Boletines/Puan

Ordenanza Nº5835/13

Ordenanza Nº 5835/13

Puan, 28/08/2013

Corresponde al Expediente Nº 8614/99

ORDENANZA

O R D E N A N Z A   Nº  5 8 3 5 / 1 3

ARTÍCULO 1°.- Modifícase el ARTÍCULO 4º, inciso d) de la ORDENANZA Nº 2334/99  y su modificatoria, relacionada con el funcionamiento del Transporte Escolar en el Distrito de Puan, quedando redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 4º.- …d) Plano del vehículo con la disposición  de las butacas. El mismo deberá estar firmado por un “Ingeniero Mecánico Colegiado”, a excepción de los vehículos 0 km. que hayan sido carrozados de fábrica y el TIPO de vehículo sea acorde al Transporte a realizar, como ómnibus, micrómnibus, colectivo, minibús, transporte de pasajeros, etc., los cuales gozarán de un plazo de gracia por DOS (2) AÑOS desde su inscripción. “

ARTÍCULO 2º.- Modifícase el ARTÍCULO 6º de la ORDENANZA 2334/99 quedando   redactado de la siguiente manera:

ARTÍCULO 6º.-  CONDICIONES DE LA UNIDAD: El servicio de Transporte Escolar  podrá ser prestado por ómnibus, micrómnibus, colectivo, minibús, auto 4 o 5 puertas, pick up cabina doble y todo otro rodado habilitado para el transporte de pasajeros o Remis, que reúnan las condiciones señaladas en la presente ordenanza.

Dichos vehículos prestarán sus servicios en zona urbana o rural y deberán llevar la inscripción de “TRANSPORTE ESCOLAR”.

Todo transporte utilizado para el traslado de escolares deberá reunir los recaudos que indica el Código de Tránsito vigente y sus modificatorias, en lo que fuere de aplicación, tal como el número de asientos, deberá ser igual al número de pasajeros transportados; cada asiento deberá estar dotado de sus respectivos cinturones de seguridad; cuando se trate de menores de 12 años deberán hacerlo en el asiento trasero del vehículo, etc.”

ARTÍCULO 3º.-  Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos y  cumplido, archívese.-

DADA EN EL RECINTO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE PUAN, EN SESIÓN ORDINARIA PÚBLICA, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL TRECE. 

Busso Marta, Presidente. Graciela M. Montemuiño, Secretaria Legislativa