Boletines/General Villegas
Resolución Nº 322/19
General Villegas, 12/04/2019
Visto
El Expediente Nº 5021/16, iniciado por la señora Silvina Marta Carelli, solicitando la habilitación municipal de un comercio dedicado a la explotación del rubro “Pinturería”, desde el día 20 de abril de 2016; y
Considerando
Que por Expediente Nº 5021/16 Alcance 1, agregado al principal como foja 22, la titular del comercio informa el traslado de la actividad comercial al local sito en calle Pueyrredón Nº 102 de esta ciudad, a partir del 14 de noviembre de 2016.
Que a fojas 39 y 40, obra el Acta de Inspección Nº 4862 y el Censo de Comercio e Industria Nº 5136, mediante los cuales declara no poseer empleados en relación de dependencia.
Que a fojas 48, el Departamento Catastro informa los datos del inmueble e indica que registra plano de obra aprobado.
Que a fojas 55 y 76, la División Comercio e Inspección solicita se registre la habilitación y posteriormente el traslado del comercio.
Que a fojas 66 Departamento de Rentas informa que no posee deuda.
Que de las constancias obrantes en el mismo, surge que cumplimenta totalmente los requisitos exigidos por la Ordenanza Nº 3666.
Que a fojas 80 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.
Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la habilitación de un comercio dedicado a la explotación del rubro “Pinturería”, denominación comercial “La Toscana”, perteneciente a la señora Silvina Marta Carelli, DNI Nº 14.912.930, Codificador de Rentas Nº 62600-01, no contando con empleados en relación de dependencia, en el local comercial sito en calle Int. Goedelmann Nº 870 de esta ciudad, NIS Nº 1052748-01 - T1R - Residencial, individualizado catastralmente como Circunscripción II, Sección B, Quinta 134, Parcela 2, a partir del día 20 de abril de 2016.
ARTÍCULO SEGUNDO: Regístrese el traslado del comercio mencionado en el artículo primero, al local comercial sito en calle Pueyrredón Nº 102 de esta ciudad, NIS Nº 1047822-06 - T1R - Residencial, individualizado catastralmente como Circunscripción I, Sección A, Manzana 13, Parcela 8a, a partir del 14 de noviembre de 2016.
ARTÍCULO TERCERO: Lo dispuesto en la presente resolución queda supeditado al cumplimiento de los requisitos nacionales, provinciales y/o municipales vigentes en la materia.
ARTÍCULO CUARTO: Hágase saber que es obligación del contribuyente comunicar al Municipio cualquier cambio de la situación dentro de los treinta (30) días, caso contrario quedará sin efecto la presente habilitación.
ARTÍCULO QUINTO: Deléguese en la Oficina de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.
ARTÍCULO SEXTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Seguridad, División Comercio e Inspección, Dirección de Rentas, División Centro de Cómputos, Procesamiento de la Recaudación y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.