Boletines/Adolfo Alsina

Decreto Nº1408/19

Decreto Nº 1408/19

Adolfo Alsina, 02/09/2019

Visto

La solicitud presentada por autoridades de la SOCIEDAD RURAL de ADOLFO ALSINA de la ciudad de Carhué, afiliada a C.A.R.B.A.P., obrante en el Expediente Nº: 4001-1354/19, para realizar un espectáculo de Folklóre, Jineteadas y Destrezas Criollas, el día 08 de septiembre del corriente año, en el predio de su propiedad, en el cual desarrollan sus habituales actividades; y

Considerando

Que el Municipio en principio tiene la facultad para autorizar eventos públicos.

Que la Municipalidad inspeccionó el predio a fin de fiscalizar que se reúnan las condiciones de seguridad para los espectadores; lo que no exime de responsabilidad a la Comisión organizadora, de brindar medidas de seguridad a los participantes del acontecimiento como al público asistente; recayendo en ésta el deber de contar con una cobertura de responsabilidad civil emitida por una compañía de seguros, para cubrir eventuales daños.  

El Intendente Municipal del partido de Adolfo Alsina en uso de las atribuciones que le son propias, D E C R E T A:

Art.1º - Autorízase a la SOCIEDAD RURAL de ADOLFO ALSINA de la ciudad de CARHUÉ, a desarrollar un espectáculo de Folklóre, Jineteadas y Destrezas Criollas, el día 08 de septiembre de 2019, en el predio de su propiedad, ubicado en Circ. I - Sec. E - Fracción I - Partida 21945 de la ciudad de Carhué (predio en el cual desarrollan sus actividades), condicionada esta autorización, bajo apercibimiento de ser revocada, a los siguientes requisitos:    

I) Contar con un seguro de cobertura ante eventuales daños a cosas de terceros y/o espectadores y/o participantes.

II) Suscribir con el Municipio de Adolfo Alsina un Convenio de asunción de responsabilidad, por el que la SOCIEDAD RURAL de ADOLFO ALSINA de la ciudad de CARHUÉ, deslinda a la Comuna de toda responsabilidad por hechos dañosos que puedan acaecer durante el acontecimiento.-

Art. 2º - La SOCIEDAD RURAL de ADOLFO ALSINA de la ciudad de CARHUÉ deberá adoptar todas las medidas de seguridad necesarias para garantizar el desarrollo del evento sin accidentes.-

Art. 3º - Comuníquese con copia del presente a las autoridades de la institución,  publíquese, tomen razón las Oficinas respectivas y dése al Libro de Decretos.-     

Fdo.: “Lic. Martín M. Gavio – Secretario de Gobierno Municipalidad de Adolfo Alsina, David A. Hirtz – Intendente Municipalidad de Adolfo Alsina”