Boletines/General Pueyrredon

Decreto Nº2079/19

Decreto Nº 2079/19

General Pueyrredon, 26/08/2019

Visto

 la solicitud de licencia efectuada por la agente María Paula Bolgeri, y

Considerando

Que la misma participo como médica destinada a la atención física de la Delegación Argentina en los “XVIII Juegos Panamericanos”,  realizados en la ciudad de Lima, Perú, durante el periodo comprendido entre el 20 de julio y el 13 de agosto de 2019, inclusive.

 

Que lo solicitado cuenta con el Vº Bº del señor Secretario de Salud para que se encuadre dicha petición como Licencia Deportiva.

 

Que el Departamento Control de la Dirección de Personal, solicita la opinión del Ente Municipal de Deportes y Recreación para encuadrar la licencia en el artículo 88º de la Ley 14656.

 

Que el Ente Municipal de Deportes y Recreación informa que la referida licencia no reúne los requisitos para ser encuadrada en el artículo 88º de la citada Ley,  aconsejando el otorgamiento como Licencia extraordinaria con goce de haberes según lo establecido en el artículo 96º de la Ley 14656.

 

Que  con la autorización del señor Intendente Municipal, puede concederse a la agente Bolgeri una licencia con goce de haberes, de conformidad con lo establecido en el artículo 96º de la Ley 14656, por el período comprendido entre el 20 de julio y el 13 de agosto de 2019, inclusive.

 

Por ello y  en uso de las atribuciones que le son propias,

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- Reconócese,  el período comprendido entre el 20 de junio y el 13 de agosto de 2019, inclusive,  como en uso de  licencia extraordinaria con goce de haberes, a la agente MARIA PAULA BOLGERI  (Legajo Nº 29768/1 - CUIL. 27-29909675-6 ),  MEDICO I (C.F. 2-17-63-05 – 18 horas semanales), dependiente de la División Medicina General (U.E. 11-01-0-0-0-05), de conformidad  con  lo establecido en el Artículo 96º de la Ley Provincial Nº 14656, en mérito a los fundamentos expuestos en el exordio del presente.

 

ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por el señor SECRETARIO DE SALUD.

 

ARTÍCULO 3º.- Regístrese,  dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal.

mpa.

                        BLANCO                              ARROYO