Boletines/Pinamar
Ordenanza Nº 5442/19
Pinamar, 10/05/2019
VISTO:
El Expediente Interno Nº 2310/19 caratulado "Naón Lucía Evelina- Noches de tango- declaración de interés municipal", las leyes N° 24684 y 26026, y la resolución de UNESCO del año 2009 que declara el Tango como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad, y
CONSIDERANDO:
Que resulta de suma importancia dictar normas que tengan por fin la puesta en valor de las expresiones culturales en nuestro municipio.
Que el tango es una de las expresiones mas características de la cultura argentina y la que nos representa en el mundo.
Que en nuestro país se festeja el Día Nacional del Tango 11 de diciembre, en conmemoración al nacimiento de Carlos Gardel.
Que desde el año 2009 el tango fue inscrito en la lista representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad de la UNESCO.
Que el Estado Argentino se encuentra comprometido a poner en práctica la salvaguardia del Tango en tanto bien cultural considerado Patrimonio Cultural de la Humanidad.
Que por salvaguardia se entiende, adoptar medidas encaminadas a garantizar la preservación, protección, promoción, y revitalización de este patrimonio en sus diferentes aspectos.
Que se viene desarrollando desde hace 7 años en nuestro municipio el "CICLO NOCHES DE TANGO" y que se trata de un emprendimiento particular realizado por la Sra. Lucía Evelina Naón.
Que de dicho Ciclo nació el Festival de Tango de Pinamar del año 2013 que contó con la participación de orquestas en vivo y milongas.
Que resulta imperativo que desde el Estado Municipal se incentiven y promuevan actividades tendientes a fomentar y difundir el género, acercándolo a las generaciones más jóvenes.
Que el arte y la cultura son herramientas indiscutibles e insustituibles a la hora de generar una oferta turística capaz de romper con la estacionalidad que caracteriza Pinamar en tanto ciudad balnearia.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Pinamar, en uso de facultades que le son propias sanciona la siguiente:
Ordenanza Nº 5442/19
ORDENANZA
ARTICULO 1: Declárese de Interés Cultural Municipal el Ciclo "Noches de Tango", por su aporte a la preservación y difusión de ese género musical en nuestro municipio.
ARTICULO 2: Declárense el día 11 de diciembre como el Día Municipal del Tango.
ARTICULO 3: El Departamento Ejecutivo deberá generar una grilla de eventos durante la Semana del Tango a partir del 11 de Diciembre de cada año, incorporando al diseño de las actividades el día 11 de julio, aniversario del nacimiento de Aníbal Troilo (Pichuco) como Día Especial del Tango, con el fin de poner en valor el género musical, y además generar un atractivo turístico fuera de temporada, rompiendo la estacionalidad.
ARTICULO 4: El Departamento Ejecutivo podrá celebrar acuerdos con Cámaras Empresarias y Secretaría de Cultura de la Nación para la realización de los eventos referidos en el Art. 3, tales como festivales, muestras encuentros de danza y música y toda actividad que tienda a dar cumplimiento al artículo anterior.
ARTICULO 5: Todas las actividades que se realicen en el marco de la presente ordenanza, deberán contar con la participación de artistas en vivo, privilegiando la contratación de artistas locales.
ARTICULO 6: La Municipalidad de Pinamar deberá dar la más amplia difusión a través de su página oficial, y todos los medios que tenga a su alcance con el objeto de promover los eventos declarados de Interés Cultural Municipal por la presente ordenanza.
ARTICULO 7: Comuníquese.al Departamento Ejecutivo, dese al Registro Oficial, cumplido, archívese.