Boletines/General Pueyrredon

Ordenanza Nº24276

Ordenanza Nº 24276

General Pueyrredon, 19/09/2019

ORDENANZA

Expediente D.E.: 10730-3-2019

Expediente H.C.D.: 2016-V-19

Nº de registro: O-18634

Fecha de sanción: 13/09/2019

Fecha de promulgación: 19/09/2019

Decreto de promulgación: 2334-19

 

 

ORDENANZA Nº 24276

 

Artículo 1º.- Declárase en el ámbito del Municipio de General Pueyrredon la “Emergencia Alimentaria” por el término de doce (12) meses contados a partir de la promulgación de la presente.

 

Artículo 2º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a la prórroga de la misma por un plazo de seis (6) meses.

 

Artículo 3º.- Facúltase al Departamento Ejecutivo para impulsar acciones, celebrar acuerdos, convenios y toda otra medida correspondiente, que se encuentre dirigida a atender la demanda alimentaria de las personas en situación de vulnerabilidad socioeconómica.

 

Artículo 4º.- El Departamento Ejecutivo realizará un  relevamiento de la cantidad de merenderos y comedores existentes en el ámbito del Partido de General Pueyrredon, con el objeto de mantener y actualizar el “Registro Único de Merenderos y Comedores”, asimismo realizará las tareas de supervisión y seguimiento de la entrega de alimentos secos, frescos y lácteos.

 

Artículo 5º.- El Departamento Ejecutivo actualizará el monto asignado a las tarjetas alimentarias municipales, llevándolas al mismo monto que otorga la Provincia de Buenos Aires en el marco del Programa Más Vida.

 

Artículo 6º.- Incorpórese a la actualización mencionada en el artículo precedente, los montos otorgados a las personas con celiaquía, incluidos dentro del Programa Asistencias Alimentarias Especiales - sin gluten -.

 

Artículo 7º.- Encomiéndase al Departamento Ejecutivo que peticione formalmente ante el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y al Gobierno Nacional, el refuerzo en el envío de alimentos (secos y leche) al Municipio de General Pueyrredon.

 

Artículo 8º.- Comuníquese, etc..-

 

Tonto                                                                                                                             Sáenz Saralegui

Leniz                                                                                                                                              Arroyo