Boletines/Coronel Rosales

Decreto Nº55

Decreto Nº 55

Coronel Rosales, 26/07/2018

Declara de interés del Honorable Concejo Deliberante el documento emanado de la Confederación de Combatientes de Malvinas de la República Argentina.

Visto

El documento emanado por la Confederación de Combatientes de Malvinas de la República Argentina con fecha 07 de junio de 2018 y

Considerando

Que dicho documento expresa una profunda preocupación y exhorta a la cancillería de nuestro país a extremar la prudencia en orden a evitar situaciones que puedan ser consideradas o interpretadas en forma errónea, o de las cuales puedan suponerse concesiones o pérdidas de Derechos Soberanos, remarcando la necesidad de evitar distracciones y avanzar de manera pacífica pero firme, en los reclamos de Soberanía Nacional respecto de las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur y de los espacios insulares correspondientes.           

Que dicho documento ratifica que:

• Las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, forman parte de la República Argentina y de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida, e islas del Atlántico Sur, y que el ejercicio pleno de soberanía sobre estos territorios es un fin legítimo, latente e impostergable para todo el pueblo Argentino, de carácter Constitucional, que no está sujeto a tratado alguno con potencia extranjera.

• Vemos fundamental que cualquier conversación, negociación o acercamiento con la potencia criminal que ocupa ilegítimamente nuestro Atlántico Sur, este apuntada explícitamente al cumplimiento de la Resolución 2.065 del Comité Especial de Descolonización, reunido el 16 de diciembre de 1965, que insta a “proseguir sin demora las negociaciones recomendadas por el Comité Especial encargado de examinar la situación con respecto a la aplicación de la Declaración sobre la concesión de  la independencia a los países y pueblo coloniales”.

Que por lo tanto entendemos como nocivo todo intento de negociación con el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, que no tenga por eje central la descolonización, y que solo se direccione a facilitar el saqueo de nuestros recursos naturales, incentivar la comunicación de los habitantes implantados con el continente, o propender al intercambio de cualquier tipo de información, que favorezca la permanencia del anacrónico enclave colonial.

Que cada uno de los que firman dicho documento reafirman, sostienen, defienden los términos de la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional Argentina, la cual reza que: “La Nación Argentina ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional. La recuperación de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberanía, respetando el modo de vida de sus habitantes, y conforme a los principios del derecho internacional, constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo Argentino.”

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES DECRETA

ARTICULO 1º: Declárese de interés del Honorable Concejo Deliberante de Cnel. Rosales el documento emanado de la Confederación de Combatientes de Malvinas de la República Argentina, quienes rechazan fervientemente la constante entrega de soberanía que significa cooperar con quienes quieren arrebatarnos para siempre lo que legítimamente pertenece al pueblo argentino.-

ARTICULO 2º: El Honorable Concejo Deliberante de Coronel Rosales comparte en todo el mencionado documentao, por creer necesario expresar nuestro apoyo absoluto e incondiconal no solo a todos los hombres y mujeres que al día de hoy continúan luchando incansablemente para recuperar lo que por derecho nos corresponde a todos los que habitamos suelo argentino, aún más, por respeto a aquellos que dejaron su vida en tamaña epopeya heróica, como así también a los que hasta hoy, desde el anonimato o incluso desde la soledad, construyen diariamente memoria par no olvidar a nuestros héroes ni a nuestro suelo.-

ARTICULO 3º: Envíese copia de la presente Resolución a la Confederación de Combatientes de Malvinas de la República Argentina y a los diferentes Centros de Veteranos de nuestra ciudad y a Cancillería de la Nación.-

ARTICULO 4º: Los vistos y considerandos forman parte integrante del presente.-

ARTICULO 5º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.-

Firmado Adrián Otero Presidente

Gabriel León Secretario Legislativo