Boletines/Pinamar

Ordenanza Nº5423/19

Ordenanza Nº 5423/19

Pinamar, 12/04/2019

ISTO:

El Expediente Nº 4123-0648/18 Cuerpo 1 Anexo 2 caratulado Festivales de cine - homologacion convenio; Y

CONSIDERANDO:

Que la secretaria de Turismo y Cultura presenta el evento FESTIVAL DE CINE FANTASTICO Y DE TERROR "BLOOD WINDOW",

Que el evento fue declaró de Interés Municipal por el Departamento Ejecutivo a través del Decreto Nº 0396/19

Que el mismo se desarrollará en el Espacio Público conocido como "Camino de los Pioneros",

Que contara con un Patio de Comidas con participación de Gastronómicos locales y shows artísticos y culturales,

Que esta Feria es de gran importancia para nuestra ciudad, ya que generará un aporte cultural y turístico, coincidiendo la misma con el receso de Semana Santa,

Que el evento se encuentra organizado por el INCA en colaboración del festival de cine fantástico de Sitges, Catalunya.

El Convenio entre el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales, INCA y esta comuna, identificado bajo el número 087/19 para la realización del Festival de Cine Fantástico y de Terror "Blood Window Pinamar 2019" obrante a fs 42/50 del expediente del visto.

Que corre agregado copia del mismo, en los actuados;

Que corresponde homologar el vínculo contractual.

POR ELLO:

El Honorable Concejo Deliberante de Pinamar, en uso de facultades que le son propias sanciona la siguiente:

Ordenanza Nº 5423/19

ORDENANZA

ARTICULO 1: Homológuese el convenio firmado entre la Municipalidad de Pinamar y el Instituto de Cine de Artes Audiovisuales (INCA), identificado bajo el N° 087/19 para la realización del FESTIVAL DE CINE FANTASTICO Y DE TERROR "BLOOD WINDOW " obrante a fojas 42/50 del expediente del visto, en concordancia con los considerandos de la presente.

ARTICULO 2: Autorícese al Departamento Ejecutivo a disponer del espacio público conocido como "Camino de los Pioneros" ubicado en Av. Bunge esquina Av. De los Pioneros, para realizar el evento FESTIVAL DE CINE FANTASTICO Y DE TERROR "BLOOD WINDOW", cumpliendo con todas las normativas vigentes. El mismo se llevará adelante entre los días 18 y 19 de abril en el horario de 13:00 hs a 03:00 hs, y el día 20 de abril entre las 13:00 y las 01:00 Am cumpliendo con lo mencionado en el Artículo 4 de la presente.

ARTICULO 3: Autorícese al Departamento Ejecutivo al corte de la Av. De los Pioneros, entre Av. Bunge y Av. Martín Pescador, en el horario de 11:00 a 03:00 Am durante los días indicados en el artículo 2 de la presente.

ARTICULO 4: Requisitos a cumplir por los prestadores:

- Tener la Habilitación comercial al día.

- Tramitar "REBA para venta ambulante" para los días 18 al 20 del mes de abril.

- Cumplir con el protocolo de Manipulación de Alimentos para ferias y venta ambulante.

- Llevar facturación homologada por ley y sistema de pago electronico

- Logo corpóreo de cada prestador.

- Vajilla: deberá ser de material descartable en cumplimiento a la Ordenanza Nº 5202/18 y sus modificatorias.

- Refrigeración de bebidas: en recipientes con hielo y agua.

ARTICULO 5: Facultase al Departamento Ejecutivo a eximir al ente organizador del pago de los Derechos de Ocupación de Espacio Público.

ARTICULO 6: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cumplido, archívese.