Boletines/General Pueyrredon
Decreto Nº 2076/19
General Pueyrredon, 26/08/2019
Visto
que mediante las presentes actuaciones a los fines del mantenimiento de servicios esenciales para la población, se solicitan diversos movimientos de personal, en la Escuela Nº 8 “Rufino Inda”, como así también la rectificación de un acto administrativo,
, en uso de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Dáse de alta, a la agente ALEJANDRA ESTHER GARCIA (Legajo Nº 26.220/82 – CUIL 27-22007818-9) como SECRETARIO NIVEL PRIMARIO (C.F. 9-11-99-02) Nº de orden 3273, con carácter Interino, a partir del 5 de agosto de 2019 y hasta el correspondiente llamado a concurso, la cobertura por titular o el cese de funciones con expresión de causa, accediendo al cargo por Resolución Nº 496/19, en la Escuela Nº 8 “Rufino Inda” (U.E. 08-00-0-2-2-08), siendo el cargo de la presente alta con aporte Estatal, reteniendo el cargo de Maestro de Año (C.F. 9-11-99-01 – Nº de Orden 3223 – Legajo Nº 26.220/73 – U.E. 08-00-0-2-2-08).
ARTÍCULO 2º.- Desígnase a la agente VIVIANA GISELE FERREYRA (Legajo Nº 27.278/85 – CUIL 27-31734675-7) como MAESTRO DE AÑO (C.F. 9-11-99-01) Nº de Orden 3223, a partir del 5 de agosto y hasta el 13 de diciembre de 2019 o el cese de funciones con expresión de causa, en reemplazo de la agente Alejandra Esther Garcia (Legajo Nº 26.220), en la Escuela Nº 8 “Rufino Inda” (U.E. 08-00-0-2-2-08), siendo el cargo de la presente designación con aporte Estatal.
ARTICULO 3º.- Rectifícase el Anexo I del Decreto Nº 1825/19, dejándose constancia que el CUIL correcto del agente FEDERICO ESTEBAN (Legajo Nº 32.600/60) es 20-33102160-2 y no como se consignara en dicho acto administrativo.
ARTÍCULO 4º.- Acuérdase, a las agentes mencionadas en los Artículos 1º y 2º, a partir de la fecha y período que allí se indican, la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que perciben, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 5º.- Acuérdase, a las agentes mencionadas en los Artículos 1º y 2º, a partir de la fecha y período que allí se indican, la BONIFICACIÓN 1er. y 2do. CICLO ESCUELA PRIMARIA de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 6º.- Acuérdase, a la agente mencionada en el Artículo 1º, a partir de la fecha que allí se indica, la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA NO BONIFICABLE – MODALIDAD FONID a los cargos de Secretario y Prosecretario.
ARTÍCULO 7º.- Acuérdase, a la agente mencionada en el Artículo 2º, durante el período que allí se indica, la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA 03/2014 de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 8º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Inc. 1 - Programático: 25-00-00 – Fin/Fun. 3-4-2 - P.P. 1 - P.p. 1 - P.Sp. 8 – para el Art. 4º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 2 - para el Art. 5º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 5 - para el Art. 6º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 11 - para el Art. 7º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 14.
ARTÍCULO 9º.- El presente Decreto será refrendado por el señor SECRETARIO DE EDUCACIÓN.
ARTÍCULO 10º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal.
p.m.
DISTEFANO ARROYO