Boletines/Chascomús
Decreto Nº 764/19
Chascomús, 30/08/2019
AMPLIACIONES PRESUPESTARIAS
Visto
La necesidad de incorporar al presupuesto recursos con afectación específica, no consideradas en el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos Vigente; y
Considerando
Que resulta necesario ampliar el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos del Ejercicio 2019, incorporando los recursos con afectación específica comunicados y no considerados en el cálculo de recursos vigente.
Que mediante la Ordenanza 5343/19 se convalidó el Acta Acuerdo suscripta con el Ministerio de Educación Cultura, Ciencia y Tecnología de la Nación.
Que en dicho acuerdo, la Nación se comprometió a brindar el asesoramiento técnico y el financiamiento para la culminación de la Obra “Establecimiento Jardín de Infantes Nº908”, y el Municipio se comprometió a gestionar las contrataciones necesarias para la finalización de la misma, por un importe de Pesos Diez Millones Ochocientos Setenta y Nueve Mil Doscientos Cincuenta y Ocho con 42/100 ($10.879.258,42). Que dicho monto fue ampliando posteriormente por la addenda al mismo a la suma de Pesos Dieciocho Millones Trescientos Veintiún Mil Ochocientos Noventa y Uno con 58/100 ($18.321.891,58).
Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones.
DECRETA
ARTICULO 1º.- Créese el proyecto de inversión y amplíese el crédito de las partidas parciales que se enumeran a continuación, de acuerdo al siguiente detalle:
Estructura Programática |
Fuente de Financiamiento |
Imputación |
Importe |
1110113000 - 36.74.00 – Construcción Jardín de Infantes Nº908 |
133 - De origen nacional |
4.2.1.0 – Construcciones en bienes de dominio privado. |
18.321.891,58 |
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Total Gastos: |
18.321.891,58 |
ARTICULO 2°.- Créese y amplíese el Cálculo de Recursos en el rubro que se enumera a continuación, de acuerdo al siguiente detalle:
JURISD. |
RUBRO |
IMPORTE |
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1110111000 |
22.2.01.02 – Conv. Min. Educación C. C. y T.– Jardín Nº908 San Cayetano |
18.321.891,58 |
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Total |
18.321.891,58 |
ARTICULO 3°.- Notifíquese a Secretaría Privada, Contaduría, Dirección de Presupuesto y Honorable Concejo Deliberante.-
ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-
ARTICULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-