Boletines/Chascomús
Resolución Nº 260/19
Chascomús, 05/08/2019
Visto
El Expediente Administrativo Nº 4030-144087/R caratulado “Solicitud de autorización para reducir restos del MAUSOLEO-E-A-593-735 para su cremación” iniciado por RUFRANCOS Fernando J.; y
Considerando
Que a fs. 2 el señor RUFRANCOS Fernando Jorge DNI: 13.934.909 solicita autorización para reducir los restos de quienes en vida fueran sus abuelos maternos: BREGAR Antonio (fallecido el 12/07/1994); TICAR Josefa (fallecida el 02/01/1996); de su tío: BREGAR Antonio (fallecido el 07/12/1982) y de BREGAR Josefina (fallecida el 06/10/1979) todos inhumados en un mausoleo identificado como: MAUSO-E-A-593-735 Cta. E 3/735 para su cremación.
Que el peticionante ha acreditado el vínculo invocado (v. fs. 10) y se ha constatado que no se registra deuda por Tasas del Mausoleo de referencia.
Que habiéndose presentado la documentación requerida por la Ordenanza 1161 y modificatorias la Asesoría letrada dictaminó que podrá autorizarse la solicitud efectuada, procediéndose al retiro de los restos de quienes en vida fueran: BREGAR Antonio (fallecido el 12/07/1994); TICAR Josefa (fallecida el 02/01/1996); BREGAR Antonio (fallecido el 07/12/1982) y BREGAR Josefina (fallecida el 06/10/1979), todos inhumados en un mausoleo identificado como: MAUSO-E-A-593-735 Cta. E 3/735 conforme lo peticionado, debiendo cumplimentarse con el procedimiento correspondiente que será indicado por la Dirección del Cementerio.
Por ello el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonszín) que suscribe, en uso de sus atribuciones.
RESUELVE
ARTICULO 1º.- Autorícese el retiro de restos del cementerio municipal de quienes en vida fueran: BREGAR Antonio (fallecido el 12/07/1994); TICAR Josefa (fallecida el 02/01/1996); BREGAR Antonio (fallecido el 07/12/1982) y BREGAR Josefina (fallecida el 06/10/1979), todos inhumados en un mausoleo identificado como: MAUSO-E-A-593-735 Cta. E 3/735, si correspondiere, conforme lo indique el personal especializado del Cementerio Municipal, quienes procederán en consecuencia.
ARTICULO 2º.- Notifíquese a la Dirección de Ingresos Públicos, Cómputos, Cementerio, peticionante y Honorable Concejo Deliberante.-
ARTICULO 3º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-