Boletines/Rauch
Decreto Nº 355
Rauch, 08/04/2019
Visto
El expediente nro. 4093-13728/19, Licitación Privada Nº 8/2019 –“Mano de obra para la construcción de catorce viviendas en el marco del convenio de la caja de retiros, jubilaciones y pensiones de la policía de la Provincia de Buenos Aires”.-
El Decreto Municipal Nro. 186/19.-
El Pliego de Bases y Condiciones - Cláusulas Generales, Cláusulas Particulares y
Especificaciones Técnicas correspondientes.-
El Acta de Apertura obrante a fs. 915.-
La nota del Secretario de Obras y Servicios Públicos.-
La Ley Orgánica de las Municipalidades.-
El Reglamento de Contabilidad; y
Considerando
Que por Decreto Nº 186/19 se llamó a Licitación Privada Nº 8/2019– para la Contratación de mano de obra para la construcción de dos viviendas unifamiliares apareadas de 55 m2 cada una; fecha de apertura 7 de Marzo de 2019, 12.00 hs.-
Que dicho llamado tuvo por objeto la construcción de la obra descripta en el detalle de las Especificaciones Técnicas y de las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones.
Que la necesidad de la obra radica en la posibilidad de dar una solución habitacional a nuestros vecinos de Rauch garantizando el acceso a su vivienda propia, familiar y de ocupación permanente, siendo por tanto una obra de vital importancia para el Municipio.
Que asimismo la construcción de obras como las previstas posibilita la contratación de empresas locales para su ejecución promoviéndose así una oportunidad de empleo para nuestros ciudadanos, constituyendo ello uno de los objetivos esenciales de nuestra gestión de gobierno.
Que a fs. 915 de las actuaciones obra agregada el Acta de Apertura confeccionada, registrándose ocho propuestas: a) sobre nº 1 correspondiente al Sr. Casal Martiniano cotizando por un importe de pesos un millón cien mil ($1.100.000,00.-), b) sobre nº 2 correspondiente a la firma COFRAMAT S.R.L. que cotiza la suma de pesos novecientos noventa y ocho mil ($ 998.000,00-), c) sobre nº 3 correspondiente a la firma Cooperativa de trabajo Mayo Limitada que cotiza un importe de pesos un millón ochenta y nueve mil novecientos cincuenta y tres con 86/100 centavos ($ 1.089.953,86.-), d) sobre nº 4 correspondiente al Sr. Casal Juan cotizando la suma de pesos un millón cincuenta mil novecientos cincuenta y uno con 25/100 ($ 1.050.951,25-), e) sobre nº 5 correspondiente al Sr. Folmer Jorge Antonio que cotiza la suma de pesos un millón cincuenta mil novecientos treinta y seis con 50/100 centavos ($1.056.936,50-), f) sobre nº 6 correspondiente al Sr. Ferrari Luis Roberto que cotiza la suma de pesos un millón cincuenta y seis mil setecientos cincuenta y dos con 80/100 centavos ($ 1.056.752,80.-), g) sobre nº 7 correspondiente a la propuesta presentada por el Sr. Miller Juan Carlos que cotiza el importe de pesos un millón sesenta mil novecientos cuarenta y cinco con 41/100 centavos ($1.060.945,41) y h) sobre nº 8 correspondiente a la propuesta presentada por el Sr. Olivera Martin Alberto que cotiza la suma de pesos un millón ciento catorce mil doscientos sesenta con 42/100 centavos ($1.114.260,42); siendo el acto cerrado sin observaciones.-
Que, surge del acta de apertura la falta de presentación de plan de trabajos y planilla de cómputo y presupuesto completo por parte de Martiniano Raúl Casal.
Que por otro lado, encontrándose vencidos los plazos previstos en el artículo 16 del Pliego de Bases y Condiciones Generales para tomar vista de las ofertas y realizar impugnaciones, se verifica en las actuaciones la inexistencia de presentaciones en tal sentido.-
Que así las cosas, corresponde proceder a evaluar las ofertas presentadas.-
Que en dicho orden, resulta necesario proceder a la adjudicación de la licitación de referencia a COFRAMAT S.R.L en la suma la suma de pesos novecientos noventa y ocho mil ($ 998.000,00-) para la construcción de dos unidades familiares apareadas, por ser su oferta la más conveniente a los intereses de la comuna.-
Que por su parte, el artículo 21 del Pliego de Bases y Condiciones Legales Particulares prevé la facultad del Municipio para adjudicar las unidades restantes correspondientes a la primera etapa del ya mencionado Programa a idéntico valor de la oferta más conveniente a los intereses de la Comuna a un mismo beneficiario.
Que así, corresponde adjudicar al proponente la construcción de tres (3) módulos de dos viviendas familiares apareadas cada uno, conforme la reserva prevista en el artículo mencionado.
Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Rauch, en uso de las facultades que les son propias:
D E C R E T A.-
Artículo 1ro.- Adjudicar a la firma COFRAMAT S.R.L, la construcción de un (1) módulo de dos viviendas unifamiliares apareadas de 55.00 mts. cuadrados cada una, en la suma total de PESOS NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL ($ 998.000,00-), correspondiente a la Licitación Privada Nº 8/19, para la contratación de –“Mano de obra para la construcción de catorce viviendas en el marco del convenio de la caja de retiros, jubilaciones y pensiones de la policía de la Provincia de Buenos Aires”.-
Artículo 2do.- Adjudicar a la firma COFRAMAT S.R.L la construcción de dos (2) módulos de dos viviendas unifamiliares apareadas de 55.00 mts. cuadrados cada una, en la suma de PESOS NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL ($ 998.000,00-) cada módulo, en un todo de acuerdo a los vistos y considerando del presente.-
Artículo 3ro.- Desestimar la oferta presentada por el Sr. Folmer Jorge Antonio en la suma de PESOS UN MILLÓN CINCUENTA MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS CON 50/100 CENTAVOS ($ 1.050.936,50.-), perteneciente a la Licitación Privada Nº 8/19.-
Artículo 4to.- Desestimar la oferta presentada por el Sr. Casal Juan Antonio en la suma de PESOS UN MILLÓN CINCUENTA MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y UNO CON 25/100 ($ 1.050.951,25), perteneciente a la Licitación Privada Nº 8/19.
Artículo 5to.- Desestimar la oferta presentada por el Sr. Ferrari Luis Roberto en la suma de PESOS UN MILLÓN CINCUENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 80/100 CENTAVOS ($ 1.056.752,80.-), perteneciente a la Licitación Privada Nº 8/19.
Artículo 6to.- Desestimar la oferta presentada por Sr. Miller Juan Carlos que cotiza el importe de PESOS UN MILLÓN SESENTA MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CINCO CON 41/100 CENTAVOS ($1.060.945,41) perteneciente a la Licitación Privada Nº 8/19.
Artículo 7mo.- Desestimar la oferta presentada por la firma Cooperativa de trabajo Mayo Limitada que cotiza un importe de PESOS UN MILLÓN OCHENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 86/100 CENTAVOS ($ 1.089.953,86.-) perteneciente a la Licitación Privada Nº 8/19.
Artículo 8vo.- Desestimar la oferta presentada por Sr Casal Martiniano cotizando por un importe de PESOS UN MILLÓN CIEN MIL ($1.100.000,00.-), perteneciente a la Licitación Privada Nº 8/19.
Artículo 9no.- Desestimar la oferta presentada por el Sr. Olivera Martin Alberto que cotiza la suma de PESOS UN MILLÓN CIENTO CATORCE MIL DOSCIENTOS SESENTA CON 42/100 CENTAVOS ($1.114.260,42), perteneciente a la Licitación Privada Nº 8/19.-
Artículo 10mo.- Notifíquese a los oferentes, en su respectiva parte pertinente, lo dispuesto en el presente Decreto.-
Artículo 11ro.- El presente Decreto será refrendado por el Jefe de Gabinete, el Secretario de Planificación, Gobierno y Hacienda y el Secretario de Obras y Servicios Públicos.-
Artículo 12do.- Cúmplase, comuníquese, tomen conocimiento las Oficinas Municipales que
corresponda y dése al Libro de Decretos.-
Fdo. Dr. Gustavo Javier Palazzo – Jefe de Gabinete.
Fdo. Cr. Victoriano Cano Kelly – Secretario de Planificación, Gobierno y Hacienda.
Fdo. Lic. Mariano Alberto Alonso- Secretario de Obras y Servicios Públicos.
Fdo. Cr. Roberto Maximiliano Suescun – Intendente.