Boletines/General Pueyrredon
Decreto Nº 2070/19
General Pueyrredon, 26/08/2019
Visto
que la Agente Prof. MARIANA ELIZABETH MONTES– Legajo 25543 -, perteneciente a la planta de personal del Ente Municipal de Deportes y Recreación – EMDER- ha solicitado licencia desde el día 19 y hasta el 27 de agosto de 2019, y
Considerando
Que fundamenta el pedido en su calidad de jueza para asistir al Campeonato Panamericano Junior de Clavados a realizarse en la Ciudad de Santiago de Chile, desde el día 19 al 27 de agosto del presente año.
Que de los antecedentes obrantes en los registros del EMDER, se infiere que la solicitud realizada por la Prof. Montes no se encuentra comprendida en el artículo 88 º de la Ley 14656.
Que, la normativa citada prevé Licencias Deportivas para agentes que sean deportistas aficionados y que en su calidad de tal fueran designados para intervenir en torneos y/o campeonatos regionales, nacionales e internacionales.
Que asimismo, en su Artículo 96º de la mencionada ley, establece Licencias especiales con o sin goce de haberes, por causas no previstas en el Estatuto y que obedezcan a motivos de real necesidad debidamente documentados.
Que el Área Deporte Federado ha emitido opinión fundada en la importancia del nombramiento de la agente Prof. MARIANA ELIZABETH MONTES y se le reconozca a la mencionada agente en uso de Licencia Especial con Goce de Haberes.
Que la Presidencia del EMDER ha otorgado el VºBº a la solicitud de la Profesora Montes.
Que por los fundamentos expuestos es que se propicia otorgar una licencia especial con goce de haberes desde el día 19 hasta el día 27 de agosto de 2019 a la Prof. MARIANA ELIZABETH MONTES.
Por ello, y en uso de sus atribuciones que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Reconócese Licencia especial con goce de haberes, a partir del día 19 y hasta el día 27 de agosto de 2019, a la Agente MARIANA ELIZABETH MONTES - Legajo 25543 – con el cargo de Profesora de Enseñanza Inicial y Primaria – C.F. 4-10-62-7 – dependiente del Ente Municipal de Deportes y Recreación de conformidad con lo establecido en el Artículo 96º de la Ley 14656, en mérito a lo expresado en el exordio.
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Presidente del Ente Municipal de Deportes y Recreación.
ARTICULO 3º.- Regístrese, dese al Boletín Municipal y comuníquese por el Departamento de Recursos Humanos del Ente Municipal de Deportes y Recreación.
LOPEZ SILVA ARROYO