Boletines/Chascomús

Resolución Nº282/19

Resolución Nº 282/19

Chascomús, 26/08/2019

Visto

El Expediente Administrativo Nº 4030-144889/M s/ Solicitud de habilitación de unidad vehicular, iniciado por la señora Moreno, Yamila Andrea DNI: 32.279.696 a favor del señor Guevara José Luis, DNI 27.328.302; y

Considerando

Que la solicitud de Habilitación para prestar servicio como “Remis” en la agencia “DM REMIS” de nuestra ciudad de la unidad vehicular marca Chevrolet Corsa II GLD, Dominio: FYC 002de acuerdo a Ordenanzas Nº 3593/06, 1219/80 y Nº 2594/95 fue efectuado porla señora  MORENO, Yamila Andrea; DNI: 32.279.696, a favor de su titular, el Señor Guevara José Luis; DNI 27.328.302 y;

Que el peticionante ha presentado la documentación exigida para la habilitación peticionada;

Que corresponde hacer saber al peticionante que resulta una obligación mantener actualizada la documentación presentada durante el período de habilitación, es decir recibo de pago de patente, Póliza de seguro, Verificación Técnica vehicular y Licencia de conducir;

Que en caso de no efectuarse la actualización pertinente quedará sin efecto la  correspondiente habilitación;

Que, asimismo resulta obligatorio que el vehículo cuente con los siguientes elementos: cinturones de seguridad en todos los asientos, matafuego y botiquín de primeros auxilios;

Que es necesario dictar el acto administrativo correspondiente;

Por ello, el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín) que suscribe en uso de sus atribuciones.

RESUELVE

ARTICULO 1º.- La habilitación de la unidad vehicular marca Chevrolet Corsa II GLD, Dominio: FYC 002,propiedad del señor Guevara, José Luis, tramitada mediante Expediente Administrativo Nº 4030-144889/M, para prestar servicio como “REMIS” en la agencia “DM Remis” de nuestra ciudad, de acuerdo a Ordenanzas Nº 3593/06, 1219/80 y Nº 2594/95  que regulan la habilitación de los remises.-

ARTICULO 2°.- Establécese  que  el  vehículo  deberá  contar  en forma obligatoria con los siguientes elementos: cinturones de seguridad en todos los asientos, matafuego y botiquín de primeros auxilios.  Asimismo declárese obligatorio para el peticionante mantener actualizada la documentación presentada durante el período de habilitación: Recibos de pago del impuesto automotor, Póliza de seguro, Verificación Técnica vehicular y Licencia de conducir, debiendo presentarse la misma en el área de habilitaciones de la Municipalidad bajo caducidad de la habilitación.-

ARTICULO 3°.- El  vencimiento  de la presente habilitación es el día 30 de  Agosto de 2020 de acuerdo a título V, Artículo 10, Ordenanza Impositiva.-

ARTICULO 4°.- Notifíquese a Habilitaciones, Propietario y Honorable Concejo Deliberante.

ARTICULO 5º.- Cúmplase,   publíquese,   dese   al   Registro Municipal   y archívese.-