Boletines/Balcarce

Decreto Nº1613/17

Decreto Nº 1613/17

Balcarce, 07/06/2017

Visto

Que es facultad del Departamento Ejecutivo establecer multas graduables en hasta un cien por ciento (100 %) del monto de los gravámenes más accesorios, según Ordenanza Fiscal Vigente en artículo 110º a 112º y,

Considerando

Que el/ los contribuyentes y/o responsables omitieron pagar tributos municipales en concepto de Tasa por Servicios Urbanos Municipales ; Tasa por Alumbrado  Publico;

EL  INTENDENTE  MUNICIPAL  DEL   PARTIDO,   en   uso   de  las atribuciones  que le confiere      La  Ley  Orgánica  de  las  Municipalidades y sus modificatorias,

ARTÍCULO 1º: Fijase  una multa  del 20% sobre la totalidad de los tributos dejados   de  abonar   sobre   las  deudas   que mantienen  el/los contribuyente/s titulares del/los inmueble/s que a continuación se detallan:

PARTIDA MUNICIPAL Nº

TITULAR Y/O RESPONSABLE

TASAS Y/ O DERECHOS ADEUDADOS

842/02

842/06

842/05

Goycochea Elena y Otros Ubicación de los Inmuebles: Calle 5 e/30 y 32 Nº 984 (7620)-Balcarce

Pcia. Buenos Aires Domicilio Postal Calle 5 Nro. 984 (7620)-Balcarce

Pcia. Buenos Aires

  • Tasa por Servicios Urbanos

Municipales

  • Tasa por Alumbrado de la Via Publica

 

ARTICULO 2º: Cúmplase, comuníquese, tomen razón a sus efectos las Secretarías   Municipales,  Contaduría, Asesoría Legal,  Dirección

de Recursos, Dirección de Fiscalización, Interesados y dése copia al Registro Oficial de Decretos.