Boletines/Balcarce

Decreto Nº1614/17

Decreto Nº 1614/17

Balcarce, 07/06/2017

Visto

Que es facultad del Departamento Ejecutivo establecer multas graduables hasta el cien por ciento ( 100 % ) del monto de las obligaciones fiscales omitidas, según Ordenanza Fiscal Vigente en artículo 110º a 112º y,

Considerando

Que el contribuyente que se detalla adeuda  tributos  en concepto  de Tasa por Conservación,  Reparación  y Mejorado de la Red Vial Municipal;

EL   INTENDENTE   MUNICIPAL   DEL   PARTIDO,   en   uso  de las atribuciones  que  le  confiere    la  Ley  Orgánica  de  las  Municipalidades  y  sus modificatorias,

ARTÍCULO 1°: Fijase una multa del 20% sobre la totalidad de los tributos dejados de abonar sobre las deudas que mantienen el/los contribuyente/s titulares del/los inmueble/s que a continuación se detallan:

PARTIDA MUNICIPAL Nº

TITULAR Y/O RESPONSABLE

TASAS Y/O DERECHOS PERIODOS

ADEUDADOS

102546/00

LUCHETTI ROBERTO S.

Domicilio  del Inmueble:

  • Tasa Por

Conservación,

Reparación y Mejorado ele la Red Vial Municipal

Suipacha  Nº 58-

Ciudad Autónoma Buenos Aires

(1008)- Capital Federal. PCIA.-· BUENOS AIRES

 

ARTICULO   2º:   Cúmplase,   comuníquese,   tomen   razón   a   sus   efectos    las Secretarías  Municipales,  Contaduría,  Asesoría  Legal,  Dirección de Recursos, Dirección de Fiscalización, Interesados  y dése copia al Registro  Oficial ele Decretos.