Boletines/General Pueyrredon
Decreto Nº 2077/19
General Pueyrredon, 26/08/2019
Visto
que mediante las presentes actuaciones a los fines del mantenimiento de servicios esenciales para la población, se solicita la designación de la agente Daiana Belén Villarroel, en el Jardín de Infantes Nº 32, accediendo al cargo por Listado del Tribunal de Clasificación Docente, en uso de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Desígnase a la agente DAIANA BELEN VILLARROEL (Legajo Nº 34.729/51 – CUIL 23-32792354-1) como MAESTRO DE SECCION ENSEÑANZA INICIAL (C.F. 9-21-99-01) Nº de Orden 4762, con carácter Interino, a partir del 2 de julio de 2019 y hasta el correspondiente llamado a concurso, la cobertura por titular o el cese de funciones con expresión de causa, en el Jardín de Infantes Nº 32 (U.E. 08-00-0-2-1-32), siendo el cargo de la presente designación con aporte Estatal.
ARTÍCULO 2º.- Acuérdase, a la agente mencionada en el Artículo 1º, a partir de la fecha que allí se indica, la BONIFICACIÓN POR ENSEÑANZA INICIAL de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 3º.- Acuérdase, a la agente mencionada en el Artículo 1º, a partir de la fecha que allí se indica, la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que percibe, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 4º.- Acuérdase, a la agente mencionada en el Artículo 1º, a partir de la fecha que allí se indica, la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA 03/2014 de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 5º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Fin./Fun. 3-4-2 - Programático 24-00-00 - Inc. 1 - P.P. 1 - P.p. 1 - P.Sp. 8. – para el Art. 2º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 1 - para el Art. 3º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 2 - para el Art. 4º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 14.
ARTÍCULO 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor SECRETARIO DE EDUCACIÓN.
ARTÍCULO 7º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal.
l.G
DISTEFANO ARROYO