Boletines/Balcarce

Decreto Nº0612/18

Decreto Nº 0612/18

Balcarce, 07/03/2018

Visto

El Expediente Nro 3771/B/2018   iniciado el  02 de Marzo de 2018  referente al  Comercio Habilitado con el Nº 3389 a nombre de ARTEC OBRAS  CIVILES SRL Y

Considerando

Que según Acta de Inspección Nº  11399 y Acta de Inspección  de Seguridad  e Higiene Nº 0061,  puede constatarse el cierre definitivo del comercio

Que a la Dirección de Recursos de la Comuna realiza informa adjunto a fs  02

Que  se  considera  otorgar  lo  solicitado  al día  18/12/2017,    fecha  de  Acta  de  Inspección,  debiendo abonar  Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene  hasta  6º  Bimestre 2017  inclusive,   según lo expuesto en la  Ordenanza  Fiscal  2018,  Artículo  214º,  a saber:   " ... Los contribuyentes deben  comunicar al Municipio  la cesación de sus actividades dentro de los diez (1 O)  días de producida, sin perjuicio del cobro de los gravámenes, accesorios y multas adeudadas.  El contribuyente deberá satisfacer  la tasa correspondiente  hasta la fecha  de cese,  previa  presentación  de  la  declaración jurada  respectiva.  Cuando  la fecha  no  coincidiera  con  la finalización del bimestre,  se deberá abonar la cuota bimestral correspondiente al período del cese,  si la misma supera  más de un  tercio de dicho bimestre.  Si se tratara de contribuyentes cuya liquidación se efectúa por el sistema de  lo percibido,  se deberán  incluir también los importes devengados  (. . .)  Podrá el Departamento Ejecutivo  decretar  la  baja  de  oficio  en  aquellos  casos  donde  transcurrido  un  tiempo  prudencial   el contribuyente   110    iniciare  los  trámites  respectivos.   La   citada  baja  se  dictará  una   vez  comprobado fehacientemente  el cese de actividades y  sin perjuicio  del cobro de las cuotas correspondientes ltasta  esa fecha ... "

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BALCARCE, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades  y sus Modificatoria

DECRETA

ARTICULO  lº-:  Désela Baja  de Oficio a la fecha   18/12/2017 al Comercio Habilitado bajo el Nº  3389, por lo  estipulado  en el Articulo 214° de la  Ordenanza  Fiscal  2018, según constancias  obrantes en Expediente Administrativo Nº 3771B/2018

ARTICULO 2º-: Por la Oficina de División, Liquidación y Emisión de Tasas, dése de baja a la deuda correspondiente  a Tasa por Seguridad e Higiene que sea posterior  al cese del  comercio

ARTICULO 3º-:  Por la Dirección de Fiscalización  procédase al cobro de la deuda que registra el comercio detallado en el Articulo  1 º del presente.

ARTICULO 4º-: Cúmplase, Comuníquese,  tomen razón a sus efectos la Secretaría de Hacienda, Dirección de  Recursos,  Dirección  de Fiscalización,  División  de Liquidación  y Emisión  de Tasas, Asesoría Legal, Interesados y dése copia al Registro Oficial de Decretos.

Firmado: Reino -