Boletines/General Pueyrredon
Decreto Nº 2067/19
General Pueyrredon, 26/08/2019
Visto
lo tramitado mediante Expediente Nº 2359 - P- 2018, y
Considerando
Que el agente ZIBECCHI, JULIO OSCAR - Legajo Nº 21067/1, dependiente del Departamento Higiene Urbana del Ente Municipal de Servicios Urbanos, ha incurrido en la quinta (5º) inasistencia sin justificar, a contar de la última que motivó la sanción aplicada mediante Decreto Nº 2122/18, según el siguiente detalle:
1º 14/06/2019 (cód. 24)
2º 19/06/2019 (cód. 24)
3º 21/06/2019 (cód. 24)
4º 28/06/2019 (cód. 24)
5º 03/07/2019 (cód. 24);
Que el comportamiento señalado surge indubitablemente de los partes diarios de inasistencia de la Dependencia y de los pedidos de carpetas médicas al Departamento Medicina del Trabajo sin concurrencia al mismo.-
Que habiéndose otorgado un plazo de cinco (5) días para que ejerciera su derecho de defensa, mediante Cédula de Notificación diligenciada el día 15 de Agosto de 2019, el agente no ha presentado descargo alguno.-
Que la conducta de este, es violatoria de las obligaciones fijadas para los agentes Municipales establecidas en el artículo Nº 103º inciso a) de la ley 14656.-
Que el proceder indicado lo haría pasible al agente de las sanciones disciplinarias previstas en el artículo 108º inciso c) de la ley de la Ley Nº 14656.-
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º.- Aplicar al agente ZIBECCHI, JULIO OSCAR - Legajo Nº 21067/1, dependiente del Departamento Higiene Urbana del Ente Municipal de Servicios Urbanos, una sanción disciplinaria de VEINTE (20) DIAS DE SUSPENSION, en el marco de lo establecido en el artículo 108º inciso c) de la Ley Nº 14656 según el siguiente detalle: faltas con aviso sin justificar (Cód. 24) los días 14/06/2019, 19/06/2019, 21/06/2019, 28/06/2019 y 03/07/2019.-
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Presidente del ENTE MUNICIPAL DE SERVICIOS URBANOS.-
ARTÍCULO 3º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese por la Dirección de Personal del EMSUR e intervenga la Contaduría del mencionado Ente.-
LEITAO ARROYO