Boletines/Quilmes

Ordenanza Nº13262/19

Ordenanza Nº 13262/19

Quilmes, 27/09/2019

VISTO  que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el Nº de Expediente 4091-10080-S-19 ha sancionado la Ordenanza Nº 13262/19 en la Sesión Ordinaria del día 24 de Septiembre de 2019, que dice:

VISTO

El Expte. Nº 4091-10080-S-19. Ref.: Que por Expediente 2019-00045492-QUI-SDMEYA#SLT el señor Pascual Antonio Vono solicita reservar un espacio de estacionamiento para persona con discapacidad en la calzada frente a su domicilio sito en la calle General Alvarez Nº 222 de Bernal, y

CONSIDERANDO:

 Que en los Expedientes de Visto el solicitante ha adjuntado copia del certificado de discapacidad;

Que asimismo, surge de la copia de su Documento Nacional de Identidad adjuntado a los Expedientes de Visto que el mencionado posee domicilio en calle General Álvarez Nº 222 de Bernal:

Que surgen también acreditados los demás requisitos de la Ordenanza Nº 11458/10;

Que la convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada por la Republica Argentina reconoce que la "discapacidad es un concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras debidas a la actitud y al entorno que impiden su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás";

Que la Ley Nacional Nº 22.431 de Sistema de Protección Integral de los Discapacitados (mod. por Ley Nº 24314) dispone en su Artículo 20º: "Establecese la prioridad de la supresión de barreras físicas en los ámbitos urbanos arquitectónicos y del transporte que se realicen o en los existentes que remodelen o sustituyan en forma total o parcial sus elementos constitutivos con el fin de lograr la accesibilidad  para las personas con movilidad reducida.." asimismo el Inciso d) establece: " Estacionamientos: tendrán zonas reservadas y señalizadas para vehículos que transporten personas con movilidad reducida cercanas a los accesos peatonales";

Que la Ley Provincial Nº 10.592 refiere en su Artículo 24º ter. (Texto incorporado por Ley Nº 12614) (Texto según Ley Nº 14824):"Las Vías y espacios libres públicos deben permitir a las personas con movilidad reducida gozar de las adecuadas condiciones de seguridad y autonomía como elemento primordial para el desarrollo de las actividades  de la vida diaria";

Que es obligación del Municipio asegurar a la persona con discapacidad los mismos derechos que sus conciudadanos, para lo cual debe arbitrar los medios para eliminar las situaciones de desventaja que puedan encontrar en el ejercicio de sus derechos, mediante la adopción de medidas especípicas destinada a equiparar oportunidades;

Que a dichos efectos corresponde el dictado de normas, ante situaciones particulares, tendientes a facilitar espacios de estacionamiento para vehículos utilizados por persona con necesidades especiales motoras;

Que resultan de aplicación los Artículos 1º, 3º , 7º y concordantes de la Ordenanza  Nº 11.458/10;

 

ORDENANZA

ORDENANZA Nº  13262/19

EL HONORABLE CONSEJO DELIBERANTE, SANCIONA:

ARTICULO 1º:  RESERVASE   un espacio para estacionamiento exclusivo para discapacitados frente al domicilio sito en calle General Alvarez Nº 222 de Bernal, para su uso por parte del señor Pascual Antonio Vono, de cuatro metros cincuenta centímetros (4,50 m) de largo.

ARTICULO 2º:  ENCOMIENDASE  al Departamento Ejecutivo la  demarcación del cordón y de la capa asfáltica correspondiente a dicho espacio de estacionamiento exclusivo.

ARTICULO 3º:  COMUNIQUESE  a quienes corresponda, dése al Registro General y   ARCHIVESE.

Fdo.: Cdor. JUAN M. BERNASCONI,  Presidente del H.C.D.

Dr. DANIEL A. MARCHI, Secretario Legislativo del H.C.D.

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETA

ARTICULO 1º:  PROMULGASE  la Ordenanza Nº 13262/19 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión del día 24 de Septiembre de 2019.-

ARTICULO 2º: DESE   al Registro General, Publíquese y ARCHIVESE.-

Dr. LEANDRO DE CARLI                                     MARTINIANO MOLINA

Secretario Legal y Técnico                                           Intendente

DECRETO : 2542/2019.-