Boletines/Balcarce

Decreto Nº1636/17

Decreto Nº 1636/17

Balcarce, 09/06/2017

Visto

El Expediente  Nro  1305/B/2017  iniciado el  31 de Mayo de 2017 por  MARIA  LUJAN  BIBBO mediante el cual solicita la baja del Comercio Habilitado con el nº 3111 Y

Considerando

Que a fs. O1 se encuentra Solicitud del Contribuyente de Cese de Comercio, habiendo presentado la nota en fecha 31/05/2017

Que a fs 02 se adjunta copia de baja en AFIP, donde se observa la baja de la actividad Que a fs 03 se adjunta Certificado de Habilitación Original

Que según Acta de Inspección Nº  10291  de fecha  02/06/2017,  que se adjunta a fojas 05  puede constatarse el cierre  definitivo del comercio

Que la Dirección de Recursos realiza el informe correspondiente, adjunto a fs 12

Que se considera otorgar lo solicitado al día 02/06/2017, fecha de Acta de Inspección  debiendo abonar hasta 3º Bimestre 2017, según lo expuesto en la Ordenanza Fiscal 2017, Artículo 214º, a saber: " ...Los contribuyentes deben comunicar al Municipio la cesación de sus actividades dentro de los diez (10) días de producida, sin perjuicio del cobro de los gravámenes, accesorios y multas adeudadas. El contribuyente deberá satisfacer la tasa correspondiente hasta la fecha de cese. Cuando la fecha no coincidiera con la finalización del bimestre, se deberá abonar la cuota bimestral correspondiente al período del cese, si la misma supera más de un tercio de dicho bimestre ... "

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BALCARCE, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades y sus Modificatorias.

ARTICULO  1-: Dése la baja definitiva al comercio habilitado bajo el Nº 3111  retroactivo al  02/06/2017  cuyo  titular  es  MARIA LUJAN BIBBO

ARTICULO 2-: Por la Oficina de División, Liquidación y Emisión de Tasas, dése de baja a la deuda correspondiente a Tasa por Seguridad e Higiene que sean posteriores al cese.

ARTICULO 3-: Por la Dirección de Fiscalización procédase al cobro de la deuda por Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene que registra la Cuenta Nº 3111

ARTICULO 4-: Cúmplase, Comuníquese, tomen razón a sus efectos la Secretaría de Hacienda, Dirección de Recursos, Dirección de Fiscalización, División,  Liquidación  y Emisión de Tasas, Asesoría Legal, Interesados y dése copia al Registro Oficial de Decretos.