Boletines/Coronel Rosales

Decreto Nº65

Decreto Nº 65

Coronel Rosales, 23/08/2018

Declara de Interés Legislativo, a la semana del 26 de septiembre, día en que se celebra la Prevención del Embarazo Adolescente No Planificado.

Visto

Que el 26 de septiembre se celebra el ‘‘Día Mundial de Prevención del Embarazo Adolescente’’, y

Considerando

Que es vital e importante realizar una campaña educativa para crear conciencia en la juventud sobre las opciones anticonceptivas, llevadas a cabo por una coalición de Organizaciones No Gubernamentales en el mundo, entre las que se encuentra el Centro Latinoamericano Salud y Mujer (CELSAM).

Que en el último informe de la ONU sobre “Fecundidad y Maternidad Adolescente’’ que abarca Argentina, Brasil, Chile, Uruguay y Paraguay, indica que una de cada cinco mujeres será madre antes de terminar la secundaria.

Que resulta pertinente aclarar que se considera adolescente a la franja etaria comprendida entre los 10 y 19 años.

Que el 20 por ciento de los nacimientos de madres adolescentes corresponden a mujeres que ya habían tenido al menos un hijo.

Que aun habiendo disminuido el embarazo adolescente no planificado en la región en los últimos diez años, el problema sigue latente y son necesarias medidas enfocadas en la concientización que ayuden a disminuir este problema y acceso más eficiente a métodos anticonceptivos.

Que la mayoría de las adolescentes que fueron madres están fuera del sistema educativo al momento del embarazo, mientras que, de estar estudiando, el embarazo y nacimiento precipita el abandono escolar, por lo que se hace imperioso planificar acciones para detectar esta problemática, tratar de evitarla y en situaciones extremas evitar que las madres abandonen las instituciones escolares.

Que la situación del Cono Sur se reproduce en toda la región de América Latina y el Caribe donde, de acuerdo a estimaciones de Naciones Unidas, la tasa de fecundidad adolescente es de 73,2 por mil, lo que casi duplica los niveles del resto de las regiones (48,9 a nivel mundial) y sólo es superada por África, en donde alcanza el 103 por mil.

Que en este contexto, los países relevados (Argentina, Brasil, Chile, Paraguay y Uruguay) cuentan con buenos marcos legales y políticas destinadas a prevenir el embarazo adolescente, pero esta cobertura no llega a ser universal, por lo que es necesario también elevar esta problemática a los Municipios que están en contacto directo con sus vecinos.

Que el embarazo adolescente no deseado constituye un problema de Salud Pública y este tema ha sido motivo de discusión y análisis debido a varios factores, sobre todo por el aumento en el número de jóvenes madres, debido a que frecuentemente los embarazos en esta edad no son planificados ni deseados, y tienen alta probabilidad de terminar en abortos.

Que el “Día de la Prevención del Embarazo Adolescente” fue instaurado por primera vez en Uruguay en el año 2003 y en Ecuador en el año 2005. En ambos países gracias a la iniciativa del CELSAM y el auspicio de los Ministerios de Salud correspondientes, se declaró como fecha para esta conmemoración, el 26 de septiembre.

Que en nuestro país son varios los Municipios que han adoptado esta fecha para llevar adelante campañas de concientización masiva que aborde todas las temáticas relativas a la sexualidad responsable y embarazo adolescente no planificado.

Que por las razones mencionadas anteriormente es fundamental realizar acciones coordinadas para informar y sensibilizar a la sociedad en su conjunto pero haciendo especial hincapié en los adolescentes sobre la importancia de la prevención de embarazos adolescentes, así como velar por el cumplimiento y respeto de los derechos sexuales y reproductivos de esta población como así también la implementación efectiva de la Educación Sexual que aborde esta problemática en el ámbito de nuestro Partido.

EL SEÑOR PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES DECRETA

Artículo 1º: Declárese de Interés Legislativo, a la semana del 26 de septiembre, día en que se celebra la Prevención del Embarazo Adolescente No Planificado. Institúyase con carácter permanente.-

Artículo 2º: Dicha semana será la que contenga el día 26 de septiembre, fecha en que se conmemora el “Día Mundial de la Prevención del Embarazo Adolescente”.-

Artículo 3º: En dicha semana se podrá realizar acciones bajo el lema “Yo Me Cuido¨ que  deberá cumplir con los siguientes objetivos a tener en cuenta:

  • Divulgar entre los adolescentes conocimientos y valores que les permitan decidir responsablemente acerca de su vida y su sexualidad.
  • Informar sobre los riesgos asociados con el embarazo adolescente.
  • Concientizar sobre las prácticas anticonceptivas para evitar embarazos no planificados.
  • Sensibilizar a la población en general, desmitificando y eliminando prejuicios vinculados a esta problemática.

Artículo 4º: El Departamento Ejecutivo, a través del área que corresponda en coordinación con la Secretaría de Salud, Desarrollo Social, Mesa de Educación y Salud, Servicio Local, Niñez, Adolescencia y Familia, y Área de juventud, diseñarán y ejecutarán - en forma conjunta - las mencionadas actividades mediante acciones positivas, promoviendo la difusión y distribución de material informativo en vía pública, hospitales, centros de salud, escuelas públicas o privadas, centro de estudios superiores públicos o privadas, y demás lugares que estime conveniente.-

Artículo 5º: Vistos y Considerandos forman parte del presente.-

Artículo 6º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

Firmado Pablo Pujol Vicepresidente 1º

Gabriel León Secretario Legislativo