Boletines/Nueve de Julio
Ordenanza Nº 6135/19
Nueve de Julio, 12/09/2019
RESOLUCION I.V.B.A. Nº 1810/13 : RATIFICA ADHESION
VISTO: La Ordenanza Nº 5305/2014.
CONSIDERANDO: Que se encuentran en ejecución diferentes conjuntos habitacionales financiados con fondos provinciales, a cuyo efecto han sido suscriptos diferentes convenios con el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires. Que el Instituto de la Vivienda ha dictado la Resolución Nº 1810/13 y modificatorias, mediante la cual estableció un procedimiento de adecuación de los montos que financia en las diferentes operatorias vigentes que no prevén otros sistemas regulares de actualización y que las obras referidas en el primer considerando se encuentran alcanzadas por la resolución mencionada.
Que el artículo 16 de la Resolución IVBA Nº 1810/13 establece como requisito que en la primera solicitud los Municipios acompañen Ordenanza de adhesión a la resolución.
Que la Municipalidad de 9 de Julio adhirió a la Resolución IVBA Nº 1810/13 mediante la Ordenanza Nº 5305/2014.
Que corresponde modificar la misma, incorporando autorización al Departamento Ejecutivo a suscribir las addendas que se celebren en el marco de la normativa citada y en caso que se aplique el procedimiento dispuesto por el artículo 13º de la Resolución Nº 1810/13, el anticipo financiero acordado será garantizado con la coparticipación provincial de impuestos.
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Ratifícase la adhesión de la Municipalidad de 9 de Julio a la Resolución Nº 1810/13 y modificatorias, efectuada mediante Ordenanza Nº 5305/2014.
ARTICULO 2º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a suscribir las Addendas a convenios de financiamiento celebrados con el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, destinadas a adecuar los montos de financiamiento en el marco de la Resolución IVBA Nº 1810/13 y modificatorias, de conformidad con el modelo aprobado en el artículo anterior.
ARTICULO 3º: Autorizase a afectar la coparticipación provincial de impuestos en garantía del aporte financiero otorgado por el Instituto en virtud de la operatoria a la que aquí se adhiere.
ARTICULO 4º: Comuníquese al D.E a sus efectos.