Boletines/General Lavalle

Resolución Nº360/2019

Resolución Nº 360/2019

General Lavalle, 25/09/2019

Visto

               La Nota Municipal Nº 2069/2019, mediante  la cual se solicita el reconocimiento  de la prescripción de la Tasa por Derecho de Cementerio, por los periodos excedentes del articulo 278 LOM, para las cuentas municipales Nº   300073, 300074, 300366, 300367 y 300364;

Considerando

                       Que en estas actuaciones administrativas el solicitante requiere la prescripción de las tasas cuya obligación de pago se encuentra a cargo, respecto de las cuentas  municipales antes citadas;

                       Que la Ordenanza Fiscal anual, establece el carácter de contribuyente a los fines de este ordenamiento al presentante, fundando la legitimación activa del peticionante;

                       Que el artículo 278 del Decreto Ley  Nº 6769/58, Ley Orgánica de las Municipalidades de la Pcia. de Buenos Aires dispone  que ¨Las deudas  de los contribuyentes, que hubieren incurrido en mora en el pago de los impuestos, tasas y cualquier otra especie de contribuciones adeudadas a la Municipalidad, prescriben a los cinco años de la fecha en que debían pagarse…¨.

                      Que así también lo dispone  el artículo 66 de la Ordenanza Fiscal vigente  completando el artículo 66 del plexo, al normar que  ¨… Las acciones nacidas durante el ejercicio fiscal 2014, prescribirán el 1º de Enero de 2020¨.

                     Que en este acto vienen las presentes  actuaciones a resolver por una solicitud expresa  y voluntaria de los contribuyentes, que inician expediente a fin de no pagar las deudas existentes por los periodos prescriptos;

                      Que no existe, constancia alguna respecto del inicio de acciones judiciales en procura del cobro del crédito fiscal  por los periodos  por los cuales se reclama;                

EL INTENDENTE DE GENERAL LAVALLE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

RESUELVE

ARTICULO 1º: Declarar prescriptos los periodos 1/2010 de la cuenta municipal Nº300364, y los períodos 1/2001 y 1/2011 de las cuentas municipales Nº300073, Nº300074, Nº300366 y Nº300367, respecto de la Tasa por Derechos de Cementerio, de acuerdo a lo establecido por el Código Civil y Comercial, el Decreto Ley Nº 6769/58, la Ordenanza Fiscal vigente y demás ordenamiento jurídico concordante.

 

 

 

 

ARTÍCULO 2º: Cúmplase, comuníquese a quien corresponda y dese al Registro Municipal.

 

 

 

 

TURCONI ANDREA VERONICA                                                                       JOSE H RODRIGUEZ PONTE

          JEFE DE GABINETE                                                                                    INTENDENTE MUNICIPAL