Boletines/Nueve de Julio
Ordenanza Nº 6151/19
Nueve de Julio, 26/09/2019
LOTE PROGRAMA “PLAN FAMILIA PROPIETARIA” - AUTORIZA A ESCRITURAR.
VISTO:
Las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 4082-1048/2017.
CONSIDERANDO:
Que de conformidad al boleto de compraventa obrante a fs. 44 resulta adjudicatario el señor ROBERTO IGNACIO PASTOR (D.N.I. Nº 34.717.581), aclarando que el lote se encuentra pago. Que del informe de fs. 59/61 surge que el grupo familiar habita el inmueble construído en el lote en cuestión. Que a fs. 50/54 se constata la construcción en el lote se considera cumplido el cargo de construcción. Que de conformidad al Artículo 54 y concordantes de la ley Orgánica de las Municipalidades corresponde al Honorable Concejo Deliberante autorizar la venta de bienes de la Municipalidad.
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Autorízase al Señor Intendente Municipal conjuntamente con la Escribanía General de Gobierno a extender la escritura traslativa de dominio del inmueble identificado catastralmente como Circunscripción XV, Sección B, Chacra 160, Manzana 160c, Parcela 13 de la ciudad de 9 de Julio perteneciente al Programa “Plan Familia Propietaria”, en favor del señor ROBERTO IGNACIO PASTOR (D.N.I. Nº 34.717.581).
ARTICULO 2º: Declárese de Interés Social en los términos del Artículo 4º inciso d) de la Ley 10.830 la escrituración de la venta del lote a favor de los beneficiarios procediéndose a su escrituración por ante la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, autorizándose a escriturar el inmueble objeto de la presente con gravamen hipotecario de primer grado a favor de la Municipalidad de 9 de Julio.
ARTÍCULO 3º: En la escritura deberá dejarse constancia que “el beneficiario no podrá transferir el lote por el término de cinco (5) años, bajo condición resolutoria y que se compromete a que la construcción levantada en el terreno entregado será destinada a vivienda única y de ocupación permanente del grupo familiar. Su incumplimiento dará derecho a la revocación del dominio mediante retrocesión”.
ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.