Boletines/Nueve de Julio
Decreto Nº 3267/19
Nueve de Julio, 23/09/2019
ASOCIACIÓN BOMBEROS VOLUNTARIOS - TRANSFERENCIA.
Visto
Lo dispuesto en el Capítulo XXI, Artículo 192 de la Ordenanza Fiscal vigente.
Los informes de los funcionarios intervinientes, obrantes en el Expte Nº 4082-129/2010.
Considerando
Que resulta necesario determinar el monto recaudado en concepto de la Tasa para Bomberos Voluntarios que será transferido a las distintas Asociaciones de Bomberos Voluntarios. Los fondos que quedaron afectados del ejercicio anterior
Por ello, el Intendente Municipal de 9 de Julio, en uso de sus atribuciones, DECRETA:
ARTICULO 1º: Establécese según el informe que se percibió en el periodo 01/07/2019 al 31/08/2019 un total de pesos trescientos veintitres mil doscientos cincuenta y seis con 92/100 ($ 323.256,92) en concepto de Tasa por Bomberos Voluntarios y un total de pesos veintisiete mil cuatrocientos ochenta y tres con 85/100 ($ 27.483,85) en concepto de Tasa por Bomberos Voluntarios Ejercicios Anteriores. Teniendo en cuenta el costo de cobranza y los gastos administrativos (comisión bocas de cobranza más gastos administrativos) el importe a distribuir total pasaría a ser de pesos trescientos dieciocho mil cuatrocientos ocho 07/100 ($ 318.408,07) y de veintisiete mil cincuenta y uno con 79/100 ($ 27.051,79). Dicha suma contiene la deducción de los gastos administrativos y financieros correspondientes al bimestre.
ARTICULO 2º: Transfiérase a las siguientes Asociaciones el porcentaje de la suma determinada en el Artículo 1º que se indica a continuación:
Tasa por Bomberos Voluntarios:
- Asociación Cooperadora de Bomberos Voluntarios de Facundo Quiroga.- Entidad de Bien Público Nº 2: 14,25 %, equivalente a la suma de pesos cuarenta y cinco mil trescientos setenta y tres con 15/100 ($ 45.373,15).
- Asociación Bomberos Voluntarios de Dudignac.- Entidad de Bien Público Nº 58: 13,76 %, equivalente a la suma de pesos cuarenta y tres mil ochocientos doce con 95/100 ($ 43.812,95).
- Asociación Bomberos Voluntarios de 9 de Julio.- Entidad de Bien Público Nº 41: 71,99 %, equivalente a la suma de pesos doscientos veintinueve mil doscientos veintiuno con 97/100 ($ 229.221,97).
Tasa por Bomberos Voluntarios Ejercicios anteriores:
- Asociación Cooperadora de Bomberos Voluntarios de Facundo Quiroga.- Entidad de Bien Público Nº 2: 14,25 % equivalente a la suma de pesos tres mil ochocientos cincuenta y siete con 70/100 ($ 3.857,70).
- Asociación Bomberos Voluntarios de Dudignac.- Entidad de Bien Público Nº 58: 13,76 %, equivalente a la suma de pesos tres mil setecientos veinticinco con 05/100 ($ 3.725,05).-
- Asociación Bomberos Voluntarios de 9 de Julio-Entidad de Bien Público Nº 41: 71,99%, equivalente a la suma de pesos diecinueve mil cuatrocientos ochenta y ocho con 84/100 ($ 19.488,84)
ARTICULO 3º: Impútase a 1110112000 Secretaria de Administración y Hacienda- Programa 20 Administración integrada de los Recursos Reales y Financieros – Actividad 03 Ingresos Públicos.
ARTICULO 4º: Refrenda el presente Decreto el Señor Secretario de Administración y Hacienda.
ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda y regístrese.