Boletines/Daireaux

Decreto Nº709/19

Decreto Nº 709/19

Daireaux, 26/07/2019

Visto

La nota de fecha 25 de Julio de 2019, elevada por la Coordinadora del Area de Juventud Srta. María Belén Casas, y

Considerando

Que por la misma solicita la baja del Régimen de Becas Municipales Asistenciales a los Jóvenes: Bustos María Antonella y Schmidt Zoe Denise, quienes han renunciado a sus estudios universitarios;

Que a su vez solicita la incorporación al sistema de becas de ocho (8) jóvenes que se encontraban en lista de espera;

Que el régimen de becas estudiantiles tiene por finalidad, entre otras, el garantizar el acceso,  permanencia, reingreso y promoción de alumnos, que se encuentren en situación de vulnerabilidad socioeconómica, constituyendo un beneficio personal e intransferible del alumno beneficiario, que se mantiene mientras éste acredite que se mantienen las condiciones que determinaron su otorgamiento;

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE DAIREAUX, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

 

D  E  C  R  E  T  A

ARTICULO 1º. Dese de baja el Beneficio de Beca Estudiantil Universitaria otorgada por Decreto Municipal Nro. 236/2019, a los Jóvenes que se mencionan, a saber: 

  1. Bustos María Antonella – DNI Nro. 38.859.102 – .-
  2. Schmidt Zoe Denise – DNI Nro. 42.392.000.-

ARTICULO 2º. Otorgase una Beca de Estudios Terciaria de Pesos mil quinientos ($1500) mensuales a los Jóvenes que se mencionan,  rigiendo hasta el 30 de Noviembre de 2019 inclusive: -

  1. Arias Aldana – DNI Nro. 40.022.033 – .-
  2. Carabajal Brenda – DNI Nro.  40.347.944 -.-
  3. González Josefina  -DNI Nro. 41.207.6596 -.-
  4. Vázquez Yésica Sabrina – DNI Nro. 35.635.963 .-
  5. Licatti Lucila – DNI Nro. 39.555.403 - .-
  6. Saldías Jazmín – DNI Nro. 41.923.033 -.-

ARTICULO 3º. Otorgase a las jóvenes: Aguilera Astrada Camil Yaci – DNI Nro. 41.207.582 -, y Díaz Tatiana – DNI Nro. 39.923.175 - , oriundas de la Ciudad de Daireaux y de la Localidad de Salazar respectivamente,  quienes cursan una carrera Universitaria, el beneficio de una Beca Estudiantil por el monto mensual de Pesos dos mil ($2000.00) a cada una, rigiendo  hasta el 30 de Noviembre de  2019 inclusive.-

ARTICULO 4º. El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los Artículos 2º y 3º  del  presente, se atenderá con cargo a la Partida Presupuestaria del Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos 2019 : -

Jurisdicción 111010-4000 Secretaria de Desarrollo –

Programa 18 Política Educativa Local –

Subprograma 07 Becas Municipales –

Partida: 5.1.3.0. “Becas” –

Fuente de Financiamiento: 132 Origen Provincial

ARTICULO 6º: COMUNIQUESE, TOMEN RAZON QUIENES CORRESPONDA, REGISTRESE Y ARCHIVESE..-