Boletines/Rauch
Ordenanza Nº 1308
Rauch, 03/04/2019
Visto el convenio suscrito entre la Secretaria Nacional de Niñez Adolescencia y Familia, representada por el Licenciado Gabriel Enrique CASTELLI y la Municipalidad de Rauch representada por su Intendente Maximiliano SUESCUN, La Ley Orgánica de las Municipalidades; y
Considerando Que el Convenio, propiciado por la Dirección Nacional de Políticas para Adultos Mayores, tiene como objetivo la implementación de un Proyecto denominado “Pacto de Expectativas”, a fin de garantizar la refacción y equipamiento necesarios para el Centro de Día “Bernandino Rivadavia” logrando instalaciones adecuadas para el normal desempeño de las actividades para las persones mayores que allí concurren.
Que la ejecución del Proyecto se desarrollara en un plazo de siete (7) meses. Las actividades deberán iniciarse dentro de los sesenta (60) días contados a partir de la fecha de pago del presente subsidio.
Que la Secretaria se compromete a trasferir a la Municipalidad un monto total de PESOS
SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS CUATRO CON OCHENTA Y
OCHO CENTAVOS ($754.704,88-) en concepto de Subsidio no Reintegrable sujeto a rendición de cuentas, para cubrir los gastos correspondientes a la ejecución de las líneas de acción del Proyecto. La suma mencionada será abonada en un solo pago.
Que la Municipalidad tendrá las siguientes obligaciones generales que emanan del Convenio suscripto, a) Dar inicio a las actividades de conformidad con lo reglado; b) Efectuar el seguimiento y monitoreo del Proyecto; c) Presentar a la Secretaria la información de inicio requerida por el Programa, y la planificación de las actividades previo a su inicio. Un informe de avance según los requerimientos del Programa dentro de los primeros sesenta (60) días de iniciada la ejecución; d) La Municipalidad declara conocer lo reglado por Ley N° 2458/04 y lo establecido en el Convenio suscripto; e) Remitir, dentro de los sesenta (60) días de finalizadas las actividades, toda la documentación correspondiente a la Rendición de Cuentas; f) Llevar una contabilidad por separado de ingreso y egreso de los fondos transferidos por el proyecto,; g) Efectuar, ante la Unidad Propiciante, la rendición de cuentas documentada de la inversión de los fondos que recibiere; h) Conservar debidamente archivada por el termino de diez (10) años, la documentación original respaldatoria de la inversión realizada de los fondos otorgados; i) Utilizar los fondos en la ejecución del Proyecto denominado “Pacto de Expectativas”; j) Asistir a todas las actividades convocadas por la Secretaria;
Por todo ello el Honorable Concejo Deliberante, acuerda y sanciona la siguiente:
Ordenanza
ORDENANZA
Artículo N°1: Convalidase el Convenio suscrito entre la Secretaria Nacional de Niñez Adolescencia y Familia, representada por el Licenciado Gabriel Enrique CASTELLI y la Municipalidad de Rauch representada por su Intendente Maximiliano SUESCUN celebrado en la Ciudad de Buenos Aires a los tres días del mes de diciembre del dos mil dieciocho;
Artículo N°2: De forma.-