Boletines/Lobos
Decreto Nº 512/17
Lobos, 03/07/2017
Visto
La necesidad de mejorar las condiciones de la circulación vehicular, especialmente en las arterias de mayor circulación; y
Considerando
Que es función del DEM, en su poder de policía, la reglamentación, regulación y ordenamiento del Transito en la Ciudad y, fundamentalmente en la zona céntrica administrativa y comercial.
Que, es facultad del Departamento Ejecutivo la designación de personal, conforme a lo dispuesto en los Artículos 6º y 95º de la Ordenanza Nº 2789 “Estatuto para el Personal Municipal”
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º: Desígnese en la Planta de Personal Temporaria del Municipio, para desempeñarse en el área de Transito, Estacionamiento medido, Secretaria de Gobierno, con le remuneración equivalente a la categoría 10, del Presupuesto de Gastos en Vigencia, a partir del día 1º de julio y hasta el día 31 de diciembre de 2017 inclusive a los Agentes que a continuación se detallan:
Apellido y Nombres: L.P. Documento de Identidad
Avila, Sandra Gabriela 2246 23.777.672
Camerucci, Soledad 2008 30.341.078
Carradori, Pamela Victoria 2051 34.531.959
Estrada, Carina Esther 2247 26.014.742
Fernández, Cintia Lumila 2078 33.828.175
Giles, Valeria Soledad 2117 33.215.617
Lacerenza, Erica Solange 2409 38.426.638
Lara, Nancy Elizabet 2423 34.034.798
Villalba, Héctor Andrés 2012 14.877.627
ARTÍCULO 2º: Las presentes designaciones podrán ser rescindidas por la Municipalidad de Lobos en cualquier momento y sin causa, con la sola obligación de darle aviso previo en forma fehaciente a los interesados con diez (10) días de anticipación, sin derecho de parte de los Agentes a exigir indemnización alguna.-
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la Jurisdicción 1110102000- Categoría Programática 17.00.00 “Personal temporario” del Presupuesto de Gastos en vigencia.-
ARTÍCULO 4º: Dése copia del presente Decreto a la Dirección de Recursos Humanos a fin de actuar al efecto.-
ARTÍCULO 5º: Comuníquese, publíquese, dése al Registro Municipal y archívese.-