Boletines/Adolfo Gonzales Chaves
Decreto Nº 879/2019
Adolfo Gonzales Chaves, 22/07/2019
Visto
El Expediente 4055-247-2019, donde a fojas 1 el Sr. Luis Mario Scattone solicita la habilitación del comercio de su propiedad en el rubro Gomería, ubicado en la localidad de De La Garma;
El informe del Delegado Municipal agregado a fojas 11;
Lo dictaminado por la Directora de Asesoria Letrada Municipal a fojas 12 y 25;
La documentación agregada de fojas 14 a 23;
El informe de Industria y Comercio a fojas 13;
Lo informado por el Jefe de la 0ficina de Industria y Comercio a fojas 26; y
Considerando
Que este Departamento Ejecutivo no tiene inconveniente alguno en otorgar la habilitación solicitada en forma provisoria hasta tanto se presente Plano de Construcción en esta Municipalidad y se de cumplimiento al inicio del trámite judicial de prescripción adquisitiva (usucapión) del inmueble, tal como se solicita a fojas 12;
Por ello;
el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias
D E C R E T A:
ARTICULO 1º.- Otórgase la habilitación provisoria del comercio en el rubro GOMERIA, propiedad del Sr. LUIS MARIO SCATTONE, DNI Nº 21.636.973, ubicado en calle Maza nº 106 de la localidad de De La Garma, Partido de Adolfo Gonzales Chaves, debiendo el solicitante dar inicio al trámite judicial de prescripción adquisitiva (usucapión) del inmueble, tal como lo solicita la Directora de Asesoria Letrada a fojas 12 y 25 del presente Expediente.-
ARTICULO 2º.- La vigencia de la habilitación queda sujeta al cumplimiento de los requisitos que puedan establecerse por normas legales, más los establecidos en el considerando del presente decreto; pudiendo darse la baja de la misma, sin derecho de indemnización alguna para el titular por la caducidad de la misma.-
ARTICULO 3º.- Emplázase por separado al titular del inmueble, a presentar Plano de Construcción en el plazo de ciento ochenta (180) días a partir de la fecha, por adeudarse dicha documentación en esta Municipalidad, según informe del Delegado Municipal a fojas 11.-
ARTICULO 4º.- Tomen razón Contaduría, Oficina de Industria y Comercio y Delegado Municipal.-
ARTICULO 5º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-