Boletines/Chascomús

Decreto Nº764/19

Decreto Nº 764/19

Chascomús, 30/08/2019

AMPLIACIONES PRESUPESTARIAS

Visto

La necesidad de incorporar al presupuesto recursos con afectación específica, no consideradas en el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos Vigente; y

Considerando

Que resulta necesario ampliar el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos del Ejercicio 2019, incorporando los recursos con afectación específica comunicados y no considerados en el cálculo de recursos vigente.

Que mediante la Ordenanza 5343/19 se convalidó el Acta Acuerdo suscripta con el Ministerio de Educación Cultura, Ciencia y Tecnología de la Nación.

Que en dicho acuerdo, la Nación se comprometió a brindar el asesoramiento técnico y el financiamiento para la culminación de la Obra “Establecimiento Jardín de Infantes Nº908”, y el Municipio se comprometió a gestionar las contrataciones necesarias para la finalización de la misma, por un importe de Pesos Diez Millones Ochocientos Setenta y Nueve Mil Doscientos Cincuenta y Ocho con 42/100 ($10.879.258,42). Que dicho monto fue ampliando posteriormente por la addenda al mismo a la suma de Pesos Dieciocho Millones Trescientos Veintiún Mil Ochocientos Noventa y Uno con 58/100 ($18.321.891,58).

Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones.

DECRETA

ARTICULO 1º.- Créese el proyecto de inversión y amplíese el crédito de las partidas parciales que  se enumeran a continuación, de acuerdo al siguiente detalle:

Estructura Programática

Fuente de Financiamiento

Imputación

Importe

1110113000 - 36.74.00 – Construcción Jardín de Infantes Nº908

133 - De origen nacional

4.2.1.0 – Construcciones en bienes de dominio privado.

18.321.891,58

 

 

Total Gastos:

18.321.891,58

ARTICULO 2°.- Créese y amplíese el Cálculo de Recursos en el rubro que se enumera a continuación, de acuerdo al siguiente detalle:

JURISD.

RUBRO

IMPORTE

1110111000

22.2.01.02 – Conv. Min. Educación C. C. y T.–  Jardín Nº908 San Cayetano

18.321.891,58

 

 

 

 

Total

18.321.891,58

         

ARTICULO 3°.- Notifíquese a Secretaría Privada, Contaduría, Dirección de Presupuesto y Honorable Concejo Deliberante.-

ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-

ARTICULO 5º.- Cúmplase,  publíquese,  dese  al  Registro  Municipal  y archívese.-