Boletines/Balcarce

Decreto Nº1615/17

Decreto Nº 1615/17

Balcarce, 07/06/2017

Visto

Que es facultad del Departamento Ejecutivo establecer multas graduables hasta el cien por ciento ( 100 % ) del monto de las obligaciones fiscales omitidas, según Ordenanza Fiscal Vigente en artículo 110º a 112º y,

Considerando

Que el contribuyente que se detalla adeuda tributos en concepto de Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal;

EL   INTENDENTE   MUNICIPAL   DEL   PARTIDO,   en   uso  de las atribuciones  que  le  confiere  la  Ley  Orgánica  de  las   Municipalidades  y  sus modificatorias,

ARTÍCULO 1º: Fijase  una multa del 20% sobre la totalidad de los tributos dejados de abonar sobre las deudas que mantienen el/los contribuyente/s titulares del/los inmueble/s que a continuación se detallan:

PARTIDA MUNICIPAL Nº

TITULAR Y/O RESPONSABLE

TASAS Y/O DERECHOS PERIODOS

ADEUDADOS

101191/00

FERRANDO JUAN CARLOS.

Domicilio  del Inmueble:

  • Tasa Por

Conservación,

Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal

Blas Parera   Nº 235-

(7600)-Mar del Plata. PCIA.-  BUENOS AIRES

ARTICULO   2º:   Cúmplase,   comuníquese,   tomen   razón   a   sus   efectos    las Secretarías Municipales, Contaduría, Asesoría Legal, Dirección de Recursos, Dirección de Fiscalización, Interesados y dése copia al Registro Oficial de Decretos.