Boletines/Suipacha

Decreto Nº321/2019

Decreto Nº 321/2019

Suipacha, 23/07/2019

Visto

Las actuaciones derivadas del Expediente Letra “I” Nº 8/2019; y

Considerando

Que el mismo se inicia por nota de la Secretaría de Salud a través de la cual se solicita autorización para realizar las erogaciones necesarias para la puesta en marcha del Servicio SAME Provincia;

Que este Servicio se llevará a cabo en el marco del Convenio firmado entre el Municipio y el Ministerio de Salud de la Provincia de Bs.As., aprobado por Ordenanza Municipal Nº 2408/18 y promulgada por Decreto Nº 231/2018;

Que este Departamento Ejecutivo considera oportuno realizar los gastos   de funcionamiento y de personal necesario como así también los referidos a la contratación de profesionales, todos necesarios a efectos de poner en marcha un Servicio de semejante magnitud y relevancia para nuestra comunidad;

Que la Contaduría municipal se ha expedido al respecto;

Que es menester dictar el acto administrativo pertinente, por todo ello, el suscripto,

Intendente Municipal  del Partido,

En uso de sus atribuciones decreta

Artículo 1º:  Acéptese la incompetencia manifestada por el Secretario de área correspondiente.

Artículo 2º: Autorízase  a  la  Contaduría Municipal, a realizar las erogaciones de funcionamiento, y de personal necesario, los gastos de personal en actividad que serán afectados a la prestación de este servicio  como así también los referidos a la contratación de profesionales, que surjan del Expediente Nº 8/2019 iniciado por la Secretaría de Salud, a efectos de la puesta en funcionamiento del Servicio SAME de acuerdo a lo  establecido en el Convenio suscripto entre este Municipio y SAME Provincia, aprobado por Ordenanza Municipal  Nº 2408/18 y promulgada por Decreto Nº 231/2018.

 Artículo 3º: Ordénese a la Asesoría Letrada la confección de los contratos que surjan de acuerdo a las necesidades establecidas en el Expediente Nº 8/2019.

Artículo 4º: El gasto que demande lo establecido  en  el  Artículo precedente se financiará con los ingresos provenientes de SAME PROVINCIA y se imputarán a la siguiente partida:

1000000000 – Sector Público Municipal No Financiero

1100000000 – Administración Municipal

1110000000 – Administración Central

1110100000 – Departamento Ejecutivo

1110106000 – Secretaría de Salud

63- SAME PROVINCIA

Artículo 5º: El presente Decreto será  refrendado  por  la  Señora Secretaria de Gobierno y  Control de Gestión.

Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Oficial de Decretos y archívese.