Boletines/Quilmes

Ordenanza Nº13251/19

Ordenanza Nº 13251/19

Quilmes, 20/09/2019

VISTO que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el Nº de Expediente HCD-0-2-27706-19 ha sancionado la Ordenanza Nº 13251/19 en la Sesión Ordinaria del día 10 de Septiembre de 2019, que dice:

VISTO El Expediente Nº 2-27706-HCD-19, Presentado por el Concejal GUSTAVO MONTES, Ref.: La necesidad de reformar el sentido de circulación de la calle Chacabuco entre Montevideo y Lamadrid, y

CONSIDERANDO:

Que a lo largo de la calle Chacabuco se producen diversos inconvenientes en el tránsito atentan contra la seguridad vial;

Que ello deviene a consecuencia de la cantidad de vehículos que transitan por la zona y que la mencionada arteria resulta de vital importancia para la comunicación;

Que, como consecuencia de ello, se hace necesario realizar modificaciones en la circulación vehicular, para garantizar la seguridad vial y la de los peatones, agilizando el tránsito de la zona;

Que resultan de aplicación la ley Nacional Nº 24.449 (de Tránsito) adherido por la Provincia de Buenos Aires mediante la Ley (de Tránsito) adherido por la Provincia de Buenos Aires mediante la Ley Nº 13.927 y su Decreto Reglamentario Nº 532/09, y el Decreto Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires);

 

ORDENANZA

ORDENANZA Nº 13251/19

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA:

ARTICULO 1º: OTORGASE sentido único de circulación a la calle Chacabuco entre las calles Montevideo y Lamadrid, de la Localidad de Bernal, el que será de Norte a Sur.

ARTICULO 2º: El Departamento Ejecutivo, a través de la dependencia competente, procederá a la correcta señalización de los sectores mencionados precedentemente.

ARTICULO 3º: DEROGASE toda Ordenanza y/o Disposición que se oponga a la presente.

ARTICIULO 4º: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dése al Registro General y ARCHIVESE.

Fdo.: Cdor. JUAN M.BERNASCONI, Presidente del H.C.D.

Dr. DANIEL A. MARCHI, Secretario Legislativo del H.C.D.

POR ELLO;

EL INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETA:

ARTICULO 1º: PROMULGASE la Ordenanza Nº 13251/19 sancionado por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Ordinaria del día 10 de Septiembre de 2019.-

ARTICULO 2º: DESE al Registro General, Publíquese y ARCHIVESE.-

 

DR. LEANDRO DE CARLI                                                                                    MARTINIANO MOLINA

SECRETARIO LEGAL Y TECNICO                                                                        INTENDENTE

DECRETO Nº 2442/2019.-