Boletines/General Pueyrredon
Decreto Nº 210-260
General Pueyrredon, 18/08/2019
Visto
Corresponde a los Decretos de Honorable Concejo Deliberante desde el D-210 al 260
con fechas desde el 18-8-19 al 18-09-19
el Presidente del Honorable Concejo Deliberante
DECRETA
Decreto nº 210
Mar del Plata, 18 de julio de 2019
Visto el expediente 1821-CJA-2019, y
CONSIDERANDO:
Que por el mismo el Concejal Guillermo Volponi solicita licencia por el día 18 de julio del corriente.
Que de acuerdo a la nómina de Concejales electos en los comicios llevados a cabo el 22 de octubre de 2017, remitida por la Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires, corresponde incorporar a la Concejal Suplente María Florencia Matilde Ranellucci.
Que asimismo, la Concejal Suplente María Florencia Matilde Ranellucci renuncia a su dieta, conforme lo contempla el artículo 92º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, por el día 18 de julio del corriente.
Por todo ello y ad referéndum del H. Cuerpo, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
D E C R E T A
Artículo 1º: Concédese licencia al Sr. Concejal GUILLERMO VOLPONI - Legajo nº 32.656/2, por el día 18 de julio de 2019.
Artículo 2º: Incorpórase a la Concejal Suplente Sra. MARIA FLORENCIA MATILDE RANELLUCCI – D.N.I.: 31.387.750 – CUIL 27-31387750-2 - Legajo nº 33.892/9 en reemplazo del Concejal Volponi el día 18 de julio de 2019.
Artículo 3º: Acéptase la renuncia a la dieta como concejal, presentada por la Concejal Suplente María Florencia Matilde Ranellucci por el día 18 de julio de 2019, conforme lo contempla el artículo 92º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Artículo 4º: El presente se dicta ad-referéndum del Honorable Concejo Deliberante.
Artículo 5º: Comuníquese, etc.-
sa
Decreto nº 211
Mar del Plata, 17 de julio de 2019
Visto la nota presentada por el Bloque de Concejales de Agrupación Atlántica, dando cuenta de las modificaciones producidas en la planta de personal, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
D E C R E T A
Artículo 1º: Dase de baja a partir del día 1º de julio de 2019, al Señor LALLERA, LAUTARO CATRIEL – Legajo nº 34.440/1, Auxiliar Técnico III, en el Bloque de Concejales de Agrupación Atlántica.
Artículo 2º: Desígnase a partir del día 1º de julio de 2019, a la Señora BIRGÉ, LIANA RAQUEL – DNI 17.252.683 – CUIL 27-17252683-2 – Legajo nº 34.647/1, como Auxiliar Técnico III, en el Bloque de Concejales de Agrupación Atlántica.
Artículo 3º: Se deja expresamente establecido que la persona designada en el artículo precedente se encuentra excluida del régimen establecido en la Ley 14.656 - Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires Art. 67º inc. b).
Artículo 4º: El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: U.E. 07-00-0-0-0-00 – Institucional 1-1-1-02-00-000 – Programático 51-02-00 – Fte. Fin. 110 - Fin.y Func.1-1-0- UER. 11 – Inc. 1 – P.P. 2 – P.p. 1 – P.Sp.3.
Artículo 5º: Notifíquese a las personas mencionadas en los artículos precedentes, comuníquese a las dependencias correspondientes, etc.-
sa
Decreto nº 212
Mar del Plata, 18 de julio de 2019
Visto el expediente 1823-CJA-2019, y
CONSIDERANDO:
Que por el mismo la Concejal Vilma Rosana Baragiola solicita licencia por el día 18 de julio del corriente.
Que de acuerdo a la nómina de Concejales electos en los comicios llevados a cabo el 22 de octubre de 2017, remitida por la Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires, corresponde que asuma en primer término la Concejal María Florencia Matilde Ranellucci, quien se encuentra cumpliendo funciones como Concejal Suplente, el día de la fecha; continuando con el orden de la nómina, el siguiente Concejal Suplente Juan Ignacio Tonto, quien se ha excusado, por lo cual corresponde incorporar a la Concejal Suplente María Cecilia Martínez.
Por todo ello y ad referéndum del H. Cuerpo, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
D E C R E T A
Artículo 1º: Concédese licencia a la Sra. Concejal VILMA ROSANA BARAGIOLA - Legajo nº 18.555/4, por el día 18 de julio de 2019.
Artículo 2º: Incorpórase a la Sra. Concejal Suplente MARIA CECILIA MARTINEZ – D.N.I.: 31.264.330 – CUIL 27-31264330-3 - Legajo nº 27.047/7 en reemplazo de la Concejal Baragiola por el día 18 de julio de 2019. Déjase establecido que a la Sra. Martínez se le da de baja como Secretario de Concejal, retomando dicho cargo a partir del día 19 de julio de 2019, cuando finalice sus funciones como Concejal.
Artículo 3º: El presente se dicta ad-referéndum del Honorable Concejo Deliberante.
Artículo 4º: Comuníquese, etc.-
sa
Decreto nº 213
Mar del Plata, 18 de julio de 2019
Visto el expediente 1824-CJA-2019, y
CONSIDERANDO:
Que por el mismo el Concejal Mauricio Sebastián Loria solicita licencia por el día 18 de julio del corriente.
Que de acuerdo a la nómina de Concejales electos en los comicios llevados a cabo el 22 de octubre de 2017, remitida por la Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires, corresponde incorporar al Concejal Suplente Fernando Javier Navarra.
Que asimismo, el Concejal Suplente Fernando Javier Navarra renuncia a su dieta, conforme lo contempla el artículo 92º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, por el día 18 de julio del corriente.
Por todo ello y ad referéndum del H. Cuerpo, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
D E C R E T A
Artículo 1º: Concédese licencia al Sr. Concejal MAURICIO SEBASTIAN LORIA - Legajo nº 32.628/2, por el día 18 de julio de 2019.
Artículo 2º: Incorpórase al Concejal Suplente Sr. FERNANDO JAVIER NAVARRA – D.N.I.: 22.341.479 – CUIL 20-22341479-7 - Legajo nº 30.916/3 en reemplazo del Concejal Loria el día 18 de julio de 2019.
Artículo 3º: Acéptase la renuncia a la dieta como concejal, presentada por el Concejal Suplente Fernando Javier Navarra por el día 18 de julio de 2019, conforme lo contempla el artículo 92º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Artículo 4º: El presente se dicta ad-referéndum del Honorable Concejo Deliberante.
Artículo 5º: Comuníquese, etc.-
sa
Decreto nº 214
Mar del Plata, 18 de julio de 2019.
VISTO:
El expediente nº 1817-CJA-2019 que propicia declarar de interés de este H. Cuerpo la presentación del libro “Vida” de la Diputada Nacional Elisa Carrió; y
CONSIDERANDO:
Que la presentación del libro “Vida” se llevará a cabo en el Torreón del Monje, donde la Diputada Nacional expondrá detalles de la publicación, que reúne algunas de sus vivencias políticas y personales más íntimas.
Que en “Vida” realiza un recorrido por su experiencia como legisladora, además de analizar distintos momentos políticos de la Argentina, incluyendo fragmentos de su vida personal, con detalles de su crianza, casamiento y separación, como así también; su acercamiento a la Iglesia Católica, su cuerpo y sus padres.
Que la obra cuenta 408 páginas, sorprende por la reflexión, autorreflexión y su mirada compasiva, e incluso afectiva, con quienes fueron estrechos aliados, como Raúl Alfonsín o Fernando de la Rúa; o hacia sus rivales, como Cristina Fernández de Kirchner.
Que narra la relevancia que tuvo su padre durante su infancia en el Chaco, las muertes en su familia, sus hábitos y otros aspectos de su vida personal. Es central el relato íntimo de su conversión religiosa, por primera vez contado con detalles.
Que con humor y optimismo, anticipa sus proyectos para cuando se retire del servicio público: continuar con la defensa de la República, volver a ejercer la abogacía y lanzar una marca de ropa.
Que varios señores concejales han prestado acuerdo para el dictado del presente acto administrativo.
Por ello y ad referéndum del H. Cuerpo, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DECRETA
Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon declara de su interés la presentación del libro “Vida” de la Diputada Nacional Elisa Carrió, que se llevará a cabo el día 19 de julio de 2019 en la ciudad de Mar del Plata.
Artículo 2º.- Entréguese copia a la Sra. Elisa Carrió.
Artículo 3º.- El presente decreto se dicta ad referéndum del H. Concejo Deliberante.
Artículo 4º.- Comuníquese, etc.-
Decreto nº 215
Mar del Plata, 18 de julio de 2019.
VISTO:
El expediente 1822-U-2019 por el que se propicia declarar de interés del H. Cuerpo el 93º aniversario de la fundación del Club Atlético River Plate de la ciudad de Mar del Plata; y
CONSIDERANDO:
Que fue fundado el 18 de julio de 1926 por un grupo de vecinos de la zona de Alberti y Neuquén, realizándose la firma del acta de fundación en el comercio del Sr. Tufi Abraham.
Que sus primeros pasos fueron bajo el nombre de Sportivo Moral y predominaba el fútbol como principal actividad con un equipo representativo de la firma comercial «Casa Muñoz». Ambas entidades se fusionan para conformar el Club Atlético River Plate.
Que un hito de relevancia en la historia de la entidad fue la adquisición de la propiedad ubicada en la calle Bolívar al 4.600 donde funcionó, hasta la compra del predio de 26.000 metros cuadrados en Avenida Juan B. Justo y Teodoro Bronzini, donde se encuentra actualmente su sede social y campo deportivo.
Que cuenta con canchas de fútbol, dos de césped sintético, dos canchas de tenis y un polideportivo cubierto llamado «Juan Carnevali» donde se realizan las actividades de hockey, futsal, patín artístico, fútbol infantil y roller derby.
Que la expansión de los últimos años lo ha llevado a la construcción de dormis para la concentración donde se hospedan diferentes delegaciones, además de un salón de fiestas, un café, un salón de usos múltiples y el sector de avanzado equipamiento donde funciona la escuela de taekwondo y artes marciales, más gimnasio de sobrecarga.
Que en la actualidad, el Club Atlético River Plate recibe a unos 800 chicos que pasan a diario por la institución para practicar distintas disciplinas deportivas.
Que el actual presidente Alejandro Yapuncic junto a la Comisión Directiva, se encuentran abocados al acercamiento del Club a la juventud y a toda la comunidad.
Que varios señores concejales han prestado acuerdo para el dictado del presente acto administrativo.
Por ello y ad referéndum del H. Cuerpo, EL PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DECRETA
Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon declara de su interés el 93º aniversario de la fundación del Club Atlético River Plate, entidad de referencia en la comunidad marplatense que desarrolla una importante labor social.
Artículo 2º.- Entréguese copia a las autoridades del Club Atlético River Plate, en el acto a realizarse en la sede de la institución el día 18 de julio de 2019.
Artículo 3º.- El presente Decreto se dicta ad referéndum del H. Cuerpo.
Artículo 4º.- Comuníquese, etc.-
Decreto nº 216
Mar del Plata, 22 de julio de 2019
VISTO el expediente 1833-D-19 del Honorable Concejo Deliberante, y
CONSIDERANDO:
Que por las citadas actuaciones se tramita la autorización a la firma LBMA para la utilización de dos espacios de dominio público en Plaza Colón y Plaza San Martín.
Que varios señores concejales han prestado acuerdo para el dictado del presente acto administrativo.
Por ello y ad referéndum del H. Cuerpo, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DECRETA
Artículo 1°.- Autorízase a la firma LBMA S.R.L. a ocupar dos (2) espacios de dominio público con la finalidad de llevar adelante una acción promocional consistente en la realización de juegos lúdicos y entrega de merchandising para la marca Movistar, en el marco de la campaña denominada “MOVISTAR ITINERANTE” en los lugares, días, horarios y con los elementos que a continuación se detallan:
a) Plaza Colón (calle Arenales esquina Av. Colón – sobre esta última hacia la proyección de la calle Tucumán – sobre la vereda de los números impares): desde el día 22/07/19 al 24/07/19 – 14/10/19 al 19/10/19 y 2/12/19 al 7/12/19 - de 10 a 18 horas, un (1) trailer marca Iveco Daily, dominio AD 611 GB, de 6 mts. de largo por 2,20 mts. de ancho con gráfica, una (1) alfombra de césped artificial de 3,80 mts. de largo por 1,90 mts. de ancho, cuatro (4) sombrillas, dos (2) mesas, dos (2) tótems de 1 mt. de ancho por 1,80 mts. de alto c/u, dos (2) M corpóreas de 1,20 mts. de alto c/u y cuatro (4) fly banners de 2,50 mts. de alto c/u.
b) Plaza San Martín (calle San Luis esquina 25 de Mayo – sobre esta última hacia la proyección de la calle Mitre, sobre la vereda de los números pares): desde el día 25/07/19 al 27/07/19 – 11/11/19 al 16/11/19 – de 10 a 18 horas, un (1) trailer marca Iveco Daily, dominio AD 611 GB, de 6 mts. de largo por 2,20 mts. de ancho con gráfica, una (1) alfombra de césped artificial de 3,80 mts. de largo por 1,90 mts. de ancho, cuatro (4) sombrillas, dos (2) mesas, dos (2) tótems de 1 mt. de ancho por 1,80 mts. de alto c/u, dos (2) M corpóreas de 1,20 mts. de alto c/u y cuatro (4) fly banners de 2,50 mts. de alto c/u.
Artículo 2°.- La permisionaria abonará la totalidad de los gravámenes municipales en concepto de publicidad y ocupación de espacios públicos que devengan de la acción autorizada en el artículo 1°, contenidos en las Ordenanzas Fiscal e Impositiva vigentes.
Artículo 3°.- Prohíbese la comercialización de todo tipo de objetos y/o mercadería, como así también todo tipo de publicidad y propaganda, excepto la de carácter institucional, previa aprobación del Departamento Ejecutivo.
Artículo 4°.- La firma autorizada procederá a la contratación de un seguro de Responsabilidad Civil con Cláusula de no Repetición a favor del municipio, manteniéndola indemne por cualquier concepto que se produzca a un tercero como consecuencia del desarrollo de la actividad autorizada o al mismo municipio por daños y perjuicios que eventualmente se pudieran producir en razón de la realización y puesta en marcha de la actividad atento a la responsabilidad civil que surja de los artículos 1708° al 1780° del Código Civil y Comercial de la Nación incluyendo también gastos, honorarios y costas al demandante.
Artículo 5°.- El Departamento de Publicidad, dependiente de la Dirección General de Inspección General, fiscalizará el desarrollo de las actividades autorizadas y sus condiciones las cuales son susceptibles de modificaciones ante razón fundada por quejas de vecinos o por decisión del Departamento Ejecutivo sin reclamo alguno.
Artículo 6º.- Déjase establecido que queda prohibido la utilización de repertorio musical en cualquiera de sus formas.
Artículo 7°.- La permisionaria deberá garantizar el libre tránsito peatonal y/o vehicular en los lugares donde se encuentren instaladas las estructuras utilizadas para el desarrollo de la actividad autorizada como así también la libre circulación y acceso a toda persona con discapacidad.
Artículo 8º.- En caso de ser necesaria la provisión de energía eléctrica la permisionaria deberá requerirla ante la empresa prestadora del servicio.
Artículo 9°.- La totalidad de los elementos utilizados para la concreción de las acciones publicitarias autorizadas en la presente deberán ser retirados inmediatamente después de finalizada las mismas liberando los espacios públicos cedidos, dejando el mismo en las condiciones anteriores a la acción desarrollada.
Artículo 10°.- El presente se dicta ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante.
Artículo 11°.- Comuníquese, etc.-
Decreto nº 217
Mar del Plata, 23 de julio de 2019
Visto el cronograma de Sesiones Públicas Ordinarias aprobado en la Sesión Preparatoria llevada a cabo el día 1º de marzo próximo pasado, y
CONSIDERANDO
Que de acuerdo al mismo, las fechas de realización de la 10ma y 11va Sesiones Ordinarias, corresponderían llevarse a cabo los días 25 de julio y 8 de agosto del corriente, respectivamente.
Que varios Señores Concejales, han resuelto autorizar el dictado del presente.
Por lo expuesto, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DECRETA
Artículo 1º: Modifícanse las fechas de realización de la 10ma y 11va Sesiones Públicas Ordinarias del Período 104º, las que se llevarán a cabo los días 15 y 29 de agosto de 2019 a las 10:00 horas, respectivamente.
Artículo 2º: Comuníquese, etc.
pad
Decreto n° 218
Mar del Plata, 26 de julio de 2019
VISTO:
Que el día 29 de julio del corriente se realizará la inauguración del Archivo de la Memoria Trans en la sede del Instituto Movilizador de Fondos Cooperativos; y
CONSIDERANDO:
Que el Archivo busca visibilizar cuerpos invisibilizados, rescatar testimonios que nadie escuchó. En los `80, en plena democracia en Argentina, se fusilaban travestis en la Panamericana; eso no se supo, o se supo y no importó.
Que en el año 2012 se sancionó la Ley de Identidad de Género n° 26.743. Este marco regulatorio coloca a la Argentina a la vanguardia de los Derechos Humanos en lo que respecta a temas de Diversidad Sexual y marca un antecedente en el ejercicio pleno de la ciudadanía política de las personas trans. Esta ley cuenta con una particularidad que la vuelve única en el mundo: despatologiza y desjudicializa la identidad trans y garantiza derechos humanos básicos.
Que en ese marco de vulneración de derechos y frente a una iniciativa autogestionada por la propia comunidad trans, surge la iniciativa del Archivo de la Memoria Trans (AMT) creado en 2012 con el objetivo de construir, proteger y reivindicar la memoria trans a través de la digitalización de fotografías y la conservación de piezas audiovisuales, objetos, recortes periodísticos y legajos policiales.
Que pese a los marcos regulatorios, la reparación histórica con el colectivo trans es aún una de las mayores deudas de la democracia. Algunos datos significativos dan cuenta de ello: una gran mayoría de la población trans que reside en Argentina no supera los 35-40 años de vida, casi el 95% en edad de emplearse no puede acceder a un trabajo formal, los niveles de abandono de la escolaridad son muy altos y la mayoría de las veces el ejercicio de la prostitución es la única fuente de ingresos.
Que “El Archivo de la Memoria Trans es la reconstrucción de las memorias, vivencias y pasado de las sobrevivientes que están exiliadas y de las pocas que quedan en la Argentina” sostiene María Belén Correa, su Directora.
Que el nacimiento del AMT es a partir de la muerte de Claudia Pía Baudraco. “Estamos hablando de una caja de fotos invaluable porque ella tenía una particularidad: robaba fotos a sus compañeras y las almacenaba en esa caja. Juntas teníamos el proyecto de juntar y unir a las sobrevivientes que estaban dispersas por distintas partes del mundo, ya que para las exiliadas de los `70, `80 y también de los `90 el exilio era una forma de sobrevivir de lo que estaba pasando en Argentina con los edictos policiales y la persecución. El Archivo de la Memoria Trans se genera a partir de un grupo ultra cerrado de Facebook (…) El proceso fue encontrarlas, convencerlas de que hablen y después, esos objetos que tenían guardados y ocultos, volverlos a poner a la luz” - María Belén Correa, Directora de AMT.
Que la iniciativa de AMT no cuenta con el apoyo económico de ningún área del Estado, los aportes recibidos fueron iniciativas de personas particulares y de algunos colectivos autogestionados que trabajan por los derechos del colectivo LGBTTTIQ. Esto genera ciertas dificultades para montar las muestras o lograr su itinerancia, como se había propuesto en un principio. Aunque también marca una particularidad: no es el Estado como agente, el encargado de intervenir en el proceso de reconstrucción de la narrativa identitaria de la comunidad trans, sino que son las propias protagonistas las que llevan adelante este proceso.
Que el AMT está conformado por más de 5000 fotografías y, según estimaciones, existen alrededor de 4000 imágenes más por digitalizar. La dirección del Proyecto está a cargo de María Belén Correa, fundadora de ATTTA -Asociación de Travestis, Transexuales y Transgénero de Argentina. El área de investigación está coordinado por Ivana Bordei, la digitalización está coordinada por Carmen Marcial y Carlos Ibarra y la fotógrafa Cecilia Estalles está a cargo de la dirección artística.
Que la primera muestra que organizó el AMT fue en el año 2014 en la sede de la FAGBT “La construcción de una Líder”, que presentaba una retrospectiva de la vida de la activista Claudia Pía Baudracco con fotos, cartas y objetos que había heredado su entrañable amiga María Belén. Para el año 2015 ya instalada la necesidad de reconstruir colectivamente una memoria trans, se lleva adelante “En Busca de la Libertad: Exilio y Carnaval”.
Que en esta exposición se mostraron objetos vinculados a los carnavales, como los vestidos de Cris Miró y Victoria de Minchilli, el pasaporte de María Belén en el que está asentada su condición de asilada política en Estados Unidos, luego de su partida de Argentina tras la creciente represión policial en 2001. Además se expusieron más de 100 fotos que retratan exilio y carnaval, dos espacios que en distintos sentidos fueron claves para la supervivencia trans. Y por último, testimonios recogidos en el grupo de Facebook.
Que la tercer muestra “Ésta se fue, a ésta la mataron, ésta murió”, instalada en el Centro Cultural de la Memoria “Haroldo Conti” ofrece objetos personales, desde boletos de avión con destino a distintos países de Europa, tarjetas telefónicas de larga distancia, collares, pulseras y aros, paquetes de cigarrillos, postales dirigidas a sus compañeras o familiares, cartas –muchas veces redactadas desde el exilio, otras desde penales donde pasaban varios días de sus vidas- fotografías tomadas por las protagonistas y relatos orales en primera persona de las sobrevivientes.
Que la inauguración de la muestra tiene lugar en el marco de la realización del XIV Jornadas Nacionales de Historia de las Mujeres y IX Congreso Iberoamericano de Estudios de Género: Intersecciones. Feminismos, teoría y debates políticos, que se llevará a cabo entre los días 29 de julio y 1 de agosto de 2019 en la sede del Complejo Universitario “Manuel Belgrano” de la ciudad de Mar del Plata.
Que varios señores concejales han prestado acuerdo para el dictado del presente acto administrativo.
Por ello y ad referéndum del H. Cuerpo, EL PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DECRETA
Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon declara de su interés el “Archivo de la Memoria Trans” que se presentará el día 29 de julio de 2019 en la sede del Instituto Movilizador de Fondos Cooperativos, en el marco de la realización de las XIV Jornadas Nacionales de Historia de las Mujeres y IX Congreso Iberoamericano de Estudios de Género: Intersecciones. Feminismos, teoría y debates políticos.
Artículo 2º.- El presente Decreto se dicta ad referéndum del H. Cuerpo.
Artículo 3º.- Comuníquese, etc.-
Decreto nº 219
Mar del Plata, 29 de julio de 2019.
VISTO:
La creación, apertura formal e inicio del ciclo académico de la primera Universidad Popular de los Trabajadores y Trabajadoras de Mar del Plata y Zona Atlántica el día 31 de julio de 2019; y
CONSIDERANDO:
Que ésta se crea en el marco del Programa de Universidades Populares de la Secretaría de Extensión de la Universidad Nacional de Mar del Plata, mediante ordenanza de Consejo Superior 562/19 y tiene como finalidad principal poner en valor la valiosa experiencia de la figura de las universidades populares, instituciones de larga historia y recorrido en el mundo y también en nuestro país.
Que las Universidades Populares representan una estrategia participativa de formación, que aglutina a organizaciones sociales, clubes, bibliotecas populares, asociaciones culturales y sindicales. Las mismas tienen como objetivo unificar y socializar el conocimiento permitiendo el acceso de toda la comunidad a la educación, formación de capacidades y bienes culturales.
Que las Universidades Populares colaboran con las universidades tradicionales en el diálogo de saberes, pero centran sus esfuerzos en la formación de los sectores sociales que a lo largo de la historia no han accedido a las mismas, así como en la formación para el empleo con propuestas de formación de corta duración y dirigidas por equipos docentes fuertemente ancladas en la educación popular emancipadora.
Que la historia de estas instituciones tiene un largo recorrido en los países nórdicos desde finales del siglo XIX y extendida a Alemania, España e Inglaterra a principios del XX. En algunos casos surgidas como proyectos educativos en el seno de la comunidad organizada y en otros nacidas desde la extensión universitaria bajo la forma de cursos y conferencias que luego se constituyeron como Universidades Populares.
Que en América Latina este proyecto arribó junto a los inmigrantes que habían transitado por estas experiencias en sus lugares de origen. En Córdoba, con la reforma universitaria, se sintetiza la expresión de la unidad obrero estudiantil, seguida de otras manifestaciones surgidas en Perú, Guatemala, Chile y Cuba.
Que en nuestro país las primeras Universidades Populares surgieron en la ciudad de Buenos Aires fundadas por el Partido Socialista, a las que siguieron otras como la creada por Nicanor Sarmiento y más tarde, la llamada Universidad Popular de Mujeres fundada por Bernardo de Irigoyen.
Que entre las vigentes en la actualidad, se encuentran la Universidad Popular de Resistencia, la Universidad Popular La Alborada y Alejandro Korn así como la Universidad Popular de Belgrano.
Que la Universidad Nacional de Mar del Plata define a las universidades populares como casas de estudios no formales con capacidad de gestionar y dictar cursos, talleres, capacitaciones con certificación de los saberes adquiridos, orientando su trabajo con toda la población, con especial atención a centralizar como destinatarios principales a personas, colectivos y grupos vulnerados con menores posibilidades de acceso a la educación, la cultura y a la formación laboral. Recursos necesarios para el desarrollo de un proyecto vital y social.
Que consecuentemente, las Universidades Populares se sostienen con el objetivo de promover la participación social, el acceso a la educación, la formación y la cultura en pos de mejorar la calidad de vida de las personas y de la comunidad en condiciones dignas.
Que de acuerdo a las normas vigentes, se ha firmado el acta de adhesión y convenios específicos correspondientes entre la Universidad Nacional de Mar del Plata y el Sindicato de Empleados de Comercio de Mar del Plata y Zona Atlántica a los efectos que la Universidad, como institución educativa oficial, certifique las constancias de los distintos cursos y seminarios que se realicen con su participación directa, garantizando la calidad académica de los mismos.
Que a partir de la inauguración de la Universidad Popular de los Trabajadores y Trabajadoras de Mar del Plata y Zona Atlántica, el Sindicato de Empleados de Comercio de Mar del Plata y Zona Atlántica, completa un círculo virtuoso en favor de los vecinos: desde los planes de alfabetización; cursos; capacitaciones profesionales; Plan Fines; secundario y centro de formación profesional, al incorporar una herramienta de capacitación permanente dando un salto de calidad, que no hace más que reflejar el compromiso para con sus afiliados en particular y la población en general.
Que a partir del funcionamiento de la Universidad Popular, el Sindicato de Empleados de Comercio de Mar del Plata y Zona Atlántica reafirma su compromiso social, pone a disposición de la comunidad un conjunto de conocimientos y experiencias, haciendo énfasis en el acceso a la educación como derecho humano, promoviendo y garantizando la democratización e inclusión educativa en el acceso al conocimiento.
Que varios señores concejales han prestado su acuerdo para el dictado del presente acto administrativo.
Por ello y ad referéndum del H. Cuerpo, EL PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DECRETA
Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon declara de su interés la creación de la “Universidad Popular de los Trabajadores y Trabajadoras de Mar del Plata y Zona Atlántica”, a iniciativa del Sindicato de Empleados de Comercio de Mar del Plata y Zona Atlántica, con sede en el mismo.
Artículo 2º.- Entréguese copia al Rector de la Universidad Nacional de Mar del Plata, CP Alfredo R. Lazzeretti, al Secretario General del Sindicato de Empleados de Comercio de Mar del Plata y Zona Atlántica, Sr. Guillermo Bianchi y al Director de la Universidad Popular de los Trabajadores y Trabajadoras de Mar del Plata y Zona Atlántica, Dr. Pablo Eduardo Slavin.
Artículo 3º.- El presente Decreto se dicta ad referéndum del H. Cuerpo.
Artículo 4º.- Comuníquese, etc.-
Decreto nº 220
Mar del Plata, 30 de julio de 2019
Visto la nota presentada por la Concejal Angélica Haydée González, dando cuenta de las modificaciones producidas en la planta de personal, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
D E C R E T A
Artículo 1º: Dase de baja a partir del día 1º de agosto de 2019, al Señor CEROLINI, ENZO - DNI 34.779.164 – CUIL 20-34779164-5 - Legajo nº 33.741/1, como Auxiliar Técnico II, a cargo de la Concejal Angélica Haydée González.
Artículo 2º: Modifícase a partir del día 1º de agosto de 2019, las escalas remunerativas asignadas a las personas que a continuación se detallan, a cargo de la Concejal Angélica Haydée González:
Artículo 3º: El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: U.E. 07-00-0-0-0-00 – Institucional 1-1-1-02-00-000 – Programático 51-02-00 – Fte. Fin. 110 - Fin.y Func.1-1-0- UER. 11 – Inc. 1 – P.P. 2 – P.p. 1 – P.Sp.3.
Artículo 4º: Notifíquese a las personas mencionadas en los artículos precedentes, comuníquese a las dependencias correspondientes, etc.-
sa
Decreto nº 221
Mar del Plata, 31 de julio de 2019
VISTO:
El lanzamiento de la Campaña “Un día sin descartables” organizada por el Foro Costero Ambiental, y
CONSIDERANDO:
Que el cuidado del medio ambiente es responsabilidad de todos al igual que generar políticas que permitan su protección para las generaciones venideras.
Que el Foro Costero Ambiental reúne a más de 20 organizaciones ambientales locales, provinciales, nacionales e internacionales.
Que han manifestado la voluntad de trabajar mancomunadamente en acciones que sean de provecho para el medio ambiente de Mar del Plata y Batán.
Que el objetivo es poner el foco sobre las conductas de consumo y descarte irresponsable que son prácticas habituales en la comunidad e informar sobre el impacto que tienen en las especies, en su medio ambiente y en nuestras vidas.
Que el mismo sugiere una nueva conducta responsable y comprometida con nuestro entorno y nuestra comunidad.
Que Argentina está entre los 30 países que más basura plástica tiran al mar y Mar del Plata no se encuentra ajena a dicha problemática ya que cuenta con una amplia franja costera siendo uno de sus principales recursos turísticos, además de productivos, ya que creció gracias al turismo y la pesca hasta alcanzar la ciudad que hoy es.
Que a los sorbetes se le suman los vasos descartables y las bolsas de polipropileno entre los objetos más encontrados en las playas de Mar del Plata y que mundialmente se repite esta tendencia lo que genera que el océano reciba más de 8.000.000 de toneladas de plástico por año.
Que necesitamos tomar conciencia de la problemática, disminuir el consumo de plásticos -especialmente los de un solo uso- y separar los residuos.
Que el Partido de General Pueyrredon cuenta con la Ordenanza 24.115 la cual crea un Programa para la reducción y prohibición de la utilización de sorbetes y vasos de plástico o similares por parte de comercios que operen dentro del Partido.
Que dicha Ordenanza crea el Programa Municipal de Difusión y tiene como objetivo difundir campañas de educación, información y concientización, mencionando el impacto negativo que tiene la utilización de sorbetes y vasos para nuestro medio ambiente.
Que de igual manera este municipio cuenta con el Decreto 853/19 por el que se prohíbe el uso de sorbetes, vasos y cubiertos plásticos en todo el sector costero.
Que millones de personas han realizado y realizan limpiezas en todo el mundo para concientizar sobre la problemática.
Que la presente iniciativa cuenta con despacho favorable de la Comisión de Educación y Cultura.
Que varios señores concejales han prestado acuerdo para el dictado del presente acto administrativo.
Por ello y ad referéndum del H, Cuerpo, EL PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DECRETA
Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon declara de su interés la Campaña “Un día sin descartables” organizada por el Foro Costero Ambiental.
Artículo 2º.- Autorizase a la Fundación Greenpeace Argentina, en el marco de la Campaña mencionada en el artículo anterior, a la utilización de dos (2) espacios públicos y a la realización de actividades de concientización sobre el uso de plásticos, los últimos viernes de cada mes durante el año 2019 en las ubicaciones y con los elementos que a continuación se detallan:
a) Peatonal San Martín entre San Luis y Mitre: una mesa, tres sillas, un banner de recepción y un gazebo - total 10 m².
b) Plaza del Agua, en la esquina de las calles Güemes y San Lorenzo: stand y sillas - total 10 m².
Artículo 3º.- La permisionaria queda exenta del pago de todo gravamen municipal que devenga de la acción autorizada en el artículo 2° conforme lo establecido en las Ordenanzas Fiscal e Impositiva.
Artículo 4º.- La entidad autorizada deberá contratar, previo al inicio de la actividad, los seguros pertinentes manteniendo indemne a la Municipalidad por cualquier concepto que se produzca a un tercero como consecuencia del desarrollo de la actividad autorizada o al mismo municipio por daños y perjuicios que eventualmente se pudieran producir en razón de la realización y puesta en marcha de la actividad atento a la responsabilidad civil que surja de los artículos 1708° al 1780° del Código Civil y Comercial de la Nación incluyendo también gastos, honorarios y costas al demandante.
Artículo 5º.- El Departamento de Seguridad Industrial y Comercial dependiente de la Dirección General de Inspección General fiscalizará el emplazamiento y desarrollo de las actividades y sus condiciones las cuales son susceptibles de modificaciones ante razón fundada por quejas de vecinos o por decisión del Departamento Ejecutivo sin lugar a reclamo alguno.
Artículo 6º.- Déjase establecido que en el caso de utilizar repertorio musical deberán abonarse, previa iniciación de las actividades, las contribuciones correspondientes a las asociaciones, sindicatos o entidades gremiales que agrupen a músicos, autores, compositores, intérpretes, coreógrafos o cualquier otra que pudiera corresponder (ARGENTORES, Variedades, S.A.D.A.I.C., A.A.D.I.C.A.P.I.F., etc.). El Departamento Ejecutivo verificará el estricto cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo y en el Decreto nº 1638/00.
Artículo 7º.- En caso de ser necesario la permisionaria autorizada deberá gestionar ante EDEA la provisión de suministro eléctrico.
Artículo 8º.- Queda terminantemente prohibido la comercialización de todo tipo de objetos y/o mercadería, estén relacionados o no con la actividad autorizada.
Artículo 9º.- Lo utilizado para la concreción de las actividades enunciadas deberán ser retirados inmediatamente después de terminada la acción, liberando la ocupación de los espacios públicos y reintegrándolos en las mismas condiciones en que fuera recibido.
Artículo 10º.- El presente se dicta ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante.
Artículo 11º.- Comuníquese, etc.-
Decreto nº 222
Mar del Plata, 31 de julio de 2019.-
Visto el Expediente 1712-D-19 iniciado ante este H. Cuerpo por el Departamento Ejecutivo y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se propicia la autorización a la firma Campo y Faena S.A. para afectar con el uso “Frigorífico, Depostadero, Cámara de Frío y Congelado para uso propio y de terceros, Matadero elaboración y venta mayorista de chacinados, chorizos frescos, hamburguesas y salchichas, morcillas cocidas - Cámara depósito de aves, huevos y productos de granja” al inmueble ubicado en la Autovía 2 km 387.
Que varios señores concejales han prestado acuerdo para el dictado del presente acto administrativo.
Por ello y ad referéndum del H. Cuerpo, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE:
DECRETA
Artículo 1º.- Autorízase, con carácter precario a la firma “Campo y Faena S.A.” a afectar con el uso “FRIGORÍFICO, DEPOSTADERO, CÁMARA DE FRÍO Y CONGELADO PARA USO PROPIO Y DE TERCEROS, MATADERO ELABORACIÓN Y VENTA MAYORISTA DE CHACINADOS, CHORIZOS FRESCOS, HAMBURGUESAS Y SALCHICHAS, MORCILLAS COCIDAS - CÁMARA DEPÓSITO DE AVES, HUEVOS Y PRODUCTOS DE GRANJA” el inmueble ubicado en la Autovía 2 Km 387, sito en el predio identificado catastralmente como: Circunscripción II, Sección T, Quinta. 28, del Partido de General Pueyrredon.
Artículo 2º.- Lo autorizado en el artículo 1º se condiciona a:
2.1.- Delimitar un sector de 250 m2 destinados a carga y descarga y otro de 125 m2 destinados a guarda y estacionamiento; de acuerdo con los artículos 5.5.1.7/2b y 5.5.2.6 del C.O.T.
2.2.- Presentar plano de obra regularizado ante la Dirección General de Obras Privadas.
2.3.- Presentar Certificado de Aptitud Ambiental (C.A.A.) vigente, a nombre del establecimiento.
2.4.- Cumplimentar con lo establecido por la Leyes Provinciales nº 6312, 11459 y 11720 y sus Decretos Reglamentarios, como así también toda otra norma nacional o provincial de competencia en la regulación de la actividad.
Artículo 3º.- Previo a su habilitación el inmueble deberá tener en perfecto estado de conservación y mantenimiento sus veredas, muros, carpinterías y demás componentes de fachada, incluidos los muros medianeros visibles desde el espacio público, si los hubiere, y dar cumplimiento a lo establecido en la Ordenanza Nº 9784, Código de Preservación Forestal, en cuanto a la forestación y reforestación de veredas, conforme lo normado por la Ordenanza Nº 14.576.
Artículo 4º.- Rigen para la presente autorización los requisitos establecidos en el Anexo I del Decreto nº 818/96, modificado por Decreto nº 2269/99.
Artículo 5º.- La autorización otorgada se mantendrá vigente siempre que el permisionario de cumplimiento, en caso de existir, a los convenios de regularización fiscal suscriptos con la Municipalidad de manera continua e ininterrumpida, hasta la total cancelación de la obligación tributaria debida, desde el momento de iniciar el trámite pertinente y aún durante todo el tiempo que conlleve la prosecución de dicho actuado administrativo.
Artículo 6º.- El presente se dicta ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante.
Artículo 7º.- Comuníquese, etc..-
Decreto nº 223
Mar del Plata, 31 de julio de 2019
Visto la renuncia presentada por el Señor SEBASTIAN ANTONIO PUGLISI, Legajo nº 22.463/5 personal de bloque político, a fin de acogerse a los beneficios jubilatorios de acuerdo a lo establecido en el artículo 24º de la Ley 9.650 (texto ordenado Decreto 600/94), y
CONSIDERANDO
Que con fecha 7 de junio del corriente el Departamento de Servicio Previsional informa que el Sr. Puglisi se encuentra en condiciones de acogerse a los beneficios jubilatorios que contempla dicha ley, solicitando la baja a esos efectos.
Que la Dirección de Liquidación y Control de Haberes informa el monto del anticipo jubilatorio, correspondiente al período trabajado en el Departamento Deliberativo.
Por ello, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
D E C R E T A
Artículo 1º: Acéptase a partir del 1º de agosto de 2019, la renuncia presentada por el Señor SEBASTIAN ANTONIO PUGLISI - Legajo nº 22.463/5 – D.N.I.: 17.282.837 al cargo de Auxiliar Administrativo II – C.F. 10-07-99-01 – personal de bloque político - Honorable Concejo Deliberante, a fin de acogerse a los beneficios jubilatorios, de acuerdo con lo establecido en el artículo 24º de la Ley 9.650 (texto ordenado Decreto 600/94).
Artículo 2º: Autorízase el pago, a partir del 1º de agosto de 2019, de la suma de PESOS QUINCE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO CON 75/100 ($ 15.745,75), a valores vigentes al mes de julio de 2019, según lo establecido en la Ley Provincial 12.950 –modificada por Ley 13.547- y lo indicado por la Dirección de Liquidación y Control de Haberes del Departamento Ejecutivo.
Artículo 3º: Déjase expresamente establecido que el importe a percibir indicado en el artículo 2º, queda supeditado a reajuste en caso de modificarse las pautas salariales a la fecha de baja.
Artículo 4º: Procédase a firmar el convenio con el beneficiario tendiente a obtener el reintegro por parte del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, de los importes que se abonen en carácter de anticipo.
Artículo 5º: Déjase expresamente establecido que la persona cuya renuncia se acepta mediante el presente decreto, percibirá el anticipo jubilatorio hasta el último período consignado por la Municipalidad, en la comunicación que enviará oportunamente el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires (Formulario 611).
Artículo 6º: El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto en el presente deberá imputarse a: Fin/Fun. 1-3-0 – Programático 01-03-00 – Inc. 6 – P.P.2 – P.p. 1– P.Sp.0 – Ap. 0 – F.Fin. 1-1-0 – U.E. 02-18-2-1-5-00– Institucional 1-1-1-01-03-000- UER. 3.
Artículo 7º: Notifíquese a la persona mencionada en los artículos anteriores, dése intervención a la Dirección de Personal e intervenga la Dirección de Control y Liquidación de Haberes.
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Decreto nº 224
Mar del Plata, 1º de agosto de 2019
VISTO el expediente 1844-D-19 del Honorable Concejo Deliberante, y
CONSIDERANDO
Que por las mencionadas actuaciones se tramita un proyecto de ordenanza por medio del cual se autoriza al Ente Municipal de Deportes y Recreación a otorgar permiso gratuito de uso del Estadio Polideportivo “Islas Malvinas” al Tiro Federal Argentino de Mar del Plata.
Que el permiso es para llevar a cabo la Final Nacional de Tiro con Arco en la Modalidad de Sala, durante los días 17, 18 y 19 de agosto de 2019.
Que el Torneo congregará a los mejores exponentes de la especialidad de la República Argentina, reuniendo a más de 200 deportistas, y que por sus características puede ser incluido dentro del programa COPA EMDER, ya que se trata de una disciplina panamericana, olímpica y federada.
Que varios señores concejales han prestado su acuerdo para la sanción del presente acto administrativo.
Por ello y ad referéndum del H. Cuerpo, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DECRETA
Artículo 1º.- Autorízase al Ente Municipal de Deportes y Recreación (EMDER) a otorgar permiso gratuito de uso del Estadio Polideportivo “Islas Malvinas”, durante los días 17, 18 y 19 de agosto de 2019 en el horario de 8 a 21, al Tiro Federal Argentino de Mar del Plata, a fin de llevar a cabo la Final Nacional de Tiro con Arco en la Modalidad de Sala, suscribiendo al efecto el respectivo contrato de cesión de uso.
Artículo 2º.- El presente se dicta ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante.
Artículo 3º.- Comuníquese, etc.-
Decreto Nº 225
Mar del Plata, 1º de agosto de 2019.
Visto la Ordenanza Nº 24192 por la cual se aprobó el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos del Ejercicio 2019, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo dispuesto en la mencionada Ordenanza, corresponde al Departamento Deliberativo distribuir los créditos de las partidas principales aprobadas, respetándose la asignación a las categorías programáticas.
Por ello, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
D E C R E T A
Artículo 1º: Distribúyanse los créditos asignados a las Partidas Principales del Presupuesto de Gastos del Ejercicio 2019, según el siguiente detalle:
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Artículo 2º: Comuníquese, etc.-
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Decreto nº 226
Mar del Plata, 1 de agosto de 2019.
VISTO:
La visita a Mar del Plata del historiador, periodista y gestor cultural Sr. Martín Miguel Güemes Arruabarrena; y
CONSIDERANDO:
Que Martín Miguel Güemes Arruabarrena es el chozno del prócer salteño Martín Miguel de Güemes, quien visitará la ciudad el día 5 de agosto próximo.
Que se ha desempeñado en entidades privadas desarrollándose como miembro integrante de la Comisión Directiva del Círculo del Plata (1988/89), Presidente y fundador de la "La Orden del Poncho" (1990/92), Presidente y fundador del Centro de Estudios Dr. Indalecio Gómez (1992/95/2007), tesorero del Instituto Güemesiano de Salta (2004), Vicepresidente y fundador de la Sociedad Regional de Geografía e Historia por la Integración Cultural de Salta - Jujuy (Argentina) Tarija - Tupiza (Bolivia), Profesor a cargo de la Cátedra Abierta Gral. Martín Miguel de Güemes en la Facultad de Artes y Ciencias de la Universidad Católica de Salta (2002-2007) y Director de Cultura del Club 20 de Febrero (1999-2001).
Que ha cumplido funciones en instituciones públicas como: Director General de la Casa de Salta en Buenos Aires (1990-91), Secretario político del Bloque de Senadores Justicialistas - Legislatura salteña (1991 - 1993), Secretario de la Comisión de Límites y Relaciones Internacionales del Senado Provincial, Secretario de Prensa y Difusión de la Convención Constituyente Provincial (1998), Secretario de la Comisión Provincial "Década Bicentenaria 2006 - 2016" (años 2008-2014) de la Provincia de Salta.
Que ha publicado varios ensayos entre los cuales se puede mencionar:
- “Juana Manuela: sexo, poder y mazamorra” en Salta a la Olla (edición 1995).
- “Manuel Antonio de Castro, creador de la Academia de Jurisprudencia de Bs. As.” en “Nuevas miradas sobre el Gral. Güemes”, editado por el Consejo de la Magistratura de Salta (2002).
- “La fe cristiana del Gral. Martín Güemes” en El Milagro de Salta, edición de Manrique Zago. (2003)
- “Martín Güemes: Pensamiento y Acción Integradora Regional” - publicado en Siembra (revista Científico – Cultural de la Universidad Autónoma J. M. Saracho de Tarija, Bolivia).
- "La Historiografía arribeña y la rioplatense" publicado en la Revista Siembra.
- "La Guerra del Pacífico (1879) Del Virrey Toledo a Indalecio Gómez". Ponencia presentada en el Congreso de Historiadores realizado en la ciudad de Tarija, organizado por la Sociedad de Geografía e Historia de Bolivia (2005).
- "La Provincia de Salta: enfoques y perspectivas", ensayo: "El Pensamiento Telúrico Suramericano" (2004).
- "Cultura, historia y región. Una metodología para un nuevo concepto de Federalismo" ponencia presentada en el Congreso de Historiadores organizado por las Universidades del Norte Grande Argentino y publicado en la Revista de La Fundación Cultural de Santiago del Estero (2006).
- "Bicentenario e Integración. Retos Comunes. Memorias compartidas" Sucre, Bolivia 2006 – 2007.
- "Chuquisaca: umbral de la Libertad" en el Libro del Bicentenario del Primer Grito de Libertad en América - Sucre – 2009.
- "Ricardo Rojas y la Filosofía de la Argentinidad" en el mensuario Claves - abril/2010.
Que es meritorio mencionar a modo de breve reseña los libros más reconocidos como: “Semblanza de Manuel Antonio de Castro” (Edición Universidad Católica de Salta - Facultad de Derecho y Ciencias Jurídicas/Instituto de Derecho Procesal) y “Gral. Martín Miguel de Güemes – 1785/1821- La soledad de la misión y la fuerza de la gloria” (Mundo Editorial – Ediciones del Bicentenario – Salta) Tercera edición, año 2012.
Que como actividad radiofónica, en el año 2014 conduce: “Salta: Pasado, Presente, Futuro” (Cultura, historia y folklore) por FM Radio Fleming (88.7) y por Internet: www.fmfleming.com, 18 años de emisión radial.
Que Martín Miguel Güemes Arruabarrena ha sido galardonado con el Premio Persona – 1999 en el rubro: Mejor Programa Radial de la Provincia de Salta y con el “Premio Fundación Padre Martearena” 2009/2010 como Mejor Programa Cultural. También fue distinguido por la Editorial San Pablo en “Comunicación de valores cristianos” - 2001.
Que varios señores concejales han prestado su acuerdo para el dictado del presente acto administrativo.
Por ello y ad referéndum del H. Cuerpo, EL PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DECRETA
Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon declara “Visitante Notable” de Mar del Plata al historiador, periodista y gestor cultural Sr. Martín Miguel Güemes Arruabarrena, en ocasión de su presencia en la ciudad el día 5 de agosto de 2019.
Artículo 2º.- El presente Decreto se dicta ad referéndum del H. Cuerpo.
Artículo 3º.- Comuníquese, etc.-
Decreto nº 227
Mar del Plata, 1 de agosto de 2019.
VISTO:
La presentación del libro “Ser Fiscal - 10 años” en la ciudad de Mar del Plata; y
CONSIDERANDO:
Que la Red Ser Fiscal surge como síntesis del trabajo de voluntarios y diversas organizaciones no gubernamentales, como Red Encuentro Ciudadano, Democracia y Consenso, Construyendo Ciudadanía e instituciones como la Sociedad Rural Argentina, Confederaciones Rurales Argentinas y espacios o grupos como Será Justicia y Fiscales por la República.
Que se conformó un equipo interdisciplinario, con conocimiento y experiencia en cuestiones de transparencia electoral, que desde el año 2007 viene trabajando en forma conjunta en conexión con representantes de las 24 provincias argentinas.
Que en el año 2009 se propuso motivar a la ciudadanía otorgándole la posibilidad de una participación institucional de calidad.
Que el objetivo fundamental de la Red Ser Fiscal es la transparencia electoral, como consecuencia de las decepciones que el ciudadano ha tenido en el ejercicio de su derecho electoral. Esto motivó a la organización a desarrollar nuevas iniciativas y acciones orientadas hacia la posibilidad de incrementar la participación ciudadana en el control de los comicios.
Que la Red se ha ido conformando voluntariamente a lo largo de todo el país. Su objetivo es incorporar, capacitar y contribuir en la integración ciudadana junto a los partidos políticos que aceptaron ser parte del proyecto de fiscalización de las elecciones nacionales; desde una perspectiva de transparencia, enriquecida con herramientas tecnológicas, espacios de acercamiento y capacitación a los ciudadanos.
Que la Red cuenta con 45.000 ciudadanos inscriptos en todo el país. Dado que son los partidos políticos los que designan a sus fiscales, Libres del Sur, GEN, UCR, CC - ARI, Partido Socialista, Partido FE, PRO, UXT, Democracia Cristiana y MST entre otros, han firmado el acuerdo con la Red Ser Fiscal.
Que es dable de mencionar que La Red cuenta con cuatro libros editados: Ser Fiscal, una experiencia ciudadana; Ser Fiscal, una reforma electoral como política de Estado; Voto Electrónico, un aporte técnico-científico a la reforma electoral y Ser Fiscal - 10 años, que ha contado con aportes escritos de los principales dirigentes políticos de los tres poderes del Estado y representantes de la sociedad civil.
Que la presentación del libro “Ser Fiscal - 10 años” se llevará a cabo el día 2 de agosto del corriente en el Recinto de Sesiones de este Honorable Cuerpo.
Que varios señores concejales han prestado su acuerdo para el dictado del presente acto administrativo.
Por ello y ad referéndum del H. Cuerpo, EL PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DECRETA
Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon declara de su interés la presentación del libro “Ser Fiscal – 10 años” de la Red Ser Fiscal, que se llevará a cabo el día 2 de agosto de 2019 en la ciudad de Mar del Plata.
Artículo 2º.- El presente Decreto se dicta ad referéndum del H. Cuerpo.
Artículo 3º.- Comuníquese, etc.-
Decreto nº 228
Mar del Plata, 02 de agosto de 2019.
Visto la solicitud de licencia extraordinaria sin goce de haberes efectuada por el Sr. LUCIANO BARBIERI Legajo Nº 28.488/1, dependiente de la Dirección de Actas de Sesiones, Referencia Legislativa y Digesto, y
CONSIDERANDO
Que la Sra. Directora del área, se expresa favorablemente ante el requerimiento del agente Barbieri, debido a que dicha licencia se encuadra en lo establecido por el artículo 86º de la Ley Provincial Nº 14656 (Régimen de Empleo Público Municipal).
Por lo expuesto, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DECRETA
Artículo 1°: Concédese a partir del 9 de septiembre de 2019 y hasta el 8 de septiembre de 2020, licencia extraordinaria sin goce de haberes al Sr. LUCIANO BARBIERI Legajo Nº 28.488/1 – (Superior Administrativo – C.F. 05-18-00-01 – Nº Orden 3398), de conformidad con lo establecido en el artículo 86º de la Ley Nº 14656 (Régimen de Empleo Público Municipal).
Artículo 2°: Comuníquese, etc.
pad
Decreto nº 229
Mar del Plata, 5 de agosto de 2019
Visto la nota presentada por el Bloque de Concejales de la Unión Cívica Radical, dando cuenta de las modificaciones producidas en la planta de personal, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
D E C R E T A
Artículo 1º: Modifícase a partir del día 1º de agosto de 2019, la escala remunerativa asignada al Sr. FRANCO, HUGO ALBERTO – Legajo nº 21.999/6, de: Auxiliar Administrativo II a: Auxiliar Administrativo I, en el Bloque de Concejales de la Unión Cívica Radical:
Artículo 2º: El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: U.E. 07-00-0-0-0-00 – Institucional 1-1-1-02-00-000 – Programático 51-02-00 – Fte. Fin. 110 - Fin.y Func.1-1-0- UER. 11 – Inc. 1 – P.P. 2 – P.p. 1 – P.Sp.3.
Artículo 3º: Notifíquese a la persona mencionada en los artículos precedentes, comuníquese a las dependencias correspondientes, etc.-
sa
Decreto nº 230
Mar del Plata, 5 de agosto de 2019.
VISTO:
El expediente 1873-D-2019 iniciado por el Departamento Ejecutivo ante este H. Cuerpo; y
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se propicia la autorización al Santuario San Cayetano para el uso del espacio público y corte del tránsito vehicular en el marco del desarrollo de las Fiestas Patronales, el día 7 de agosto.
Que varios señores concejales han prestado acuerdo para el dictado del presente acto administrativo.
Por ello y ad referéndum del H. Cuerpo, EL PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DECRETA
Artículo 1º.- Autorízase al Santuario San Cayetano, el uso de espacio público y corte de tránsito vehicular para la realización de las Fiestas Patronales, desde la medianoche del día 6 y hasta la medianoche del día 7 de agosto de 2019, con el cierre de las calles Moreno y República del Líbano (ex 166), y de Nasser (ex 168) desde Bolívar hasta Belgrano durante las 24 horas.
Artículo 2º.- La Dirección General de Tránsito, realizará el acompañamiento de la procesión en el horario de 15:00 a 15:30, con punto de partida y finalización en el Santuario.
Artículo 3º.- La entidad autorizada queda exenta del pago de la totalidad de los gravámenes municipales contenidos en las Ordenanzas Fiscal e Impositiva y que devengan de la acción autorizada.
Artículo 4º.- La permisionaria deberá acreditar, previo al inicio de la actividad, la contratación de los seguros pertinentes, manteniendo indemne a la Municipalidad por cualquier concepto que se produzca a un tercero como consecuencia del desarrollo de la actividad autorizada o al mismo Municipio, por daños y perjuicios que eventualmente se pudieren ocasionar.
Artículo 5º.- El Departamento Operativo dependiente de la Dirección General de Inspección General, fiscalizará el desarrollo de las actividades aquí autorizadas y sus condiciones las cuales son susceptibles de modificaciones ante razón fundada por quejas de vecinos o por decisión del Departamento Ejecutivo sin reclamo alguno.
Artículo 6º.- La permisionaria acreditará, previo al inicio de las actividades aquí autorizadas, la contratación de un servicio de asistencia médica de emergencia permanente, el cual permanecerá durante toda la realización del evento.
Artículo 7º.- Déjase establecido que en caso de utilizar repertorio musical en cualquiera de sus formas la permisionaria deberá abonar las contribuciones correspondientes a las asociaciones, sindicatos o entidades gremiales que agrupen a músicos, autores, compositores, intérpretes, coreógrafos o cualquier otra que pudiera corresponder previo al inicio de la actividad autorizada, tal cual lo estipulado en el Decreto nº 1638/00 - artículo 2º.
Artículo 8º.- Queda terminantemente prohibida la colocación de cualquier elemento que obstaculice las condiciones de movilidad y circulación peatonal y vehicular y la instalación de elementos publicitarios sobre aceras, calzadas, cordones, en virtud de lo normado en la Ordenanza nº 22920 - Anexo I - Capítulo IX - Artículo 42 - incisos 5 y 7 (Código de Publicidad).
Artículo 9º.- Una vez finalizado el evento el permisionario deberá retirar la totalidad de los elementos utilizados, restableciendo el espacio cedido en perfecto estado de higiene, conservación y funcionalidad tal cual lo recibe.
Artículo 10º.- El presente se dicta ad referéndum del H. Cuerpo.
Artículo 11º.- Comuníquese, etc.-
Decreto nº 231
Mar del Plata, 5 de agosto de 2019.
Visto el Expediente 1870-D-2019 iniciado por el Departamento Ejecutivo ante este H. Cuerpo, y
CONSIDERANDO
Que por el mismo se propicia la autorización al Centro de Residentes Bolivianos en Mar del Plata “Don Pedro Domingo Murillo” para utilizar espacios públicos en el marco de la “Conmemoración del 194º Aniversario de la Independencia del Estado Plurinacional de Bolivia”.
Que varios señores concejales han prestado acuerdo para el dictado del presente acto administrativo.
Por ello y ad referéndum del H. Cuerpo, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DECRETA
Artículo 1º.- Autorízase al Centro de Residentes Bolivianos en Mar del Plata Don Pedro Domingo Murillo a la utilización de dos (2) espacios de dominio público y a la realización de diversos actos en el marco de la “Conmemoración de 194º Aniversario de la Independencia del Estado Plurinacional de Bolivia”, en las ubicaciones, días y horarios que a continuación se detallan:
a) Av. Luro y la intersección con la calle General Mitre - Monumento al General San Martín - 6 de agosto de 2019 de 10:30 a 12:00 hs. - ofrenda floral.
b) San Martín entre las calles San Luis y General Mitre - frente a la Catedral - 10 de agosto de 2019 - 12:00 a 14:00 hs. - acto en conmemoración a la Patrona de Bolivia Virgen de Copacabana - demostración de danzas y trajes típicos.
Artículo 2º.- La permisionaria queda exenta del pago de todo gravamen municipal que devenga de la acción autorizada en el artículo 1° conforme lo establecido en las Ordenanzas Fiscal e Impositiva.
Artículo 3º.- La institución autorizada deberá contratar, previo al inicio de la actividad, un seguro de Responsabilidad Civil con Cláusula de No Repetición a favor del municipio, manteniéndola indemne por cualquier concepto que se produzca a un tercero como consecuencia del desarrollo de la actividad autorizada o al mismo municipio por daños y perjuicios que eventualmente se pudieran producir en razón de la realización y puesta en marcha de la actividad atento a la responsabilidad civil que surja de los artículos 1708° al 1780° del Código Civil y Comercial de la Nación incluyendo también gastos, honorarios y costas al demandante.
Artículo 4º.- El Departamento Operativo dependiente de la Dirección General de Inspección General fiscalizará el emplazamiento y desarrollo de las actividades y sus condiciones, las cuales son susceptibles de modificaciones ante razón fundada por quejas de vecinos o por decisión del Departamento Ejecutivo sin reclamo alguno.
Artículo 5º.- Dejase establecido que en caso de utilizar repertorio musical en cualquiera de sus formas la permisionaria deberá abonar las contribuciones correspondientes a las asociaciones, sindicatos o entidades gremiales que agrupen a músicos, autores, compositores, intérpretes, coreógrafos o cualquier otra que pudiera corresponder previo al inicio de la actividad autorizada, tal cual lo estipulado en el Decreto nº 1638/00 - artículo 2º.
Artículo 6º.- La entidad autorizada deberá garantizar el libre tránsito peatonal y/o vehicular en los lugares donde se encuentren instaladas las estructuras utilizadas para el desarrollo de la actividad autorizada como así también la libre circulación y acceso a toda persona con discapacidad.
Artículo 7º.- Prohíbase la comercialización de todo tipo de objetos y/o mercadería, como así también todo tipo de publicidad y propaganda, excepto las de carácter institucional, previa aprobación del Departamento Ejecutivo.
Artículo 8º.- En caso de ser necesario la institución autorizada deberá gestionar ante EDEA la provisión del suministro eléctrico.
Artículo 9º.- Lo utilizado para la concreción de la actividad enunciada deberá ser retirado inmediatamente después de terminado el acto, liberando la ocupación de los espacios públicos y reintegrándolos en las mismas condiciones en que fueran recibidos.
Artículo 10º.- El presente se dicta ad referéndum del H. Cuerpo.
Artículo 11º.- Comuníquese, etc..-
Decreto nº 231
Mar del Plata, 5 de agosto de 2019.
Visto el Expediente 1870-D-2019 iniciado por el Departamento Ejecutivo ante este H. Cuerpo, y
CONSIDERANDO
Que por el mismo se propicia la autorización al Centro de Residentes Bolivianos en Mar del Plata “Don Pedro Domingo Murillo” para utilizar espacios públicos en el marco de la “Conmemoración del 194º Aniversario de la Independencia del Estado Plurinacional de Bolivia”.
Que varios señores concejales han prestado acuerdo para el dictado del presente acto administrativo.
Por ello y ad referéndum del H. Cuerpo, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DECRETA
Artículo 1º.- Autorízase al Centro de Residentes Bolivianos en Mar del Plata Don Pedro Domingo Murillo a la utilización de dos (2) espacios de dominio público y a la realización de diversos actos en el marco de la “Conmemoración de 194º Aniversario de la Independencia del Estado Plurinacional de Bolivia”, en las ubicaciones, días y horarios que a continuación se detallan:
a) Av. Luro y la intersección con la calle General Mitre - Monumento al General San Martín - 6 de agosto de 2019 de 10:30 a 12:00 hs. - ofrenda floral.
b) San Martín entre las calles San Luis y General Mitre - frente a la Catedral - 10 de agosto de 2019 - 12:00 a 14:00 hs. - acto en conmemoración a la Patrona de Bolivia Virgen de Copacabana - demostración de danzas y trajes típicos.
Artículo 2º.- La permisionaria queda exenta del pago de todo gravamen municipal que devenga de la acción autorizada en el artículo 1° conforme lo establecido en las Ordenanzas Fiscal e Impositiva.
Artículo 3º.- La institución autorizada deberá contratar, previo al inicio de la actividad, un seguro de Responsabilidad Civil con Cláusula de No Repetición a favor del municipio, manteniéndola indemne por cualquier concepto que se produzca a un tercero como consecuencia del desarrollo de la actividad autorizada o al mismo municipio por daños y perjuicios que eventualmente se pudieran producir en razón de la realización y puesta en marcha de la actividad atento a la responsabilidad civil que surja de los artículos 1708° al 1780° del Código Civil y Comercial de la Nación incluyendo también gastos, honorarios y costas al demandante.
Artículo 4º.- El Departamento Operativo dependiente de la Dirección General de Inspección General fiscalizará el emplazamiento y desarrollo de las actividades y sus condiciones, las cuales son susceptibles de modificaciones ante razón fundada por quejas de vecinos o por decisión del Departamento Ejecutivo sin reclamo alguno.
Artículo 5º.- Dejase establecido que en caso de utilizar repertorio musical en cualquiera de sus formas la permisionaria deberá abonar las contribuciones correspondientes a las asociaciones, sindicatos o entidades gremiales que agrupen a músicos, autores, compositores, intérpretes, coreógrafos o cualquier otra que pudiera corresponder previo al inicio de la actividad autorizada, tal cual lo estipulado en el Decreto nº 1638/00 - artículo 2º.
Artículo 6º.- La entidad autorizada deberá garantizar el libre tránsito peatonal y/o vehicular en los lugares donde se encuentren instaladas las estructuras utilizadas para el desarrollo de la actividad autorizada como así también la libre circulación y acceso a toda persona con discapacidad.
Artículo 7º.- Prohíbase la comercialización de todo tipo de objetos y/o mercadería, como así también todo tipo de publicidad y propaganda, excepto las de carácter institucional, previa aprobación del Departamento Ejecutivo.
Artículo 8º.- En caso de ser necesario la institución autorizada deberá gestionar ante EDEA la provisión del suministro eléctrico.
Artículo 9º.- Lo utilizado para la concreción de la actividad enunciada deberá ser retirado inmediatamente después de terminado el acto, liberando la ocupación de los espacios públicos y reintegrándolos en las mismas condiciones en que fueran recibidos.
Artículo 10º.- El presente se dicta ad referéndum del H. Cuerpo.
Artículo 11º.- Comuníquese, etc..-
Decreto nº 233
Mar del Plata, 13 de agosto de 2019.
VISTO:
La participación del marplatense Enzo Fais en los Juegos Parapanamericanos a desarrollarse en la ciudad de Lima; y
CONSIDERANDO:
Que Enzo Fais es un nadador paralímpico disminuido visual severo, que hace 10 años comenzó a competir.
Que su primer torneo internacional fue a los 13 años en parajuveniles desarrollado en la ciudad de Bogotá, Colombia en el año 2009.
Que participó en torneos nacionales e internacionales como los que tuvieran lugar en la ciudad de San Pablo, Brasil; en Santiago de Chile en 2014 y en los Parapanamericanos de Toronto, Canadá, en el año 2015.
Que en este último tiempo ha participado en distintas competencias de aguas abiertas y de cruces nocturnos obteniendo excelentes resultados.
Que Enzo Fais integra la nómina oficial del Seleccionado Argentino de Paranatación que competirá en los Juegos Parapanamericanos de Lima 2019.
Que participará en las pruebas de 50, 100 y 400 metros, estilo libre en el Centro Acuático de la Villa Deportiva Nacional Limeña, sede del torneo.
Que los Juegos Parapanamericanos de Lima se desarrollarán en la capital del Perú desde el 23 de agosto hasta el 1º de septiembre próximos.
Que varios señores concejales han prestado acuerdo para el dictado del presente acto administrativo.
Por ello y ad referéndum del H. Cuerpo, EL PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DECRETA
Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon expresa su beneplácito a la convocatoria y participación del nadador marplatense Enzo Fais en los Juegos Parapanamericanos de Lima 2019.
Artículo 2º.- El presente Decreto se dicta ad referéndum del H. Cuerpo.
Artículo 3º.- Comuníquese, etc.-
Decreto nº 234
Mar del Plata, 13 de agosto de 2019.
VISTO:
La Nota 200-NO-2019 presentada por la Universidad Nacional de Mar del Plata en la que solicita se declare de interés la realización de diversas jornadas de extensión; y
CONSIDERANDO:
Que los días 15 y 16 de agosto de 2019 en el Complejo Universitario “Manuel Belgrano” se desarrollarán las VII Jornadas Marplatenses de Extensión y Compromiso Social Universitario, las VII Jornadas Nacionales de Compromiso Social Universitario “Mariano Salgado” y el I Encuentro de Prácticas Socio – Comunitarias, bajo el lema: “Por una Universidad Pública, inclusiva y comprometida socialmente. 70 años de gratuidad”.
Que las mismas son organizadas por la Secretaría de Extensión Universitaria y el Centro de Estudios Sindicales y Sociales de la Agremiación Docente Universitaria Marplatense (ADUM).
Que participarán una importante cantidad de docentes, extensionistas, graduados y alumnos de distintas universidades nacionales, así como público en general interesado en las temáticas que se abordarán.
Que la presente iniciativa cuenta con despacho favorable y unánime de la Comisión de Educación y Cultura.
Por ello, EL PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DECRETA
Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon declara de su interés las VII Jornadas Marplatenses de Extensión y Compromiso Social Universitario, las VII Jornadas Nacionales de Compromiso Social Universitario “Mariano Salgado” y el I Encuentro de Prácticas Socio – Comunitarias, que se llevarán a cabo los días 15 y 16 de agosto de 2019 en el Complejo Universitario “Manuel Belgrano” de la Universidad Nacional de Mar del Plata, bajo el lema: “Por una Universidad Pública, inclusiva y comprometida socialmente. 70 años de gratuidad”.
Artículo 2º.- Entréguese copia del presente a la Secretaría de Extensión Universitaria y al Centro de Estudios Sindicales y Sociales de la Agremiación Docente Universitaria Marplatense (ADUM), organizadores de las citadas Jornadas.
Artículo 3º.- Comuníquese, etc.-
Decreto N° 235
Mar del Plata, 14 de agosto de 2019.
Visto el estado de ejecución del Presupuesto de Gastos vigente correspondiente al Honorable Concejo Deliberante, y
CONSIDERANDO:
Que según lo establecido, el Presidente del Honorable Cuerpo está facultado para disponer transferencias entre distintos conceptos del Presupuesto de Gastos.
Por ello, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
D E C R E T A
Artículo 1°: Amplíase la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente, asignándole el crédito que se indica:
INSTITUCIONAL: 1110200000 HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
ACTIVIDAD CENTRAL: 51-05 Servicios Administrativos
FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 110 Tesoro Municipal
2.3.0.0 Productos de papel, cartón e impresos
2.3.4.0. Productos de papel y cartón $ 20.000,00
Total Productos de papel, cartón e impresos $ 20.000,00
Artículo 2º: La ampliación dispuesta en el artículo anterior se financiará con economías provenientes de la siguiente partida.
INSTITUCIONAL: 1110200000 HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
ACTIVIDAD CENTRAL: 51-05 Servicios Administrativos
FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 110 Tesoro Municipal
3.7.0.0. Pasajes y Viáticos
3.7.1.0. Pasajes $ 20.000,00
Total Pasajes y Viáticos $ 20.000,00
Artículo 3°: Comuníquese, etc.-
nev
Decreto nº 236
Mar del Plata, 14 de agosto de 2019
Visto el expediente nº 1894-CJA-2019, y
CONSIDERANDO:
Que por el mismo el Concejal Marcelo Gabriel Carrara solicita licencia por el día 15 de agosto del corriente.
Que de acuerdo a la nómina de Concejales electos en los comicios llevados a cabo el 25 de octubre de 2015 remitida por la Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires, corresponde incorporar al Concejal Suplente Iván Lorenzo Gemignani.
Por todo ello y ad referéndum del H. Cuerpo, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
D E C R E T A
Artículo 1º: Concédese licencia al Sr. Concejal MARCELO GABRIEL CARRARA - Legajo nº 32.637/8, el día 15 de agosto de 2019.
Artículo 2º: Incorpórase al Concejal Suplente Sr. IVAN LORENZO GEMIGNANI – D.N.I.: 13.089.477 – Legajo nº 14.934/16, en reemplazo del Concejal Marcelo Gabriel Carrara el día 15 de agosto de 2019.
Artículo 3º: El presente se dicta ad-referéndum del Honorable Concejo Deliberante.
Artículo 4º: Comuníquese, etc.-
sav
Decreto nº 237
Mar del Plata, 14 de agosto de 2019
Visto el expediente nº 1895-CJA-2019, y
CONSIDERANDO:
Que por el mismo el Concejal Guillermo Fernando Arroyo solicita licencia por el día 15 de agosto del corriente.
Que de acuerdo a la nómina de Concejales electos en los comicios llevados a cabo el 25 de octubre de 2015 remitida por la Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires, corresponde incorporar a la Concejal Suplente Lorena Alejandra Abud, quién se ha excusado, por lo cual se incorpora al Concejal Suplente Sr. Luis María Francischetti.
Que asimismo, el Sr. Francischetti renuncia a su dieta, conforme lo contempla el artículo 92º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, por el día 15 de agosto del corriente.
Por todo ello y ad referéndum del H. Cuerpo, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
D E C R E T A
Artículo 1º: Concédese licencia al Sr. Concejal GUILLERMO FERNANDO ARROYO - Legajo nº 27.971/2, el día 15 de agosto de 2019.
Artículo 2º: Incorpórase ad-referéndum de la aprobación por parte de la Comisión Especial de Poderes, al Sr. Concejal Suplente LUIS MARIA FRANCISCHETTI – D.N.I.: 05.240.841 – CUIL 20-05240841-6 - Legajo nº 34.715/1, en reemplazo del Concejal Guillermo Fernando Arroyo por el día 15 de agosto de 2019.
Artículo 3º: Acéptase la renuncia a la dieta como concejal, presentada por el Concejal Suplente Luis María Francischetti por el día 15 de agosto de 2019, conforme lo contempla el artículo 92º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Artículo 4º: El presente se dicta ad-referéndum del Honorable Concejo Deliberante.
Artículo 5º: Comuníquese, etc.-
Decreto N° 238
Mar del Plata, 23 de agosto de 2019.
Visto el estado de ejecución del Presupuesto de Gastos vigente correspondiente al Honorable Concejo Deliberante, y
CONSIDERANDO:
Que según lo establecido, el Presidente del Honorable Cuerpo está facultado para disponer transferencias entre distintos conceptos del Presupuesto de Gastos.
Por ello, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
D E C R E T A
Artículo 1°: Amplíense las siguientes partidas del Presupuesto de Gastos vigente, asignándole el crédito que se indica:
INSTITUCIONAL: 1110200000 HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
ACTIVIDAD CENTRAL: 51-05 Servicios Administrativos
FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 110 Tesoro Municipal
4.0.0.0. Bienes de Uso
4.3.0.0. Maquinaria y equipo
4.3.6.0. Equipo para computación $ 800.000,00
Total Maquinaria y Equipo $ 800.000,00
INSTITUCIONAL: 1110200000 HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
ACTIVIDAD CENTRAL: 51-05 Servicios Administrativos
FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 110 Tesoro Municipal
Total Productos de papel, cartón e impresos
Artículo 2º: Las ampliaciones dispuestas en el artículo anterior se financiarán con economías provenientes de las siguientes partidas.
INSTITUCIONAL: 1110200000 HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
ACTIVIDAD CENTRAL: 51-05 Servicios Administrativos
FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 110 Tesoro Municipal
4.0.0.0. Bienes de Uso
4.3.0.0. Maquinaria y equipo
4.3.7.0 Equipo de oficina y muebles $ 800.000,00
Total Maquinaria y equipo $ 800.000,00
INSTITUCIONAL: 1110200000 HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
ACTIVIDAD CENTRAL: 51-01 Dirección Superior H.C.D.
FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 110 Tesoro Municipal
3.7.0.0. Pasajes y Viáticos
3.7.1.0. Pasajes $ 50.000,00
Total Pasajes y Viáticos $ 50.000,00
Artículo 3°: Comuníquese, etc.-
nev
Decreto nº 239
Mar del Plata, 28 de agosto de 2019.
VISTO:
La jornada gratuita informativa del Trastorno del Espectro Autista (TEA) que organizará el grupo de padres Mundo Azul TEA; y
CONSIDERANDO:
Que el autismo se trata de un trastorno psicológico que se caracteriza por la intensa concentración de una persona en su propio mundo interior y la progresiva pérdida de contacto con la realidad exterior, afectando el sistema nervioso.
Que la variedad y la gravedad de los síntomas pueden variar mucho. Los síntomas más comunes son la dificultad para comunicarse e interactuar socialmente, los intereses obsesivos y los comportamientos repetitivos.
Que el diagnóstico temprano y la terapia conductual, educativa y familiar pueden reducir los síntomas y brindar apoyo para el desarrollo y el aprendizaje.
Que el uno por ciento de la población mundial padece Trastorno del Espectro Autista, patología también conocida por sus siglas TEA.
Que en Argentina se estima que cerca de 400.000 personas responden a este diagnóstico en el que se incluye a los pacientes con síndrome de Asperger.
Que es hora de que la sociedad, los colegios y las instituciones, conozcan quienes son, sus diferencias, y como reconocer a estos hombres, mujeres y niños con los que conviven, en muchos casos, sin tener conciencia de ello.
Que por ello debe promoverse toda actividad que tenga como objetivo informar a la ciudadanía sobre la detección temprana del TEA.
Que en este sentido corresponde promover desde este legislativo la jornada gratuita informativa y de concientización que organiza el grupo de padres Mundo Azul TEA MDP para el día 7 de septiembre del corriente.
Que esta jornada constará de dos capacitaciones dirigidas a padres, familia, profesionales de la salud así como al público en general.
Que disertará la profesora en psicopedagogía, licenciada y docente Jésica Machado sobre adolescencia y TEA y la organización “Brincar por un Autismo Feliz” lo hará sobre alertas en el desarrollo y detección temprana del TEA.
Que esta actividad resulta esencial porque gran parte de la sociedad desconoce y tiene un concepto errado del TEA y la presente es una oportunidad para acercar información, sensibilizar y dar herramientas para colaborar y ayudar a conocer el esfuerzo que hacen a diario las personas con TEA y sus familias.
Que la presente iniciativa cuenta con despacho favorable y unánime de la Comisión de Educación y Cultura.
Por ello, EL PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DECRETA
Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon declara de su interés la jornada gratuita, informativa y de concientización del Trastorno del Espectro Autista (TEA) que organiza el grupo de padres Mundo Azul TEA MDP el día 7 de septiembre de 2019 en instalaciones de la Escuela Nacional de Pesca “Comandante Luis Piedra Buena.”
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.-
Decreto nº 240
Mar del Plata, 28 de agosto de 2019
Visto el Decreto de Presidencia nº 217-19, y
CONSIDERANDO
Que de acuerdo al mismo, la fecha de realización de la 11va Sesión Ordinaria del Período 104º, debería llevarse a cabo el día 29 de agosto del corriente.
Que varios Señores Concejales, han resuelto modificar la fecha de realización de la Sesión antes mencionada y aprobar el dictado del presente acto admistrativo.
Por lo expuesto, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DECRETA
Artículo 1º: Modifícase la fecha de realización de la 11va Sesión Pública Ordinaria del Período 104º, la que se llevará a cabo el día 30 de agosto de 2019 a las 10:00 horas.
Artículo 2º: Comuníquese, etc.
pad
Decreto nº 241
Mar del Plata, 29 de agosto de 2019.
VISTO:
La presencia de Dora Beatriz Barrancos en la jornada de charlas, talleres y actividades académicas de 'Estudiantes y Docentes por la Educación Sexual Integral' a desarrollarse en la Universidad Nacional de Mar del Plata el día 30 de agosto del corriente.
CONSIDERANDO:
Que Dora Barrancos es una investigadora, socióloga, historiadora y feminista argentina de gran prestigio internacional.
Que primero se licenció en Sociología en la Universidad de Buenos Aires, continuó con una maestría en Educación en la Universidad Federal de Minas Gerais, Brasil y se doctoró en Historia en la Universidad de Campinas, Brasil.
Que desde 1986 es investigadora del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET) y desde el año 2010 fue Directora del CONICET en representación de las Ciencias Sociales y Humanas. También es Profesora Consulta de la Facultad de Ciencias Sociales (UBA) y Directora del Instituto Interdisciplinario de Estudios de Género de la Facultad de Filosofía y Letras (UBA); Directora del Grupo de Estudios de Familia, Género y Subjetividades de la Facultad de Humanidades de la Universidad Nacional de Mar del Plata desde el año 2016.
Que durante la dictadura militar en nuestro país, entre los años 1976-1983, vivió la experiencia del exilio en Brasil. Allí, entró en contacto con el movimiento feminista y con otros movimientos sociales que se posicionaron en contra de la dictadura y a favor de la amnistía. En este contexto, se dio su primer contacto con el pensador francés Michel Foucault y a partir de allí, entró en los campos de la historia y la historiografía.
Que se ha dedicado a estudiar el feminismo en muchas de sus formas, los conflictos y las revoluciones –públicas y privadas- llevadas a cabo por las mujeres, los movimientos sociales de principios de siglo, los movimientos socialistas y anarquistas y el rol de la educación en la historia argentina.
Que es autora de varias obras y sus trabajos integraron algunos escritos colectivos como:
- Anarquismo, educación y costumbres en la Argentina de principios de siglo (1ª edición). Contrapunto. 1990.
- Educación, cultura y trabajadores 1890-1930 (1ª edición). Centro Editor de América Latina. 1991.
- Historia y género (1ª edición). Centro Editor de América Latina. 1993.
- La escena iluminada. Ciencias para trabajadores (1890-1930) (1ª edición). Plus Ultra. 1996.
- Inclusión/exclusión. Historia con mujeres (1ª edición). Fondo de Cultura Económica. 2002.
- Las mujeres y sus luchas en la historia Argentina (1ª edición). Ministerio de Defensa. 2006.
- Formas de historia cultural (1ª edición). Prometeo Libros. 2007. En coautoría con Graciela Batticuore, José Emilio Burucúa, Mariano Ben Plotkin, Hilda Sábato y otros.
- Monstruos y monstruosidades (1ª edición). Universidad de Buenos Aires. 2007
- Mujeres en la sociedad argentina. Una historia de cinco siglos (1ª edición). Sudamericana. 2007.
- Mujeres, entre la casa y la plaza (1ª edición). Sudamericana. 2008.
- Jornada de Conferencias Los derechos de las mujeres en la primera mitad del siglo XX (1ª edición). Universidad Nacional de La Plata, en coautoría con Verónica Giordano, Marisa Adriana Miranda, Silvana Palermo, Graciela Amalia Queirolo, Karina Inés Ramacciotti y Adriana María Valobra.
- Evita, una mirada actual de una apasionada eterna (1ª edición). Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 2012. (En coautoría).
- Moralidades y comportamientos sexuales: Argentina, 1880-2011 (1ª edición). Biblos. 2014.
Que ha sido distinguida por el Centro Nacional de Investigación sobre la Evolución Humana (CENIEH) de España: Ciencia y Mujeres: 12 nombres para cambiar el mundo; declarada `Personalidad Ilustre´ de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, galardonada con el `Premio Excelencia Académica´ de la Universidad de Buenos Aires y `Doctora Honoris Causa´ por la Universidad Nacional de Mar del Plata, entre otros.
Que hoy, a sus casi 80 años, llega a dar 30 seminarios en un mes y es una de las encargadas de hacer cumplir la 'Ley Micaela', brindando charlas y capacitaciones en diversos ámbitos institucionales del país.
Que, en ese marco, fue convocada y recibida por el Presidente del Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon para dar apertura a la serie de charlas en cumplimiento de dicha ley en la ciudad de Mar del Plata.
Que Dora Barrancos es una de las militantes feministas más reconocidas de América Latina por su gran compromiso social y político y su desarrollo intelectual en consonancia con un fuerte compromiso con un proyecto político emancipatorio.
Que como mujer que ha ocupado cargos políticos relevantes y en su rol de intelectual comprometida, se posiciona críticamente logrando visibilizar por medio de la historiografía las luchas diversas de las mujeres. Su manera de asumir la historiografía se transforma en resistencia política, en la medida en que hace visible aquello que no había sido percibido. Barrancos ha creado con esto nuevos espacios de interpretación de la historia y la sociedad.
Que será la principal expositora en la jornada de charlas, talleres y actividades académicas de 'Estudiantes y Docentes por la Educación Sexual Integral' a desarrollarse en la Universidad Nacional de Mar del Plata el día 30 de agosto del presente año.
Que la misma está destinada a estudiantes del ciclo superior de escuelas secundarias e intervendrán docentes y graduados de la Facultad de Humanidades como el Grupo de Estudios sobre Familia, Género y Subjetividades, la ONG AMI (Asociación por un Mundo Igualitario), la ONG Red de Personas Viviendo con VIH/Sida, la Red de Profesionales de la salud por el Derecho a Decidir, organizada por la Secretaría de Vinculación e Inclusión Educativa de la Facultad de Humanidades de la UNMDP.
Que de los 138 talleres participarán estudiantes de sexto año de 28 escuelas secundarias públicas y privadas de Mar del Plata, Santa Clara del Mar y Vivoratá, sumando alrededor de 776 estudiantes.
Que se abordarán temas como: violencia y estereotipos; embarazo adolescente; diversidad sexual y género; micromachismos y capitalismo; derechos de les adolescentes, métodos anticonceptivos y aborto con causas legales, entre otros.
Que la Jornada tiene el doble objetivo de, por un lado, que los estudiantes de escuelas secundarias participen de debates y talleres que aborden cuestiones referidas a la Educación Sexual Integral y, complementariamente se familiaricen e incorporen la experiencia universitaria como una posibilidad a su proyecto de vida, si es que aún no lo han hecho.
Que es fundamental que el Estado apoye, acompañe e incentive este tipo de iniciativas para jóvenes estudiantes del distrito.
Que varios señores concejales han prestado su acuerdo para el dictado del presente acto administrativo.
Por ello, y ad referéndum del H. Cuerpo, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DECRETA
Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyyredon declara “Visitante Notable” de la ciudad de Mar del Plata a Dora Beatriz Barrancos, por su destacada y extensa trayectoria y labor como investigadora, socióloga, historiadora y feminista argentina.
Artículo 2º.- Declárase de interés del H. Cuerpo la Jornada de charlas, talleres y actividades académicas de 'Estudiantes y Docentes por la Educación Sexual Integral', a desarrollarse en la Universidad Nacional de Mar del Plata el día 30 de agosto de 2019.
Artículo 3º.- Entréguese copia del presente a la Sra. Dora Beatriz Barrancos en el acto inaugural de la citada Jornada que tendrá lugar en el Complejo “Manuel Belgrano” de la Universidad Nacional de Mar del Plata.
Artículo 4º.- El presente Decreto se dicta ad referéndum del Departamento Deliberativo.
Artículo 5º.- Comuníquese, etc.
Decreto nº 242
Mar del Plata, 29 de agosto de 2019
Visto el expediente nº 1948-CJA-2019, y
CONSIDERANDO:
Que por el mismo la Concejal Natalia Paola Vezzi solicita licencia por el día 30 de agosto del corriente.
Que de acuerdo a la nómina de Concejales electos en los comicios llevados a cabo el 25 de octubre de 2015 remitida por la Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires, corresponde incorporar al Concejal Suplente Iván Lorenzo Gemignani.
Por todo ello y ad referéndum del H. Cuerpo, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
D E C R E T A
Artículo 1º: Concédese licencia a la Sra. Concejal NATALIA PAOLA VEZZI - Legajo nº 27.969/15, el día 30 de agosto de 2019.
Artículo 2º: Incorpórase al Concejal Suplente Sr. IVAN LORENZO GEMIGNANI – D.N.I.: 13.089.477 – Legajo nº 14.934/17, en reemplazo de la Concejal Natalia Paola Vezzi por el día 30 de agosto de 2019.
Artículo 3º: El presente se dicta ad-referéndum del Honorable Concejo Deliberante.
Artículo 4º: Comuníquese, etc.-
pad
Decreto nº 243
Mar del Plata, 30 de agosto de 2019
VISTO la realización en la ciudad de Mar del Plata del Campeonato Nacional de Patín Artístico de División A e Internacional; y
CONSIDERANDO
Que es uno de los torneos de mejor nivel en el calendario anual, organizado por la Confederación Argentina de Patinaje.
Que este evento reúne muchos de los mejores deportistas de la especialidad de patín artístico, a nivel nacional e internacional.
Que el Campeonato Nacional de Patín Artístico de División A e Internacional se desarrolla entre el 28 de agosto y el 4 de septiembre, ocho jornadas intensas de actividad para el deporte que acaba de salir campeón en Estilo Libre Masculino y Subcampeón en Estilo Libre Femenino en los Juegos Panamericanos 2019.
Que la modalidad Escuela tuvo lugar los días 28 y 29 de agosto en el Club Atlético Mar del Plata para dar inicio a la competencia.
Que la parte más importante y destacada del evento será desde el 30 de agosto hasta el 4 de septiembre en el Polideportivo “Islas Malvinas” del Parque Municipal de los Deportes “Teodoro Bronzini”.
Que participarán representantes locales en la competencia junto a los mejores valores del patín artístico nacional, quienes buscarán clasificaciones para los distintos eventos que se realizarán en el futuro.
Que varios señores concejales han prestado su acuerdo para el dictado del presente acto administrativo.
Por ello y ad referéndum del H. Cuerpo, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DECRETA
Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon declara de su interés la realización del Campeonato Nacional de Patín Artístico de División “A” e Internacional, que se lleva a cabo entre los días 28 de agosto y 4 de septiembre de 2019 en la ciudad de Mar del Plata.
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.-
Decreto nº 244
Mar del Plata, 2 de septiembre de 2019.
VISTO:
La realización del “Primer Foro de Derecho Crítico” que tendrá lugar en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Mar del Plata entre los días 2 y 9 de septiembre del corriente año; y
CONSIDERANDO:
Que el mismo comprende la discusión de distintas áreas del derecho desde una perspectiva crítica, tales como derecho de las familias, derechos humanos, género, niñez, derecho laboral, derecho penal, derecho societario, entre otras.
Que como parte de las actividades propuestas expondrán juristas y referentes de vasta trayectoria en el campo del derecho en cada uno de los temas propuestos.
Que este Foro de Derecho Crítico es organizado por estudiantes de la carrera, integrantes en el colectivo Movimiento de Estudiantes por Derecho (MED), lo que le otorga un plus a destacar, ya que evidencia no sólo el compromiso de los futuros profesionales, sino la respuesta y acción concreta ante los cambios de paradigma de estos tiempos.
Que encuentros de esta magnitud no sólo posicionan a nuestra Universidad Pública, sino a Mar del Plata toda como un polo académico indiscutido en el sudeste de nuestra provincia.
Que esta iniciativa fue declarada de interés académico por el Consejo Académico de la Facultad de Derecho.
Que la presente iniciativa cuenta con despacho favorable y unánime de la Comisión de Educación y Cultura por considerar que se debe apoyar, fomentar y alentar este tipo de intercambio académico.
Por ello, EL PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DECRETA
Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon declara de su interés el “Primer Foro de Derecho Crítico”, a llevarse a cabo entre los días 2 y 9 de septiembre de 2019 en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Mar del Plata.
Artículo 2º.- Entréguese copia del presente al colectivo Movimiento de Estudiantes por Derecho, organizador del Foro.
Artículo 3º.- Comuníquese, etc.-
Decreto nº 245
Mar del Plata, 2 de septiembre de 2019
Visto el cuarto intermedio dispuesto en la 11va Sesión Pública Ordinaria, del 30 de agosto próximo pasado.
CONSIDERANDO
Que en esa oportunidad se facultó a la Comisión de Labor Deliberativa a determinar la fecha de su reanudación.
Que en la reunión llevada a cabo en el día de la fecha, se fijó la misma para el próximo 5 de septiembre a las 10:00 hs.
Por lo expuesto, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DECRETA
Artículo 1º: Reanudase la 11va Sesión Pública Ordinaria luego del cuarto intermedio dispuesto el día 30 de agosto próximo pasado, la que se llevará a cabo el día 5 septiembre de 2019 a las 10.00 hs.
Artículo 2º: Comuníquese, etc.
sav
Decreto nº 246
Mar del Plata, 3 de septiembre de 2019
Visto el expediente 1861-U-2019 del Honorable Concejo Deliberante; y
CONSIDERANDO:
Que por las mencionadas actuaciones se propone la realización de una Jornada de Trabajo denominada “Habilitación de Empaques Frutihortícolas”.
Que dichas Jornadas tiene la finalidad de reunir a los sectores y áreas municipales involucrados y analizar la normativa de la Secretaría de Gobierno de Agroindustria de la Nación que establece la obligatoriedad de emitir el Documento de Tránsito Vegetal (DTV).
Que la iniciativa cuenta con despacho favorable y unánime de las Comisiones de Obras, Seguridad y Planeamiento y de Legislación, Interpretación, Reg. y Protección Ciudadana.
Que varios señores concejales han prestado acuerdo para la sanción del presente acto administrativo.
Por ello y ad referéndum del H. Cuerpo, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DECRETA
Artículo 1º.- Convócase a una Jornada de Trabajo denominada “Habilitación de Empaques Frutihortícolas”, con la finalidad de reunir a los sectores y áreas municipales involucrados y analizar una posible normativa específica para la actividad.
Artículo 2º.- Invítase a la referida jornada a:
- Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de General Pueyrredon:
- Obras Sanitarias Mar del Plata Sociedad de Estado.
- SENASA.
- Mercados Concentradores:
- Asociación Frutihortícola de Productores y Afines del Partido de General Pueyrredon.
- Cooperativa de Horticultores de Mar del Plata.
- Sociedad Rural de Mar del Plata.
- Colegios Profesionales:
- Integrantes del Cuerpo Deliberativo.
Artículo 3º.- La Jornada de Trabajo se desarrollará el día 4 de septiembre de 2019, a las 10 horas, en el Recinto de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante “C.P.N Carlos Mauricio Irigoin”.
Artículo 4º.- El presente se dicta ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante.
Artículo 5º.- Comuníquese, etc.-
Decreto nº 247
Mar del Plata, 03 de septiembre de 2019
Visto la nota presentada por el Bloque de Concejales de Unidad Ciudadana, dando cuenta de las modificaciones producidas en la planta de personal, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
D E C R E T A
Artículo 1º: Dase de baja a partir del día 1º de septiembre de 2019, a la Señora BEATRIZ LAURA CISNEROS – Legajo nº 33.208/1, como Auxiliar Administrativo II, en el Bloque de Concejales de Unidad Ciudadana.
Artículo 2º: Desígnase a partir del día 1º de septiembre de 2019, a la Señora MARIA JIMENA CAMESANA – DNI 37.769.891 – CUIL 27-37769891-1 – Legajo nº 34.742/1, como Auxiliar Administrativo II, en el Bloque de Concejales de Unidad Ciudadana.
Artículo 3º: Se deja expresamente establecido que la persona designada en el artículo precedente se encuentra excluida del régimen establecido en la Ley 14.656 - Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires Art. 67º inc. b).
Artículo 4º: El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: U.E. 07-00-0-0-0-00 – Institucional 1-1-1-02-00-000 – Programático 51-02-00 – Fte. Fin. 110 - Fin.y Func.1-1-0- UER. 11 – Inc. 1 – P.P. 2 – P.p. 1 – P.Sp.3.
Artículo 5º: Notifíquese a las personas mencionadas en los artículos precedentes, comuníquese a las dependencias correspondientes, etc.-
sav
Decreto nº 248
Mar del Plata, 4 de setiembre de 2019
Visto el expediente nº 1968-CJA-2019, y
CONSIDERANDO:
Que por el mismo la Concejal Natalia Paola Vezzi solicita licencia por el día 5 de setiembre del corriente.
Que de acuerdo a la nómina de Concejales electos en los comicios llevados a cabo el 25 de octubre de 2015, remitida por la Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires, corresponde incorporar al Concejal Suplente Iván Lorenzo Gemignani.
Por todo ello y ad referéndum del H. Cuerpo, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
D E C R E T A
Artículo 1º: Concédese licencia a la Sra. Concejal NATALIA PAOLA VEZZI - Legajo nº 27.969/15, el día 5 de setiembre de 2019.
Artículo 2º: Incorpórase al Concejal Suplente Sr. IVAN LORENZO GEMIGNANI – DNI: 13.089.477 – Legajo nº 14.934/18, en reemplazo de la Concejal Natalia Paola Vezzi por el día 5 de setiembre de 2019.
Artículo 3º: El presente se dicta ad-referéndum del Honorable Concejo Deliberante.
Artículo 4º: Comuníquese, etc.-
sa
Decreto nº 249
Mar del Plata, 5 de setiembre de 2019
Visto la nota presentada por el Bloque de Concejales de la Unión Cívica Radical, dando cuenta las modificaciones producidas en la planta de personal, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
D E C R E T A
Artículo 1º: Dase de baja a partir del día 1º de setiembre de 2019, a la Sra. PASCUA, AGUSTINA – Legajo nº 33.773/1, como Auxiliar Administrativo II, en el Bloque de Concejales de la Unión Cívica Radical.
Artículo 2º: Desígnase a partir del día 1º de setiembre de 2019, a la Sra. FRANCUCCI, MARIANELA – DNI 38.829.362 – CUIL 23-38829362-4 – Legajo nº 34.741/1, como Auxiliar Administrativo II, en el Bloque de Concejales de la Unión Cívica Radical.
Artículo 3º: Se deja expresamente establecido que la persona designada en el artículo precedente se encuentra excluida del régimen establecido en la Ley 14.656 - Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires Art. 67º inc. b).
Artículo 4º: El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: U.E. 07-00-0-0-0-00 – Institucional 1-1-1-02-00-000 – Programático 51-02-00 – Fte. Fin. 110 - Fin.y Func.1-1-0- UER. 11 – Inc. 1 – P.P. 2 – P.p. 1 – P.Sp.3.
Artículo 5º: Notifíquese a las personas mencionadas en los artículos precedentes, comuníquese a las dependencias correspondientes, etc.-
sa
Decreto nº 250
Mar del Plata, 05 de septiembre de 2019
Visto la nómina de inscriptos como postulantes a Mayores Contribuyentes, y
CONSIDERANDO:
Que en principio los mismos cumplen con los requisitos establecidos por la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 94º incisos 4) y 5) de la mencionada norma, corresponde se cite a Sesión Pública Especial, para que cada grupo político que compone el H. Cuerpo proponga un número de Mayores Contribuyentes igual al doble de Concejales que integran dicho Bloque.
Por ello, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
D E C R E T A
Artículo 1º: Cítase al Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon a Sesión Pública Especial para el día 05 de septiembre de 2019 a las 17:00 hs., con el fin de cumplimentar lo dispuesto por el artículo 94º inc. 4) y 5) de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Artículo 2º: Comuníquese, etc.-
la
Decreto nº 251
Mar del Plata, 06 de septiembre de 2019.
Visto los Expedientes 2286-D-18 y 2287-D-18, relacionados con los Proyectos de Ordenanzas Fiscal e Impositiva correspondientes al Ejercicio 2019, respectivamente, y
CONSIDERANDO:
Que las Ordenanzas Preparatorias han sido aprobadas por el Honorable Cuerpo en la 11º Sesión Pública Ordinaria del Período 104º celebrada el día 30 de agosto próximo pasado.
Que de conformidad con lo establecido por el artículo 98º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, dichas Ordenanzas Preparatorias deben ser consideradas en Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes citada a dichos efectos.
Por ello, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
D E C R E T A
Artículo 1º: Cítase a Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes para el día 13 de septiembre de 2019 a las 14:00 hs., a efectos de considerar el Orden del Día que a continuación se detalla:
Artículo 2º: Comuníquese, bajo constancia con transcripción del presente Decreto, adjuntándose copias de las Ordenanzas Preparatorias a considerar, etc.-
la
Decreto nº 252
Mar del Plata, 10 de septiembre de 2019
Visto el cronograma de Sesiones Públicas Ordinarias aprobado en la Sesión Preparatoria llevada a cabo el día 1º de marzo próximo pasado, y
CONSIDERANDO
Que de acuerdo al mismo, la fecha de realización de la 12ma Sesión Ordinaria, correspondería llevarse a cabo el día 12 de septiembre del corriente.
Que la Comisión de Labor Deliberativa, ha resuelto autorizar el dictado del presente.
Por lo expuesto, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DECRETA
Artículo 1º: Modifícase la fecha de realización de la 12da Sesión Pública Ordinaria del Período 104º, la que se llevará a cabo el día 13 de septiembre de 2019 a las 10:00 horas.
Artículo 2º: Comuníquese, etc.
Decreto nº 253
Mar del Plata, 12 de septiembre de 2019
Visto el expediente 1996-CJA-2019, y
CONSIDERANDO:
Que por el mismo la Concejal Angélica Haydee González solicita licencia por los días 12 y 13 de septiembre del corriente.
Que de acuerdo a la nómina de Concejales electos en los comicios llevados a cabo el 22 de octubre de 2017, remitida por la Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires, corresponde que asuma en primer término la Concejal María Florencia Matilde Ranellucci, quien se ha excusado para el día de la fecha; continuando con el orden de la nómina, el siguiente Concejal Suplente Juan Ignacio Tonto, también se ha excusado, por lo cual corresponde incorporar a la Concejal Suplente María Cecilia Martínez.
Por todo ello y ad referéndum del H. Cuerpo, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
D E C R E T A
Artículo 1º: Concédese licencia a la Sra. Concejal ANGELICA HAYDEE GONZALEZ - Legajo nº 33.669/1, por los días 12 y 13 de septiembre de 2019.
Artículo 2º: Incorpórase a la Sra. Concejal Suplente MARIA CECILIA MARTINEZ – D.N.I.: 31.264.330 – CUIL 27-31264330-3 - Legajo nº 27.047/8 en reemplazo de la Concejal González por los días 12 y 13 de septiembre de 2019. Déjase establecido que a la Sra. Martínez se le da de baja como Secretario de Concejal, retomando dicho cargo a partir del día 14 de septiembre de 2019, cuando finalice sus funciones como Concejal.
Artículo 3º: Déjase establecido que la Concejal Suplente María Cecilia Martínez reemplazará a la Concejal González en las comisiones correspondientes, por los días 12 y 13 de septiembre del corriente.
Artículo 4º: El presente se dicta ad-referéndum del Honorable Concejo Deliberante.
Artículo 5º: Comuníquese, etc.-
pad
Decreto nº 254
Mar del Plata, 12 de septiembre de 2019
Visto el expediente 2003-CJA-2019, y
CONSIDERANDO:
Que por el mismo el Concejal Guillermo Volponi solicita licencia por el día 13 de septiembre del corriente.
Que de acuerdo a la nómina de Concejales electos en los comicios llevados a cabo el 22 de octubre de 2017, remitida por la Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires, corresponde incorporar al Concejal Suplente Fernando Javier Navarra.
Que asimismo, el Concejal Suplente Fernando Javier Navarra ha manifestado su renuncia a la dieta, conforme lo contempla el artículo 92º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, por el día 13 de septiembre del corriente.
Por todo ello y ad referéndum del H. Cuerpo, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
D E C R E T A
Artículo 1º: Concédese licencia al Sr. Concejal GUILLERMO VOLPONI - Legajo nº 32.656/2, por el día 13 de septiembre de 2019.
Artículo 2º: Incorpórase al Concejal Suplente Sr. FERNANDO JAVIER NAVARRA – D.N.I.: 22.341.479 – CUIL 20-22341479-7 - Legajo nº 30.916/4 en reemplazo del Concejal Volponi el día 13 de septiembre de 2019.
Artículo 3º: Acéptase la renuncia a la dieta como concejal, presentada por el Concejal Suplente Fernando Javier Navarra por el día 13 de septiembre de 2019, conforme lo contempla el artículo 92º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Artículo 4º: El presente se dicta ad-referéndum del Honorable Concejo Deliberante.
Artículo 5º: Comuníquese, etc.-
pad
Decreto nº 255
Mar del Plata, 12 de septiembre de 2019
Visto el expediente nº 2005-CJA-2019, y
CONSIDERANDO:
Que por el mismo la Concejal Patricia Mabel Serventich solicita licencia por el día 13 de septiembre del corriente.
Que de acuerdo a la nómina de Concejales electos en los comicios llevados a cabo el 25 de octubre de 2015, remitida por la Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires, corresponde incorporar al Concejal Suplente Iván Lorenzo Gemignani.
Por todo ello y ad referéndum del H. Cuerpo, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
D E C R E T A
Artículo 1º: Concédese licencia a la Sra. Concejal PATRICIA MABEL SERVENTICH - Legajo nº 29.330/5, el día 13 de septiembre de 2019.
Artículo 2º: Incorpórase al Concejal Suplente Sr. IVAN LORENZO GEMIGNANI – DNI: 13.089.477 – Legajo nº 14.934/19, en reemplazo de la Concejal Patricia Mabel Serventich por el día 13 de septiembre de 2019.
Artículo 3º: El presente se dicta ad-referéndum del Honorable Concejo Deliberante.
Artículo 4º: Comuníquese, etc.-
sa
Decreto nº 256
Mar del Plata, 16 de septiembre de 2019.-
VISTO
La visita a Mar del Plata del Profesor Carlos Cullen; y
CONSIDERANDO:
Que el presente reconocimiento tiene por objeto destacar la presencia del insigne Profesor Carlos Cullen en el Instituto Superior de Formación Docente nº 19 el día 20 de septiembre del corriente.
Que el Profesor Carlos Cullen fue uno de los fundadores del Polo Argentino de la Filosofía de la Liberación y del grupo “Encuentros de Pensamiento y Cultura”, promotor del programa Diálogo Norte-Sur y miembro de la Asociación de Filosofía intercultural.
Que desde comienzos de la década del setenta, Carlos Cullen es uno de los principales exponentes argentinos del pensamiento filosófico latinoamericano contemporáneo, acentuando el carácter liberador de la filosofía, a través de un intenso diálogo crítico con el pensamiento occidental nordeurocéntrico, especialmente con la filosofía de G. W. F. Hegel.
Que ha sido Profesor Asociado de Ética en la Carrera de Filosofía y de Filosofía de la Educación en Ciencias de la Educación de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Buenos Aires (UBA).
Que, además, es Profesor Titular de Problemas Filosóficos en Psicología en la Facultad de Psicología de la UBA y profesor en distintas maestrías del país y docente invitado en diversas universidades de Latinoamérica: México, Colombia, Chile, Uruguay, El Salvador, entre otras.
Que entre sus publicaciones se destacan: Fenomenología de la crisis moral. Sabiduría de la experiencia de los pueblos (1978), Reflexiones desde América (1986-1987, tres tomos), Críticas de las razones de educar (1997), Autonomía moral, participación democrática y cuidado del otro (1999, 2da edición), Perfiles ético-políticos de la educación (2002), Entrañas éticas de la identidad docente (2009), y de más de 100 artículos y colaboraciones en obras colectivas, publicadas en el país y en el extranjero.
Que por lo manifestado precedentemente, se otorga el título “Visitante Notable” de Mar del Plata al Profesor Carlos Cullen, en ocasión de su presencia en la ciudad para participar de la charla “Los desafíos de una educación al servicio del Pueblo”, en reconocimiento a su valioso aporte a la cultura y al pensamiento crítico y democrático.
Que varios señores concejales han prestado acuerdo para el dictado del presente acto administrativo.
Por ello y ad referéndum del H. Cuerpo, EL PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DECRETA
Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon declara “Visitante Notable” de Mar del Plata al Profesor Carlos Cullen, en ocasión de su presencia en la ciudad para participar de la charla “Los desafíos de una educación al servicio del Pueblo” el día 20 de septiembre de 2019, en reconocimiento a su valioso aporte a la cultura y al pensamiento crítico y democrático.
Artículo 2º.- Entréguese copia de la presente, con sus fundamentos, al Profesor Carlos Cullen en el transcurso de la actividad programada para el día 20 de septiembre de 2019 en el Instituto Superior de Formación Docente nº 19.
Artículo 3º.- El presente Decreto se dicta ad referéndum del H. Cuerpo.
Artículo 4º.- Comuníquese, etc.-
Decreto n° 257
Mar del Plata, 18 de septiembre de 2019
Visto el Decreto D-2332 sancionado por el H. Cuerpo el día 5 de septiembre próximo pasado, y
CONSIDERANDO
Que por el mismo se determina convocar a una Jornada de Trabajo, a fin de debatir la necesidad de reducir los costos de implementación de la Ordenanza nº 20002, que regula los instrumentos básicos para la gestión adecuada de los residuos voluminosos generados por los comercios establecidos en el Partido.
Que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3º del mencionado Decreto, la Comisión de Labor Deliberativa determinará la fecha y hora de realización de la Jornada de Trabajo.
Por ello, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DECRETA
Artículo 1º.- Fíjase para el día 23 de septiembre de 2019 a las 10:30 horas, la realización de una Jornada de Trabajo en el Recinto de Sesiones “C.P.N. Carlos Mauricio Irigoin”, a fin de debatir la necesidad de reducir los costos de implementación de la Ordenanza nº 20002, que regula los instrumentos básicos para la gestión adecuada de los residuos voluminosos generados por los comercios establecidos en el Partido.
Artículo 2º.- A efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto D-2332, intervenga el Departamento de Prensa y Protocolo.
Artículo 3º.- Comuníquese, etc.
pad
Decreto nº 258
Mar del Plata, 18 de septiembre de 2019.-
VISTO:
La presencia en la ciudad de Mar del Plata de la Srta. Cristina Pato, destacada gaitera internacional que se presentará en la 10º Xuntanza de Gaiteros, organizada por el Centro Gallego de Mar del Plata, en el marco del mega evento “Mar del Plata, Capital Cultural de la Galicia Exterior 2019" y;
CONSIDERANDO:
Que la Srta. Cristina Pato, es una joven gallega de 39 años de edad, que a los 6 años ingresó en la Real Banda de Gaitas de Orense, participando como solista y actuando en numerosas ciudades de Europa y América del Norte.
Que a los 18 años, ya había publicado su primer disco, convirtiéndose en la primera mujer en grabar un disco como solista gaitera en España.
Que Cristina Pato, es Doctor of Musical Arts por la Mason Gross School of the Arts de la Rutgers University (EE.UU.), donde estudió becada por la Fundación Barrié de la Maza. Doctorada con honores, la Mason Gross School of the Arts de la Rutgers University le concede la Edna Mason Scholarship y el premio Irene Alm Memorial Prize a la excelencia como investigadora e intérprete.
Que la destacada artista, posee además la Titulación Superior de Piano, la Titulación Superior de Teoría de la Música, Transporte y Acompañamiento y la Titulación Superior de Música de Cámara, todas ellas por el Conservatorio Superior de Música del Liceo de Barcelona. Además ha realizado el Máster en Artes Digitales de la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona especializándose en Composición (música digital, electroacústica).
Que en el año 2017, fue reconocida al recibir un Grammy junto a la banda Silk Road Ensemble con la que colabora en New York. Ese mismo año recibió la medalla de Castelao, en Galicia.
Que en 2019, le fue asignada la Cátedra Juan Carlos I de Cultura y Civilización Española en la New York University.
Que en el marco del mega evento "Mar del Plata, Capital Cultural de la Galicia Exterior 2019", el sábado 21 de septiembre, se realizará un espectáculo, de carácter libre y gratuito para todo público, en dicha ocasión se presentará la gaitera gallega Cristina Pato, quien nos honrará con su música.
Que el presente acto administrativo cuenta con despacho favorable y unánime de la Comisión de Educación y Cultura
Por ello, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DECRETA
Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon declara “Visitante Notable” de Mar del Plata a la Srta. Cristina Pato, destacada gaitera internacional que se presentará en la 10º Xuntanza de Gaiteros, en el marco de "Mar del Plata, Capital Cultural de la Galicia Exterior 2019", a realizarse el 21 de septiembre en el Teatro Payró.
Artículo 2º.- Entréguese copia del presente en el evento mencionado a la Srta. Cristina Pato.
Artículo 3º.- Comuníquese, etc.-
Decreto nº 259
Mar del Plata, 18 de septiembre de 2019.-
VISTO:
La realización del evento "Mar del Plata, Capital Cultural de la Galicia Exterior 2019”, en nuestra ciudad y;
CONSIDERANDO:
Que el mismo se llevará a cabo durante los meses de septiembre y octubre y constará de actividades de índole cultural-gastronómico gallego.
Que toda la comunidad marplatense podrá disfrutar del mencionado evento Cultural Gallego, donde habrá expresiones de arte plástica, exposición fotográfica, películas, cortos premiados internacionalmente, música, baile y hasta un obradoiro de cocina gallega.
Que en el 2018 se comenzó a trabajar de forma directa con el gobierno autonómico de la Xunta de Galicia para que se pudiera realizar por primera vez en la ciudad, teniendo en cuenta la gran cantidad de gallegos y sus descendientes viviendo en la ciudad y la zona.
Que finalmente se armó este mega evento con varios objetivos como: promocionar el turismo y la cultura gallega; promocionar la gastronomía gallega; estrechar lazos entre Galicia y la Ciudad de Mar del Plata; promocionar el año Santo Xacobeo 2020; brindar espectáculos y exhibiciones al público en general de manera libre y gratuita, y reunir alrededor de 200 artistas del país y locales.
Que el acontecimiento "Mar del Plata, Capital Cultural de la Galicia Exterior 2019” contará con las presencias del Presidente de la Xunta de Galicia, acompañado por un grupo de funcionarios de su gobierno, entre ellos el Secretario de la Emigración; el Consejero de Turismo; el Consejero de Cultura, el representante de la Xunta de Galicia para Argentina y Uruguay y cabe la posibilidad de que asistan el Embajador de España en Argentina como el Cónsul General.
Que el presente acto administrativo cuenta con despacho favorable y unánime de la Comisión de Educación y Cultura
Por ello, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DECRETA
Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon declara de su interés el evento "Mar del Plata, Capital Cultural de la Galicia Exterior 2019", que se llevará a cabo entre los meses de septiembre y octubre en nuestra ciudad.
Artículo 2º.- Entréguese copia del presente al Presidente del Centro Gallego de Mar del Plata, el día 20 de septiembre de 2019.
Artículo 3º.- Comuníquese, etc.-
Decreto nº 260
Mar del Plata, 18 de septiembre de 2019.-
VISTO:
La presencia en la ciudad de Mar del Plata del Dr. Alberto Núñez Feijoó, Presidente de la Xunta de Galicia, destacado representante político, con motivo del evento "Mar del Plata, Capital Cultural de la Galicia Exterior 2019”, el día 20 de septiembre y;
CONSIDERANDO:
Que el Dr. Alberto Núñez Feijoó, preside el gobierno autonómico de Galicia desde el año 2009, habiendo sido funcionario público del mismo desde el año 1985.
Que en 2016 Núñez Feijóo se presentó por tercera vez consecutiva a las elecciones al Parlamento gallego. El 25 de septiembre de 2016 revalidó la mayoría absoluta del PPdeG, conservando el mismo número de escaños que en la legislatura anterior y doblando los resultados obtenidos por la segunda lista más votada, la de En Marea. De este modo se convirtió en el único presidente autonómico de ese momento en España gobernando con mayoría absoluta.
Que Galicia es una comunidad autónoma española, considerada nacionalidad histórica según su Estatuto de Autonomía, situada en el noroeste de la península ibérica. Está formada por las provincias de La Coruña, Lugo, Orense y Pontevedra.
Que Mar del Plata, es una de las ciudades que ha recibido a un importante número de inmigrantes “gallegos”, quienes eligieron como lugar de residencia estableciéndose con sus familias, trayendo consigo su historia, su cultura y costumbres que trasciende en las futuras generaciones.
Que el Dr. Núñez Feijoó trabaja incesantemente por mantener esos lazos fraternales entre la ciudad de Mar del Plata y Galicia y siempre ha estado muy presente para la colectividad gallega en Argentina en general, y en particular para con esta ciudad a la cual le ha demostrado un gran aprecio.
Que como en otras ocasiones nos honra la visita del Dr. Alberto Núñez Feijoó, Presidente de la Xunta de Galicia, quien nos deleitará con su presencia en dicho evento cultural.
Que el presente acto administrativo cuenta con despacho favorable y unánime de la Comisión de Educación y Cultura.
Por ello, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DECRETA
Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon declara “Visitante Notable” de Mar del Plata al Dr. Alberto Núñez Feijoó, Presidente de la Xunta de Galicia, destacado representante político, quien visitará nuestra ciudad por el evento "Mar del Plata, Capital Cultural de la Galicia Exterior 2019”.
Artículo 2º.- Entréguese copia del presente en el mencionado evento al Presidente de la Xunta de Galicia Dr. Alberto Núñez Feijoó.
Artículo 3º.- Comuníquese, etc..-