Boletines/General Villegas

Decreto Nº667/19

Decreto Nº 667/19

General Villegas, 25/04/2019

Visto

El Expediente Nº 3052/19, iniciado por el Director de Servicios Urbanos, solicitando se aplique una sanción disciplinaria al agente Flavio Manuel Muñoz, DNI Nº 32.102.386, Legajo Personal Nº 4813, en razón de las inasistencias injustificadas entre el 18 de febrero y el 13 de marzo de 2019, acompañando la notificación cursada; y

Considerando

Que la Dirección de Recursos Humanos interviene de 5 a 7, informando situación de revista y antecedentes obrantes en el legajo personal.

Que se adjuntó copia de los Expedientes Nº 3530/18, 10074/18, 13354/18, 13461/18 y 294/19, mediante los cuales el Director de Servicios Urbanos informa las inasistencias injustificadas del agente Muñoz y la solicitud de aplicación de medidas disciplinarias.

Que conforme lo informado por la Asociación Sindical de Trabajadores Municipales de General Villegas, el agente Flavio Manuel Muñoz, resultó electo en carácter de delegado.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos interviene a fojas 73 y 74, sugiriendo dictar el acto administrativo pertinente mediante el cual se autorice a instar el procedimiento de exclusión de tutela sindical, para posteriormente aplicar las sanciones disciplinarias y/o expulsivas que el accionar del agente amerite.

Que el artículo 102 de la Ordenanza Nº 5647/16 regulatoria del Régimen de empleo público para el Personal de la Municipalidad de General Villegas, establece que las obligaciones y prohibiciones del personal transitorio son las prevista por los artículos 65º y 66º respectivamente.

Que el artículo 103 prevé las sanciones disciplinarias y expulsivas que puede ser pasible el personal transitorio.

Que conforme lo dispuesto por el artículo 65º inciso a, el agente tiene la obligación de prestar personal y eficientemente el servicio en las condiciones de tiempo, forma, lugar y modalidad determinados por la autoridad competente, cuyo incumplimiento por más de 15 días en el lapso de 12 meses inmediatos anteriores puede derivar en la imposición de una sanción expulsiva (artículo 69 inciso h).

Que la Ley Nº 23.551 en su artículo 48 establece que los delegados sindicales no podrán ser suspendidos, modificadas sus condiciones de trabajo, ni despedidos durante el tiempo que dure el ejercicio de su mandato y hasta un año más, salvo que mediare justa causa y se obtenga la exclusión de la tutela sindical conforme el procedimiento dispuesto por el el artículo 52.

Que el agente Flavio Manuel Muñoz, registra más de 40 inasistencias injustificadas desde el mes de enero de 2018 a la fecha, incumpliendo con su obligación principal de presentarse a ejecutar las tareas que le asigna su superior.

Que corresponde dictar el acto adminsitrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Autorícese a la Dirección de Asuntos Jurídicos a instar el procedimiento sumarísimo de exclusión de tutela sindical del agente Flavio Manuel Muñoz, DNI Nº 32.102.386, Legajo Personal N° 4813, con el objeto de iniciar las acciones administrativas que permitan adoptar las sanciones disciplinarias y/o expulsivas correspondientes, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 65 inciso a), 69 inciso h), 102, 103 siguientes y concordantes de la Ordenanza N° 5647 y 48 y 52 de la Ley 23.551.

ARTÍCULO SEGUNDO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Dirección de Recursos Humanos, Departamento Personal y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.