Boletines/General Pueyrredon

Ordenanza Nº24264

Ordenanza Nº 24264

General Pueyrredon, 17/09/2019

ORDENANZA

Expediente D.E.: 10777-8-2019

Expediente H.C.D.: 1893-U-19

Nº de registro: O-18630

Fecha de sanción: 13/09/2019

Fecha de promulgación: 17/09/2019

Decreto de promulgación: 2275

 

 

ORDENANZA Nº 24264

 

 

Artículo 1º.- Modifícase el artículo 5º de la Ordenanza n° 21481, el que quedará redactado de la siguiente forma:

 

Artículo 5º.- Exímese del pago de derechos de uso y gastos operativos de los escenarios deportivos municipales a clubes del Partido de General Pueyrredon, siempre que participen en competencias oficiales de la máxima categoría de cada deporte, que forme parte del calendario oficial de cada año.

Asimismo, exímese del pago de derechos de uso y gastos operativos de los escenarios deportivos municipales, por los partidos y entrenamientos oficiales, a aquellos clubes del Partido de General Pueyrredon que participen en los Torneos organizados por la Asociación del Fútbol Argentino (A.F.A.), Primera División, Nacional B, Argentino A y B, Copa Argentina (y/o las designaciones que en el futuro reciban estos torneos); y aquellos clubes del Partido de General Pueyrredon que participen de la Liga Nacional de Básquetbol; Liga Argentina de Básquetbol y/o cualquier otro Torneo organizado por la Asociación de Clubes de Básquetbol (A.D.C.), siempre que hayan accedido a los mismos como resultado de clasificación regular.

Los clubes que accedan al presente beneficio no deberán poseer deuda alguna con el EMDER, por uso de los escenarios municipales. Asimismo, deberán incorporar en la indumentaria deportiva de sus equipos, leyendas identificatorias del Municipio de General Pueyrredon, en la forma que éste determine y entregar al EMDER ciento cincuenta (150) entradas de cortesía por cada encuentro que  dispute, las que serán entregadas a escuelas, entidades de bien público, etc.”

 

Artículo 2º.- Comuníquese, etc.-

 

 

Tonto                                                                                                                         Sáenz Saralegui

López Silva                                                                                                                              Arroyo