Boletines/Puan
Ordenanza Nº 5891/13
Puan, 23/10/2013
Corresponde al Expediente Nº 519/13
ORDENANZA
O R D E N A N Z A Nº 5 8 9 1 / 1 3
ARTÍCULO 1º.- Homológase el CONVENIO DE COOPERACIÓN RECÍPROCA, celebrado con la ESCUELA SECUNDARIA BÁSICA Nº2 de Darregueira; la UNIVERSIDAD PROVINCIAL DEL SUDOESTE (UPSO) de la ciudad de Bahía Blanca y la MUNICIPALIDAD DE PUAN, que tiene como objeto facilitar el desarrollo de las actividades académicas previstas para la Sede de Darregueira, además de la interacción que surja entre las instituciones y que como anexo forma parte de la presente.
ARTÍCULO 2º.- Que el mismo tiene una vigencia por el término de cuatro (4) años, a partir del mes de octubre/13, y se renovará automáticamente por otros períodos similares.
ARTÍCULO 3º.- Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo, a sus efectos y cumplido, archívese.-
DADA EN EL RECINTO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE PUAN, EN SESIÓN ORDINARIA PÚBLICA, A LOS VEINTITRÉS DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL TRECE. -
Busso Marta, Presidente. Graciela M. Montemuiño, Secretaria Legislativa