Boletines/Rauch
Decreto Nº 357
Rauch, 09/04/2019
Visto
La nota enviada por la Sra. Secretaria de Desarrollo Social, Psp. Adriana Isabel Chiclana; y
La Ley Orgánica de las Municipalidades;
La Ley 14.656; y;
Considerando
Que, en la nota de referencia se expresa la necesidad de otorgar un subsidio al Sr. Héctor Rafael Acuña, D.N.I. Nº 14.427.310., Planilla de Subsidio Nº 70,
Que, el presente subsidio se otorga a los fines de ayudar al beneficiario a solventar los gastos que se le originan en el pago del alquiler de la vivienda que habita, y evitar ser desalojado de la misma.
Que, la familia del beneficiario presenta como únicos ingresos económicos, los haberes que percibe el titular como empleado municipal.
Que, el Sr. Acuña es agente municipal según Legajo de Personal Nº 254
Que, por su parte, tal como indica el artículo 14 de la Ley 14.656 “la municipalidad propenderá a la cobertura de sus agentes en rubros tales como salud, previsión, seguridad, vivienda y turismo”.-
Que, en este lineamiento se otorgará la ayuda social requerida a efectos de cubrir los gastos mencionados.-
Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Rauch, en uso de las facultades que le son propias:
D E C R E T A.-
Artículo 1ro.- Concédase un subsidio reintegrable a favor del Sr. Héctor Rafael Acuña, D.N.I. Nº 14.427.310., Legajo Personal Nº 254, domiciliado en calle Coronel Suarez Nº 79 de nuestra ciudad, por un monto de pesos Cuatro Mil Doscientos Treinta con 00/100 centavos ($ 4.230.-), siendo su responsable de cobro el titular del mismo; en un todo de acuerdo a los vistos y considerando detallados.-
Artículo 2do.- El reintegro del subsidio se efectivizará mediante descuento de haberes, en dos (2) cuotas iguales, mensuales y consecutivas por un importe de pesos Dos Mil Ciento Quince con 00/100 centavos ($ 2.115.-) cada una.-
Artículo 3ro.- Autorízase a la oficina de Sueldos de la Municipalidad de Rauch a descontar de los haberes del agente municipal Héctor Rafael Acuña, Legajo Personal Nº 254, a partir de la liquidación correspondiente al mes de Abril del corriente año, las sumas detalladas en el artículo 2do., hasta concluir con la totalidad del reintegro.-
Artículo 4to.- El presente Decreto será refrendado por el Jefe de Gabinete, la Secretaria de Desarrollo Social, y por el Secretario de Planificación, Gobierno y Hacienda.-
Artículo 5to.- Cúmplase, comuníquese, tomen conocimiento las Oficinas Municipales que corresponda y dése al Libro de Decretos.-
Fdo. Dr. Gustavo Javier Palazzo – Jefe de Gabinete.-
Fdo. Psp. Adriana Isabel Chiclana – Secretaria de Desarrollo Social.-
Fdo. Cr. Victoriano Cano Kelly – Secretario de Planificación, Gobierno y Hacienda.-
Fdo. Cr. Roberto Maximiliano Suescun – Intendente.-