Boletines/General Pueyrredon
Decreto Nº 2118/19
General Pueyrredon, 26/08/2019
Visto
VISTO las actividades artísticas y culturales que la Secretaría de Cultura programó para el receso invernal 2019, y
Considerando
Que en los polideportivos ubicados en los barrios Libertad, Las Heras y Colinas; así como en el Centro Cultural de la Cooperativa Batán se desarrollaron espectáculos infantiles de acceso libre y gratuito para toda la familia.
Que de esta forma el Municipio de General Pueyrredon acercó una variada propuesta artística a distintos barrios de la ciudad, con el objeto de ofrecer un espacio de recreación y esparcimiento, donde la comunidad pueda disfrutar de espectáculos infantiles ofrecidos por artistas locales.
Que a través de la Secretaria de Cultura, el municipio organizó este ciclo con el fin de seguir profundizando la tarea sociocultural en distintos barrios de la ciudad.
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Que el cronograma de espacios y los espectáculos que integraron este ciclo son los siguientes:
24/7 Armonium y el viaje universal
26/7 Tuwik, la guerrera y Bocón el dragón
28/7 Caquita & Alfalfa
30/7 De magia en magia
01/8 Todo lo que trae un tren
03/8 Al Rock con leche
23/7 Todo lo que trae un tren
25/7 Tuwik, la guerrera y Bocón el dragón
27/7 Caquita y Alfalfa
29/7 El Show del Yasomago
31/7 De magia en magia
02/8 A puro cuento
23/7 Tuwik, la guerrera y Bocón el dragón
25/7 A puro cuento
27/7 De magia en magia
29/7 Todo lo que trae un tren
31/7 Show del Yasomago
02/8 Armonium y el viaje universal
(Made in China)
27/7 Yo quiero la luna
31/7 Títeres de Juan Panero
03/8 El vendedor de globos
Que de acuerdo con las facultades legales la Sociedad General de Autores de la Argentina – ARGENTORES – comunica que está autorizado en virtud del art. 36 de la Ley 11.723, de la Ley 20.115 y art. 4° inciso a) del Decreto 461/73, a representar las obras de referencia, debiéndose abonar en concepto de derechos económicos de autor el arancel determinado por analogía de pesos quinientos cuarenta ($ 540) por función y por obra.
Que la condición de “usuario” que determina la responsabilidad del pago de aranceles y en virtud de las atribuciones que en todo el territorio nacional le asigna en el art. 1° de la Ley 20.115/73, comprende no solo al organizador del espectáculo, sino también a la empresa “de sala” o “de paredes”, toda vez que dicha empresa no pueda ignorar que al liberar al público dicho recinto, es ocasión ineludible del uso de repertorio que administra esa sociedad, obras nacionales o extranjeras y por lo tanto está a cargo del organizador asegurar que dicho uso no contravenga las normas penales.
Que por lo expuesto resulta necesario proceder a la convalidación de la contratación de ARGENTORES para el abono de Derechos de Autor.
Que a fojas 3 del Expediente Municipal nº 8662 Dígito 2 Año 2019, cuerpo 1 obra el presupuesto remitido por la mencionada entidad recaudadora.
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1º: Convalídase la contratación directa en el marco de lo normado por el inciso 1 art. nº 156 de la LOM y autorízase el pago de Derechos de Autor por un monto de pesos trece mil quinientos ($ 13.500.-), correspondientes a la organización de espectáculos infantiles de acceso libre y gratuito para toda la familia desarrollados en el Centro Cultural de la Cooperativa de Batán y en los Polideportivos Libertad, Las Heras y Colinas, durante las vacaciones de invierno del corriente año, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2º: El egreso que demande lo dispuesto en el artículo precedente deberá imputarse a: Fin.Fun 3-2-0 Programa 57-00-00 Inc.3 P.P 8 P.p 3 P.Sp. 0 F.Fin 1-1-0 Institucional 1-1-1-01-11-000 UER 13 Monto $ 13.500.-
ARTÍCULO 3º: El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Economía y Hacienda y de Cultura.
ARTÍCULO 4°: Regístrese, comuníquese e intervengan la Secretaría de Economía y Hacienda y la Secretaría de Cultura.
RABE MOURELLE ARROYO