Boletines/Chascomús
Decreto Nº 740/19
Chascomús, 16/08/2019
PRORROGA APERTURA SOBRES LICITACION PUBLICA N° 6/19
Visto
La Licitación Pública 6/2019 tramitada en Expediente Administrativo Nº 4030-142956/M caratulado “Plan de Bacheo – Etapa I Calle Garay Licitación Pública 6/19”; y
Considerando
Que a través del Decreto Nº 676/2019 se realizó el llamado de la misma, fijándose la fecha de apertura de los sobres con las ofertas y antecedentes para el día 21 de Agosto de 2019;
Que el llamado se publicó en el Boletín Oficial y en un diario de ésta ciudad;
Que, en virtud de las circunstancias económica actuales luego de la devaluación de la moneda producida desde el día 12 de Agosto a la fecha, y ante el grado de incertidumbre respecto a los precios de los insumos necesarios para concretar la obra de bacheo, desde la Oficina de Compras se considera necesario extender el plazo de apertura de las ofertas;
Que tratándose de la prórroga para la presentación de las ofertas y apertura de los sobres corresponde dictar el pertinente acto administrativo que así lo disponga notificándose a los adquirentes de los Pliegos que cuentan con plazo para efectuar la presentación de sus ofertas hasta el día 09 de Septiembre a las 9:00 horas, en que se llevará a cabo la apertura de los sobres con las ofertas.
Que la Dirección de Asuntos Legales dictaminó que es posible prorrogar la fecha de apertura de los sobres notificándose a los adquirentes de los Pliegos.
Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO 1º.- Prorróguese la fecha de apertura de los sobres con las ofertas y antecedentes de la Licitación Pública Nº 6/2019 para la obra “Plan de Bacheo – Etapa I Calle Garay” establecida por Decreto 676/19, fijándose la misma para el día 09 de Septiembre a las 9:00 horas en las instalaciones del Palacio Municipal, sito en calle Cramer Nº 270.
ARTICULO 2°.- Notifíquese a Secretaría Privada, Secretaría de Servicios, Contaduría, Compras, adquirentes de pliegos a través de la Dirección de Compras y Honorable Concejo Deliberante.-
ARTICULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-
ARTICULO 4º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-