Boletines/General Pueyrredon
Resolución Nº 2728/19
General Pueyrredon, 01/10/2019
Visto
el estado de las presentes actuaciones, que tramitan por expediente Nº 6550-1-2012 Cpo.1, Alcance 22 caratulado: “2012 FORTE DANIEL DAVID Y OTRO – USO DE SUELO HAB. ALVARADO 8093”, y
Considerando
Que estas actuaciones tienen inicio mediante nota glosada a fs. 25, en la que el Jefe de Departamento Coordinación y Técnico de la Dirección General de Inspección General, Sr. Julio Greco, da cuenta del extravío del expediente Nº 6550-1-2012 Alcance 5, Cuerpo del Alcance I, informando que habiendo realizado una búsqueda exhaustiva en los Departamento de Coordinación y Técnico, Habilitaciones, Seguridad Industrial y Comercial, Reba Publicidad, Higiene Acústica y Nocturnidad, Operativo, Control del Espacio Público, Uso de Suelo y Bromatología, la misma ha arrojado resultado negativo, por lo que solicita al Sr. Secretario de Gobierno se arbitren los medios para proceder a su reconstrucción, acompañando documentación aportada por el contribuyente.
Que mediante Resolución Nº 1221 de fecha 16 de mayo de 2019 del Señor Secretario de Gobierno, agregada a fs. 26, se ordena la instrucción del presente sumario, a fin de deslindar las responsabilidades del caso conforme lo establecido por el artículo 132º de la Ordenanza General Nº 267/80.
Que a fs. 01 a 25 constan en copia simple antecedentes de documentación original aportada por el contribuyente e informes y notas de los distintos Departamentos que componen la Dirección General de Inspección General, informando del resultado negativo de la búsqueda efectuada.
Que asimismo se ordena librar oficio a la División Mesa general de Entradas.
Que a fs. 33/35 se agrega oficio contestado por la División Mesa General de Entradas, adjuntando copia de comprobante de giro de expediente nº 6550-1-2012 Cuerpo 1, Alcance 5 de fecha 28 de noviembre de 2013, acreditándose el pase del Departamento Bromatología a la Dirección de Inspección General, obrando una firma ilegible sin número de legajo como agente receptor.
Que a fs. 39/41 se agrega oficio contestado por el Jefe de Departamento Coordinación y Técnico de la Dirección General de Inspección General, Sr. Julio Greco, el que informa que dentro de los agentes de la dependencia no se ha encontrado al responsable de la firma inserta en el comprobante de giro del expediente.
Que analizados los elemento colectados, en particular el informe de fs. 39/41, no resulta posible continuar y profundizar con la investigación ordenada, debido a la ausencia de elementos probatorios para identificar potenciales responsables del hecho investigado.
Que en razón de lo expresado, no surgiendo de estas actuaciones elementos que permitan demostrar y justificar reproche disciplinario alguno la Dirección Sumarios aconsejó a fs. 42/43, el Sobreseimiento Provisorio las presentes actuaciones sumariales a tenor de lo previsto en el art. 35º inc. c) de la Ley 14656.
Que la Junta de Disciplina a fs. 46 y vta adhiere por unanimidad a lo aconsejado por la Dirección Sumarios a fs. 42/43.
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones delegadas mediante Decreto Nº 1500/16,
EL SECRETARIO DE GOBIERNO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Dar por finalizado el presente sumario administrativo.
ARTÍCULO 2º.- Sobreseer provisoriamente las presentes actuaciones sumariales, a tenor a lo normado en el Art. 35º Inc. c) de la Ley 14656 y Art. 103º, ap IV), inc. b) del Decreto 4161/96, reglamentario de la Ley 10430- este último por aplicación analógica y los principios generales del derecho, conforme dictamen de la Asesoría General de Gobierno expediente Nº 4061-1008230/16.
ARTÍCULO 3º.- Registrar dar al Boletín Municipal, comunicar por la Dirección de Personal, y reservar el presente expediente en la Dirección Sumarios.
Sll/
VICENTE