicho permiso se entregó por un plazo de treinta y seis (36) meses, período en el cual fueron realizadas por parte de la mencionada fundación, diferentes obras en el sector y una vez concretadas y aprobadas por la autoridad Municipal, operó automáticamente la ampliación del plazo del uso otorgado a veinticinco (25) años.
Que en virtud de encontrarse vencido el permiso indicado, este Departamento dispone proceder a la toma de posesión del predio aludido, debiendo el permisionario reintegrar el mismo en perfecto estado, libre de ocupantes, y quedando todas las instalaciones y/o mejoras realizadas en cumplimiento de las obligaciones asumidas mediante Ordenanza 5175, en propiedad exclusiva de la Municipalidad de General Pueyrredon.
Que la Secretaría de Desarrollo Social y la Delegación Sierra de los Padres y la Peregrina se encuentran abocadas en el desarrollo de un Proyecto para la utilización del predio, que apunta a niños y jóvenes que concurren a escuelas y jardines municipales, hogares y casas del niño, escuelas técnicas, de formación profesional y escuelas rurales de la zona, mediante charlas y visitas, pudiendo ser acompañados por Guardaparques y recibir instrucción práctica y teórica sobre actividades náuticas, al aire libre y reconocer la flora y fauna de la reserva.
Que la Delegación Sierra de los Padres y La Peregrina mediante Acta de Inspección nº 04192, con fecha 26 de agosto de 2019, notificó al ocupante del predio, dando un plazo de diez (10) días hábiles para proceder al desalojo y posterior toma de posesión por parte de la Municipalidad.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º.- Dispónese la toma de posesión del predio de aproximadamente 10 hectáreas sito en la Reserva Natural Laguna de los Padres (Unidad Recreativa denominada “Villa Dos Pinos”), la que se llevará a cabo el día 10 de Septiembre de 2019 a las 09:30.hs. en un todo de acuerdo con lo dispuesto por la presente, y demás actuaciones obrantes en los Expedientes 18895/B/1980 cpo 1 y 19290/6/1994 cpo 00.
ARTÍCULO 2º.- Desígnase a los Agentes, Campos, Ricardo - Leg. 18462/1, Marañon, Marcelo - Leg. 19740/1, Maldonado, Carlos - Leg. 24245/1 y Corso, Sebastián - Leg. 26327/1, para que en representación de la Delegación Sierra de los Padres y La Peregrina, procedan a efectivizar lo dispuesto en el Artículo 1º del presente, y a confeccionar la respectiva Acta de Toma de Posesión e Inventario.
ARTÍCULO 3º.- La Delegación Sierra de los Padres y La Peregrina, podrá solicitar el auxilio de la fuerza pública a los fines de dar cumplimiento con la presente diligencia.
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.
ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese y para los demás efectos intervenga la Delegación Municipal Sierra de los Padres.-
BB/da
VICENTE ARROYO